A partir del 1 de julio de 2025, el sistema de pensiones en Colombia experimentará una transformación muy importante con la entrada en vigor de la Ley 2381 de 2024, “por medio de la cual se establece el Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, la Invalidez y la Muerte”, más conocida como reforma pensional del Gobierno de Gustavo Petro.
La iniciativa busca ampliar la cobertura y garantizar la sostenibilidad del sistema, aunque generó inquietudes entre ciertos sectores laborales, en especial, entre quienes perciben ingresos superiores a 2,3 salarios mínimos legales vigentes.
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Con el reciente ajuste del salario mínimo para 2024, anunciado por el presidente Petro, establece un incremento del 9,54 %, lo que fija el salario mínimo en $1.423.500 sin auxilio de transporte y en $1.623.500 con el beneficio. Este ajuste tiene implicaciones directas en el esquema de cotización de la reforma, ya que el límite de 2,3 salario mínimos se traduce en aproximadamente $3.274.050. Este valor será determinante para definir cómo se distribuirán las cotizaciones de los trabajadores en el nuevo sistema. Para 2024, la cifra era de $2.990.000.
Un sistema de pilares: cómo se distribuirán las cotizaciones
La reforma introduce un modelo de pilar contributivo que divide las cotizaciones en dos componentes principales. Los primeros 2,3 salarios mínimos de los ingresos de cada trabajador deberán ser destinados a Colpensiones. Por otro lado, los ingresos que superen este umbral serán canalizados hacia un fondo privado administrado por una administradora de fondos de pensiones (AFP), como Porvenir, Colfondos, Protección o Skandia.
El esquema busca equilibrar la participación entre el sector público y el privado, lo que asegura que todos los trabajadores formales contribuyan a Colpensiones hasta el límite establecido. Sin embargo, los excedentes podrán ser gestionados por las AFP, lo que permite mantener un componente de ahorro individual dentro del sistema.
El futuro de los fondos privados de pensiones
Contrario a lo que se especula en algunos sectores, los fondos privados no desaparecerán con la implementación de la reforma. Dichas entidades continuarán administrando los ahorros acumulados por los trabajadores hasta el 1 de julio de 2025. Además, gestionarán los recursos adicionales que superen el límite de 2,3 salarios mínimos bajo el nuevo esquema.
Así las cosas, las Administradoras del Componente Complementario de Ahorro Individual (Accai), que reemplazarán de manera parcial a las actuales AFP, desempeñarán un papel clave. Las entidades ofrecerán opciones para el ahorro a largo plazo y se encargarán de manejar los nuevos aportes destinados al Fondo de Ahorro del Banco de la República.
Periodo de transición y ajustes necesarios
Aunque la reforma ya fue aprobada, su entrada en vigor está programada para 2025, lo que otorga un periodo de transición de más de un año. Este tiempo permitirá a las autoridades ajustar los detalles operativos del sistema y a los ciudadanos familiarizarse con los nuevos procesos. Dicho lapso también será importante para que las entidades involucradas, tanto públicas como privadas, adapten las estructuras y procedimientos a las nuevas disposiciones.
Sistema de pilares de la reforma pensional
El Sistema de Protección Social Integral para la Vejez entrará en vigor el 1 de julio de 2025 y está estructurado por cuatro pilares:
- Pilar solidario:
Estarán cubiertas todas las personas nacionales residentes en el país mayores de 65 años de edad para el caso de los hombres y mayores de 60 años para el caso de las mujeres. En el caso de las personas con discapacidad, hombres mayores de 55 años y mujeres mayores de 50 años que tengan pérdida de capacidad laboral igual o superior al 50%, y que estén en condición de pobreza extrema, pobreza y vulnerabilidad (hasta el nivel C3 del Sisbén), se les otorgará una renta equivalente a $223.800, correspondiente al umbral de pobreza extrema proyectado para 2024.
- Pilar semicontributivo:
Otorgará una renta vitalicia a las personas que no se pudieron pensionar, pero que tienen semanas en Colpensiones o ahorros en su cuenta individual en una Administradora de los Fondos de Pensiones. El requisito para recibir esta renta consiste en ser mayor de 65 años para los hombres y haber cotizado mínimo 300 semanas o 60 años para las mujeres y haber cotizado máximo 999 semanas.
Se otorgará una renta vitalicia, con base en lo ahorrado más el 3% efectivo anual, y un subsidio equivalente al 20% para los hombres y un 30% para las mujeres del saldo restante.
- Pilar contributivo:
En este pilar estarán todas las personas afiliadas al sistema donde podrán acceder a una pensión integral de vejez, invalidez o sobrevivientes.
Colpensiones recibirá los aportes hasta los 2,3 primeros salarios mínimos legales mensuales vigentes cotizados y las administradoras de los fondos de pensiones (AFP) recibirán las cotizaciones que exceden los 2,3 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Esas dos prestaciones se unirán o complementarán para sumar una única pensión de vejez y la totalidad de la pensión deberá ser reconocida en un tiempo no superior a cuatro meses después de radicada la solicitud.
- Pilar de ahorro individual voluntario:
Las personas que tengan capacidad de pago pueden ahorrar en él, para obtener una mejor pensión. Para este pilar no aplicará ninguna de las modificaciones de la reforma pensional.