A través del Decreto 1490 del 2024, firmado el 13 de diciembre de 2024, pero que solo se conoció el domingo 29 de diciembre, el ministro de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo, pidió un descanso y permisos remunerados, como parte de la temporada de fin de año; en un anuncio que causó una ola de críticas en las redes sociales contra el titular de la cartera, debido a que no se ha definido, entre otros temas, el valor del incremento de la Unidad de Pago por Capitación (UPC) de cara al 2025.
Según el decreto, la petición la hizo con base en el artículo 2.2.5.5.51 del Decreto 1083 de 2015, en el que se indica que “al empleado público se le podrá otorgar descanso compensado para Semana Santa y festividades de fin de año, siempre y cuando haya compensado el tiempo laboral equivalente al tiempo del descanso, de acuerdo con la programación que establezca cada entidad, la cual deberá garantizar la continuidad y no afectación en la prestación del servicio”, Jaramillo decidió irse de vacaciones: desde el 20 de diciembre y hasta el 6 de enero.
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Así pidió su descanso Guillermo Alfonso Jaramillo,
En el documento, se especifica que se le entregó descanso compensado, entre el 20 y el 29 de diciembre de 2024, al funcionario, incluyendo el disfrute de su día de la familia; mientras que, desde el 30 de diciembre de 2024 al 6 de enero del 2025, se le concedió permiso remunerado, “de conformidad con lo señalado en la parte motiva del presente acto administrativo”. De esta manera, se ‘desconectó’ de sus labores por este periodo, en el que se esperaba que se definieran aspectos cruciales para el futuro del sistema.
En su lugar, se encargó como ministro a Rodolfo Enrique Salas, que oficia como secretario General del Ministerio de Salud y Protección Social, “sin perjuicio del ejercicio de las funciones propias de su cargo”. Este fue uno de los asesores que vinculó Jaramillo tras su experiencia como alcalde de Ibagué, en el periodo 2016-2019, luego de que el abogado liderara la recuperación de recursos por el desfalco en los escenarios de los XX Juegos Deportivos Nacionales, que tuvieron como epicentro a la capital tolimense en noviembre de 2015.
Lo anterior, en pro de “garantizar el cumplimiento y la continuidad en la prestación det servicio”, según el artículo 24 de la Ley 909 de 2004, modificado por la Ley 1960 de 2019.
Al respecto, es válido destacar que la importancia de definir el aumento en la Unidad de Pago por capitación (UPC) radica en que es el valor anual que se reconoce por cada uno de los afiliados al sistema general de seguridad social en salud (Sgsss) para cubrir las prestaciones del Plan Obligatorio de Salud (POS), en los regímenes contributivo y subsidiado. De ahí de que exista cierta preocupación en lo que concierne a este asunto, si se tiene en cuenta lo sucedido en 2023.
En efecto, el año anterior se definió el 30 de diciembre, el incremento de 12,01% en este concepto, de cara al 2024, por lo que causó extrañeza que el jefe de la cartera se fuera de vacaciones en un momento crucial. Este aumento estuvo soportado en la inflación (9,73%) más un 2,28% de inclusiones para la actualización de servicios y tecnologías.
Es decir, este pago se prevé, según explicó el Ministerio de Salud, con la información que reportan las EPS y cada año disminuye el número de EPS que cumplen con los procesos de calidad en la información. En su momento, según esta dependencia, solo cuatro de las 18 entidades promotoras de salud cumplieron con la consistencia en los datos.