El Pico y placa es una medida que pretende regular la circulación de automóviles y motos a determinadas horas en las diferentes ciudades por medio del último número de la placa. Con esta estrategia, las administraciones locales intentan evitar que colapse el flujo vehicular, prevenir trancones y avanzar en las obras para remodelar las principales vías en el territorio.
El mayor ejemplo de esta dinámica es Bogotá, donde se aplica el Pico y placa desde las 6:00 a. m. hasta las 9:00 p. m. de lunes a viernes, mientras que los fines de semana y festivos no aplica. A pesar de las buenas intenciones de la regla, miles de personas se quejan de los horarios y de la efectividad de la norma.
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Por lo anterior, en el Congreso de la República varios senadores radicaron una iniciativa para que algunos grupos poblacionales queden exentos a la normativa actual.
El proyecto de ley es el 335 de 2024, que tiene como objeto “eliminar barreras para que las personas con discapacidad puedan acceder al beneficio, de excepción de las medidas de restricción vehicular conocidas como Pico y placa, establecidas en el numeral 6 del artículo 15 de la ley 1618 de 2013″.
Para la senadora de la República por la Alianza Verde y ponente de la propuesta, Ana Carolina Espitia Jerez, es importante trabajar en la eliminación de barreras para que los vehículos que transporten o sean manejados por personas con discapacidad no tengan Pico y placa.
El articulado propone que el Ministerio de Transporte “deberá elaborar una reglamentación que se oriente a la garantía de los derechos de las personas con discapacidad y con la finalidad de eliminar formalismos que impidan su acceso”.
De igual manera, en caso tal de que se sancione la ley, la institución estaría obligada a garantizar la participación de las personas en situación de discapacidad y organizaciones de la sociedad civil de personas en situación de discapacidad.
A la par, la cartera tendrá un plazo máximo de 60 días después de que entre en vigencia para actualizar la reglamentación del numeral 6 del artículo 15 de la ley 1618 de 2013, siguiendo los lineamientos establecidos.
Además, el Ministerio de Transporte y el de Salud deberán implementar un mecanismo de interoperabilidad entre el Registro para la Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad (RLCPD) y el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT) para las personas que gocen de este beneficio.
Con respecto a las entidades territoriales que cuenten con Pico y placa, tendrán tres meses para que actualicen sus normas y garanticen el cumplimiento de los artículos de esta iniciativa.
“Esto con el propósito de que cada persona con discapacidad pueda tener asociado un vehículo de uso frecuente, con la excepción de la medida de Pico y placa”, sostuvo Espitia Jerez.
La congresista también explicó que el proyecto de ley está en manos de la secretaría del Senado, por lo que la discusión de los artículos daría inicio en la Comisión Sexta en 2025.
¿Qué pasará con el Pico y placa regional para finales de 2024?
Bogotá, junto con Soacha, Cundinamarca y la región metropolitana, presentaron un plan integral de movilidad para la temporada de Fin de Año, que incluye las festividades de Navidad, Año Nuevo y el Día de los Reyes Magos.
Según informó la Secretaría de Movilidad (SDM), una de las decisiones más destacadas es que la medida de Pico y placa regional no se aplicará durante el mes de diciembre de 2024.
La próxima vez que esta restricción entre en vigor será el 8 de enero de 2025, correspondiente al puente festivo de Reyes Magos, informó el alcalde Carlos Fernando Galán.