La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) impuso multas por más de $1.000 millones a dos clínicas que incumplieron la regulación de precios en medicamentos esenciales.
Las instituciones sancionadas son la IPS Clínica de la Mujer S.A.S. y la Fundación Oftalmológica de Santander (Foscal), acusadas de comercializar medicamentos a costos superiores a los permitidos por ley, que incluso superaban porcentajes del 600%.
Ahora puede seguirnos en Facebook y en nuestro WhatsApp Channel.
De acuerdo con la SIC, la Clínica de la Mujer deberá pagar una multa de $712.647.276, mientras que la Foscal enfrentará una sanción de $372.202.588.
Las sanciones fueron impuestas “con el objetivo de garantizar el acceso justo y equitativo a medicamentos vitales”, y se realizó con la verificación de la Dirección de Investigaciones de la Delegatura para el Control y Verificación de Reglamentos Técnicos y Metrología Legal, de acuerdo con la información contenida en el documento que refirió la sanción.
Estas cifras corresponden a irregularidades en la venta de más de 70 medicamentos esenciales cuyos precios excedieron los límites establecidos por la Circular 12 de 2021.
De acuerdo también con el reporte emitido por la Superintendencia, uno de los casos más graves involucra a la Clínica de la Mujer, que habría vendido el medicamento antihipertensivo Micardis (Telmisartan 80mg/1u) a $11.361 por unidad, superando en un 1.062% su precio máximo permitido de $977.
Otros medicamentos señalados incluyen Risperdal, un antipsicótico vendido a un costo 1.000% superior al límite legal, y Zinacef, un antibiótico con sobrecostos del 611%.
Por su parte, la Foscal habría comercializado 31 medicamentos por encima de los precios regulados. Entre ellos destaca el caso de Remodulin (Treprostinilo 100mg/20ml), utilizado para tratar la hipertensión pulmonar, cuyo precio permitido de $29.719.693 fue duplicado, alcanzando los $59.253.750, un sobrecosto del 99,38%.
La SIC advirtió que estas prácticas afectan gravemente el acceso a medicamentos esenciales, especialmente para pacientes que requieren tratamientos de alto costo y que en muchos casos no cuentan con la facilidad adquisitiva, de manera que ponen en riesgo su salud y la eficiencia del sistema de salud nacional.
“En este caso, los pacientes que requieren tratamientos de alto costo, como los que dependen del Remodulin, son los más vulnerables ante estas prácticas”, detalló la comunicación de la SIC.
Ambas clínicas podrán apelar las sanciones mediante recursos de reposición. De mantenerse la decisión tras las apelaciones, deberán pagar las multas al Estado, conforme a la ley, con el fin de “disuadir conductas similares y asegurar que los medicamentos se comercialicen a precios accesibles para toda la población”.
Claro, a pagar multas de más de dos mil millones por incumplimiento en servicios ofrecidos y vulnerar derechos de los consumidores en Colombia
La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) impuso una multa superior a los 2.000 millones de pesos colombianos (aproximadamente 500.000 dólares estadounidenses) a la empresa Claro, operada por Comunicación Celular S.A. - Comcel S.A., tras determinar que la compañía infringió diversas normativas relacionadas con la protección de los derechos de los usuarios de servicios de telecomunicaciones.
La sanción fue resultado de una investigación llevada a cabo por la Dirección de Investigaciones de Protección de Usuarios de Servicios de Comunicaciones, que identificó múltiples irregularidades en la prestación de los servicios de la empresa.
De acuerdo con la información publicada, la investigación se originó a partir de tres denuncias presentadas por usuarios, quienes señalaron presuntas irregularidades en los servicios ofrecidos por Claro.
Entre las infracciones detectadas se encuentran la vulneración del derecho a la información de los usuarios, el incumplimiento de promociones previamente ofertadas, la realización de cobros por servicios no autorizados, la falta de continuidad y calidad en la prestación de los servicios, y la inclusión de más de un período de facturación en una misma factura.
Uno de los casos que llamó la atención de las autoridades fue el relacionado con el servicio denominado “Pospago Netflix Pro MX (GB)”, en el cual se evidenció una falta de claridad en la información proporcionada a los usuarios sobre las características, términos y condiciones del servicio.
Además, se detectaron cobros superiores a los valores informados durante los procesos de fidelización, lo que generó inconformidad entre los clientes afectados.
Otro de los hallazgos destacados por la SIC fue la activación del servicio de Netflix sin la autorización expresa de los titulares de las cuentas, lo que constituye una violación a las normativas de protección al consumidor. Asimismo, se reportó la desactivación de una línea móvil bajo el argumento de que se estaban llevando a cabo acciones de control y prevención de fraude, lo que afectó directamente a los usuarios involucrados.
La investigación también reveló que Claro incluyó más de un período de facturación en una misma factura, lo que generó confusión y posibles perjuicios económicos para los usuarios. Este tipo de prácticas, según las autoridades, contravienen las disposiciones legales y regulatorias vigentes en el sector de telecomunicaciones en Colombia.
Como resultado de estas infracciones, la SIC determinó que Claro deberá pagar una multa de 2.640 millones de pesos colombianos (aproximadamente 660.000 dólares estadounidenses).