Festivos y feriados 2025 en Colombia: este es el calendario oficial

Tenga en cuenta, estos serán los días festivos y los puentes en el 2025. Los colombianos podrán disfrutar de un total de 17 jornadas feriadas a lo largo de este año, de las cuales 10 se convertirán en puentes

Pese a que Colombia es uno de los países con más festivos en el mundo, no ocupa el primer lugar en la región - crédito iStock

El año 2025 tiene un total de 17 días feriados para los colombianos, los cuales comienzan con el martes primero de enero y el lunes 6 del mismo mes.

De acuerdo con el calendario oficial de este año, de estos 18 festivos (que terminan convertidos en 17, porque los días de San Pedro y San Pablo y el del Sagrado corazón se celebran en 2025 el mismo día), 12 son fiestas religiosas, como el Día de los reyes magos, el Día de San José, los de la Semana Santa o Navidad; cuatro son celebraciones patrias, como el Día de la independencia, la conmemoración de la batalla de Boyacá, o la Independencia de Cartagena, y dos, el Día del trabajo y el Día de la raza, son feriados internacionales.

En casi todos los casos (menos en una, que cae domingo) estas fechas significan una jornada libre adicional para los empleados, y en varios ocasiones los esperados puentes festivos.

Las fechas de los días feriados en Colombia para 2025

Festivos Colombia 2025 primer semestre

Enero

  • Primero de enero, miércoles: Año Nuevo
  • 6 de enero, lunes: Día de los Reyes Magos

Febrero

  • No tiene día festivos

Marzo

  • 24 de marzo, lunes: Día de San José

Abril

  • 17 de abril, jueves: Jueves Santo
  • 18 de abril, viernes: Viernes Santo

Mayo

  • Primero de mayo, jueves: Día del Trabajo

Junio

  • 2 de junio, lunes: Día de la Ascensión de Jesús
  • 23 de junio, lunes: Corpus Christi
  • 30 de junio, lunes: Día de San Pedro y San Pablo / Sagrado corazón

Julio

  • 20 de julio, domingo: Día de la independencia de Colombia

Agosto

  • 7 de agosto, jueves: Día de la Batalla de Boyacá
  • 18 de agosto, lunes: Día de la Asunción de la Virgen María

Septiembre

  • No tiene festivos

Octubre

  • 13 de octubre, lunes: Día de la Raza

Noviembre

  • 3 de noviembre, lunes: Día de todos los santos
  • 17 de noviembre, lunes: Independencia de Cartagena de Indias

Diciembre

  • 8 de diciembre, lunes: Día de la Inmaculada Concepción
  • 25 de diciembre, jueves: Navidad
Festivos Colombia 2025 segundo semestre

Estos serán los puentes festivos del 2025

Esta modalidad, derivada de la llamada Ley Emiliani, se presenta cuando algunos feriados se trasladan al lunes siguiente, de manera que dicho fin de semana queda con tres días libres para la mayoría de los empleados.

Este año, gracias a esta disposición serán 10 los puentes festivos: el 6 de enero (Día de los Reyes Magos), 24 de marzo (Día de San José), 2 de junio (Día de la Ascensión), 23 de junio (Corpus Christi) 30 de junio (Día de San Pedro y San Pablo), 18 de agosto (Asunción de la Virgen), 13 de octubre (Día de la Raza), 3 de noviembre (Día de todos los Santos), 17 de noviembre (Día de la Independencia de Cartagena) y el 8 de diciembre (Día de la Inmaculada Concepción), caen un lunes, por lo cual esos fines de semana son puentes festivos, que no son laborables ni hay jornadas académicas en instituciones educativas públicas y privadas del país.

Cuántos días festivos y puentes hay en Colombia durante febrero (Infobae)

Cuánto es el recargo en el salario para los días festivos

La ley colombiana establece que todos los empleados tienen derecho a descansar los domingos y festivos, pero algunas empresas piden a algunos de sus trabajadores que laboren los días festivos y dominicales.

En estos casos, la ley plantea un recargo adicional del 75 % sobre el valor de la hora ordinaria trabajada, a menos que el empleado reciba un día de descanso compensatorio.

Tras el incremento del 9,54 % por decreto presidencial, el salario mínimo para el 2025 tuvo un ajuste de $123.500 pesos, con lo cual, el salario básico mensual fue establecido en $1.423.500 pesos, que, sumado al auxilio de transporte, quedó en $1.623.500 pesos.

Un día de trabajo, basado en un salario mínimo de $1.423.500 pesos, tiene un valor de $47.450 pesos (tomando 30 días laborables en el mes), y una hora de trabajo equivale a $5.931 pesos (dividiendo el valor del día en 8 horas).

El recargo por trabajar un domingo o festivo es del 75 % adicional; es decir, el pago se multiplica por 1,75, entonces, el valor de un día trabajado en domingo o festivo será de $47.450 X 1,75, es decir $83.037 pesos.

De acuerdo con esto, si un trabajador con salario mínimo labora durante ocho horas un domingo o festivo, recibirá $83.037 pesos por ese día en lugar de $47.450.