En un fallo que resaltó la importancia de proteger los derechos laborales de las personas con condiciones de salud graves, el Tribunal Superior de Bogotá determinó que la Registraduría Nacional debe reintegrar a una funcionaria que había sido desvinculada de su cargo en octubre de 2021.
La mujer, que ocupaba un puesto como supernumeraria, fue diagnosticada con un agresivo cáncer pocos meses después de su separación del cargo. Según el Tribunal, la decisión judicial establece que la entidad deberá reincorporarla en un plazo de diez días tras la notificación del fallo.
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De acuerdo con los detalles publicados, la funcionaria había trabajado en la Registraduría desde 2021 bajo un contrato de carácter temporal. Sin embargo, en junio de 2022, la entidad decidió no renovar su nombramiento, a pesar de que la trabajadora había informado sobre su estado de salud y presentado incapacidades médicas.
Ante la falta de otras fuentes de ingreso, la mujer interpuso una acción de tutela argumentando que su desvinculación vulneraba sus derechos fundamentales. Aunque un juez de primera instancia falló en su contra, la afectada impugnó la decisión, llevando el caso al Tribunal Superior de Bogotá.
El magistrado Carlos Andrés Guzmán, encargado de la ponencia, escuchó personalmente las solicitudes de la funcionaria antes de emitir el fallo. El Tribunal concluyó que la Registraduría estaba al tanto de la gravedad de la enfermedad de la trabajadora, dado que esta había presentado múltiples incapacidades médicas durante su vinculación.
Además, se determinó que, aunque el contrato era de carácter transitorio, las funciones que desempeñaba la mujer eran de naturaleza permanente, lo que contradecía la justificación de la entidad para no renovar su nombramiento.
La sentencia también cuestionó la forma en que la Registraduría manejó la situación. Según el Tribunal, si la entidad realmente consideraba que las funciones de la trabajadora eran temporales, debió haberlo especificado claramente en los actos administrativos correspondientes y en las prórrogas de su contrato.
En cambio, la mujer cumplía con un horario fijo, trabajaba bajo la supervisión de un superior y seguía instrucciones claras, características propias de un empleo de carácter permanente.
“En sentido opuesto, si realmente la entidad pretendía que (la mujer) prestara una serie de funciones temporales, según la naturaleza de ese tipo de vinculación, debían ser enunciadas en el acto a través del respectivo acto administrativo y las prórrogas subsecuentes”, dice la sentencia del Tribunal.
El proceso judicial también incluyó un análisis de la capacidad laboral de la funcionaria. En 2022, la trabajadora solicitó a su aseguradora una evaluación de pérdida de capacidad laboral, obteniendo inicialmente un dictamen del 22 %.
Insatisfecha con este resultado, apeló ante la Junta Regional de Calificación de Invalidez, que aumentó el porcentaje al 36,77%. Posteriormente, la Junta Nacional revisó nuevamente su caso este año, aunque el texto no detalla el resultado final de esta última evaluación.
El Tribunal Superior de Bogotá enfatizó que la desvinculación de la funcionaria no podía justificarse únicamente por la temporalidad de su contrato, especialmente considerando su estado de salud. En su decisión, ordenó que la Registraduría reintegre a la trabajadora y estableció que su vinculación solo podrá terminar si persisten las limitaciones de salud que impidan su reubicación, y siempre con la autorización previa del Ministerio de Trabajo.
Este caso pone en evidencia la complejidad de las relaciones laborales en situaciones donde confluyen contratos temporales y condiciones de salud graves. Según se detalló, la Registraduría, bajo la dirección de Hernán Penagos, deberá cumplir con el fallo en un plazo de diez días tras ser notificada.
La decisión también podría sentar un precedente importante en la protección de los derechos laborales de personas con enfermedades graves en Colombia.
El caso refleja las tensiones entre las disposiciones legales sobre contratos temporales y las obligaciones de las entidades públicas de garantizar los derechos fundamentales de sus trabajadores. La resolución del Tribunal Superior de Bogotá no solo busca reparar el daño causado a la funcionaria, sino también resaltar la necesidad de un manejo más cuidadoso y humano en situaciones similares.