El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en un fallo de primera instancia, anuló la Resolución 142 de 2024 emitida por la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (Ungrd), en la que se autorizaba la transferencia de 186.000 millones de pesos al municipio de Girón (Santander), para la ejecución de diversas obras públicas. La decisión se basa en una serie de irregularidades técnicas y administrativas, entre las que destacan la ausencia de estudios previos adecuados y la inclusión de proyectos que no cuentan con justificación técnica ni jurídica suficiente.
El alto tribunal señaló que la mencionada resolución incumplió con los procedimientos establecidos en la legislación vigente al omitir la revisión técnica y administrativa requerida. Según el fallo, la resolución no fue sometida a la evaluación del Comité de Contratación de la Ungrd ni respaldada por informes de viabilidad técnica que sustentaran la transferencia de recursos. Estas omisiones fueron consideradas violaciones a los principios de planeación y eficiencia en la gestión de los recursos públicos.
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Además, el fallo resaltó que las obras incluidas en el paquete de inversión, como la construcción de un acueducto y obras de mitigación, no estaban contempladas en los decretos municipales que declaraban la calamidad pública en Girón. La única obra justificada en dichos decretos era la construcción de una subestación de bomberos en la región del Topocoro.
De igual manera, el tribunal señaló que la resolución carecía de sustento válido y era contradictoria, ya que incorporaba obras que no estaban vinculadas a las emergencias descritas en las declaratorias. Asimismo, se concluyó que la aprobación del acto administrativo, realizada por el entonces subdirector de manejo de riesgo de la unidad Sneyder Pinilla sobrepasó los límites de sus atribuciones legales.
Es importante mencionar que Sneyder Pinilla está siendo investigado por la Fiscalía General de la Nación por su presunta participación en un caso de corrupción dentro de la Ungrd. Este escándalo involucra no solo al mencionado, sino al exdirector de la entidad Olmedo López debido a irregularidades detectadas en varios contratos. La magnitud del caso alcanzó a altos funcionarios del Gobierno, que también se vieron implicados en el entramado.
Uno de los elementos clave del fallo fue la ausencia de un Plan de Acción Específico (PAE), exigido por la Ley 1523 de 2012, para ejecutar proyectos relacionados con la gestión del riesgo de desastres. El Tribunal determinó que sin este plan, las obras proyectadas carecen de un marco técnico y legal que permita garantizar su ejecución eficiente y ajustada a las necesidades reales del municipio.
Además, el fallo destacó que los recursos asignados se destinaron a proyectos no contemplados en la planeación original y que no estaban relacionados directamente con la calamidad pública declarada. Esto contradice las disposiciones legales que exigen que los fondos públicos se destinen exclusivamente a las actividades justificadas en los decretos de emergencia.
Incongruencias identificadas
El principal argumento del fallo judicial radica en que varias obras incluidas en la resolución de transferencia, como la construcción de un acueducto, no estaban contempladas en las declaratorias de calamidad pública. Según los decretos municipales, estas declaratorias se limitaron a situaciones específicas en varias veredas del municipio, como deslizamientos de tierra e inundaciones. Sin embargo, las obras propuestas por la Ungrd no guardaban relación directa con dichas emergencias.
El proceso judicial incluyó la admisión de una demanda en la que se solicitaba la nulidad de la resolución; en atención a esta solicitud, el tribunal tomó una medida cautelar que suspendió provisionalmente los efectos de la resolución y de otros actos relacionados. Esta decisión buscaba proteger el patrimonio público y evitar el uso indebido de los recursos mientras se definía el fondo del caso.
El fallo judicial describió cómo la falta de planeación adecuada, junto con la omisión de un análisis técnico previo, fueron factores determinantes para suspender la transferencia de recursos. La medida cautelar permitió congelar los efectos de la resolución mientras el tribunal evaluaba la legalidad del proceso.
En su decisión final, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca declaró nula la Resolución No. 142 de 2024. Según el fallo, esta medida busca garantizar que la Ungrd disponga de los recursos de manera adecuada y conforme a la ley para atender desastres y mitigar riesgos.
El tribunal destacó la necesidad de que las transferencias de recursos públicos cumplan con todos los procedimientos legales establecidos, asegurando así la transparencia y la correcta asignación de los fondos. El incumplimiento de estos procedimientos vulnera los principios de eficiencia y planeación que rigen la administración pública en Colombia.