Prima de diciembre: desde cierre de la empresa a millonarias multas, a lo que se exponen quienes no la paguen a tiempo

El 20 de diciembre de 2024 es la fecha de vencimiento que tienen los empleadores para cancelar esta remuneración de manera oportuna

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El pago de la prima de servicios corresponde a 15 días de trabajo - crédito Leonardo Muñoz/EFE/EPA
El pago de la prima de servicios corresponde a 15 días de trabajo - crédito Leonardo Muñoz/EFE/EPA

Pagar la prima de servicios constituye una responsabilidad legal ineludible en Colombia. Los empleadores que incurran en el incumplimiento de esta obligación podrían enfrentar sanciones muy importantes que tienen el potencial de impactar de manera negativa tanto su estabilidad financiera como su prestigio.

Como se recordará, este estímulo, denominado también prima semestral y prima de fin de año, es un beneficio otorgado a los trabajadores colombianos en junio y diciembre. Esta remuneración equivale a 15 días de salario por cada semestre laborado y constituye una prestación obligatoria para todos los empleadores que cuentan con trabajadores contratados.

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Asegurar el pago oportuno de la prima de servicios resulta fundamental para sustentar un entorno laboral equitativo y conforme a la ley. Este beneficio constituye una fuente adicional de ingresos considerable para los empleados, con lo que se contribuye así a la mejora de su calidad de vida. Además, el pago oportuno de la prima refuerza la confianza y el respeto dentro de la relación laboral.

La prima de servicios la reciben los trabajadores con contrato formal - crédito Luis Eduardo Noriega A./EFE
La prima de servicios la reciben los trabajadores con contrato formal - crédito Luis Eduardo Noriega A./EFE

Consecuencias por el incumplimiento en el pago de la prima

Los empleadores que incumplen con el pago de la prima de servicios dentro del plazo estipulado se enfrentan a diversas sanciones legales y financieras. A continuación, se presentan las sanciones más significativas por la falta de pago de la prima:

  • Intereses de mora

La normativa colombiana estipula que los empleadores que incumplan con el pago a tiempo de la prima deberán abonar el monto correspondiente a la prima y, además, los intereses moratorios aplicables.

Este valor se determina desde la fecha en que el pago debió efectuarse hasta el momento en que la empresa salde la obligación correspondiente. Es fundamental destacar que la tasa de interés moratorio se establece conforme a la normativa vigente.

Asimismo, en el caso de que el empleado determine que el empleador no ha llevado a cabo las gestiones pertinentes ni dio las justificaciones sobre el incumplimiento, tiene la facultad de reclamar una indemnización equivalente a un día de salario por cada jornada de retraso en el cumplimiento de la obligación.

El plazo para pagar la prima de fin de año es el 20 de diciembre - crédito Carlos Ruiz/Pixabay
El plazo para pagar la prima de fin de año es el 20 de diciembre - crédito Carlos Ruiz/Pixabay
  • Sanciones administrativas del Ministerio de Trabajo

El Ministerio de Trabajo tiene la facultad de imponer sanciones económicas a los empleadores que incumplen con la obligación de abonar la prima de servicios. Las sanciones fluctúan en función de la gravedad de la infracción y la cantidad de empleados impactados.

Es importante señalar que, la Inspección del Trabajo de este ministerio tiene la autoridad para imponer sanciones económicas a quienes incumplan con su obligación relacionada con el pago de prestaciones sociales, las cuales pueden oscilar entre 26 unidades de valor tributario (UVT) y 131.565 UVT, dependiendo de la gravedad de la infracción. Es decir, entre $1.237.730 y $6.187.400.225.

  • Demandas laborales

Los trabajadores que no perciben su prima de servicios tienen la facultad de presentar demandas laborales. Tales reclamaciones pueden derivar en sentencias judiciales que obliguen al empleador a abonar la prima pendiente, los intereses por mora y, en ciertos casos, compensaciones adicionales por los daños ocasionados.

  • Impacto en la reputación empresarial

La falta de pago de la prima de servicios puede comprometer la reputación de la empresa, repercutiendo de manera negativa en las relaciones con los empleados actuales y obstaculizando la captación de nuevos talentos. La reputación corporativa constituye un activo muy importante, susceptible de verse afectado por el incumplimiento de las responsabilidades laborales.

El pago de la prima de servicios a los trabajadores impulsa la economía colombiana - crédito Luisa González/Reuters
El pago de la prima de servicios a los trabajadores impulsa la economía colombiana - crédito Luisa González/Reuters
  • Cierre o sellamiento

En caso de que esta se convierta en una práctica habitual de la empresa o se produzca un incumplimiento grave, el Ministerio de Trabajo tiene la autoridad para sellar la empresa hasta que regularice sus obligaciones de pago. En situaciones más severas, podría solicitarse la clausura definitiva de la empresa.

Cómo prevenir sanciones por la no liquidación de la prima

Para eludir las sanciones derivadas de la falta de pago de la prima, es importante que los empleadores satisfagan sus obligaciones laborales de manera puntual y meticulosa. A continuación, se presentan algunos consejos prácticos:

  • Planificación financiera: incorpora el desembolso de la prima de servicios en tu estrategia financiera anual, de modo que garantices la disponibilidad de los recursos necesarios.
  • Cálculo preciso: es fundamental efectuar un cálculo exacto de la prima para cada colaborador, teniendo en cuenta todos los factores legales pertinentes, incluidos el salario base y el auxilio de transporte.
  • Asesoría legal: ante cualquier incertidumbre respecto a las obligaciones vinculadas a la prima de servicios, es recomendable acudir a asesoría legal para garantizar el cumplimiento de todas las normativas laborales.
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