Distrito de Cartagena tendrá que pagar una millonaria condena por desplome del edificio Blas de Lezo II en 2017

La sentencia del Juzgado Décimo Primero Administrativo del Circuito de Cartagena obligará a pagar al municipio la suma de $143 millones

Guardar
Distrito de Cartagena tendrá que pagar millonaria suma por desplome del edificio Blas de Lezo II - crédito Alcaldía de Cartagena
Distrito de Cartagena tendrá que pagar millonaria suma por desplome del edificio Blas de Lezo II - crédito Alcaldía de Cartagena

El Distrito de Cartagena fue condenado a pagar 143 millones de pesos a una de las víctimas del trágico colapso del edificio Portales de Blas de Lezo II ocurrido el 27 de abril de 2017, el cual dejó 21 muertos y numerosos heridos.

La condena fue emitida el miércoles 11 de diciembre por el Juzgado Décimo Primero Administrativo del Circuito de Cartagena, a cargo de la jueza Lorena Álvarez.

Ahora puede seguirnos en Facebook y en nuestro WhatsApp Channel.

La demanda fue instaurada por la ciudadana Leidy Paola Pautt Figueroa, que había invertido en la compra de un apartamento en el edificio en construcción, que colapsó debido a fallas estructurales y vicios en los permisos de construcción.

La jueza determinó que el Distrito de Cartagena fue responsable de los perjuicios causados, debido a una falla en el servicio de inspección, vigilancia y control de la actividad constructora en el ámbito local. Este fallo marca un precedente, ya que es la primera vez que el Distrito es declarado responsable en el contexto de las investigaciones por construcciones ilegales de los hermanos Quiroz.

Fallo del Juzgado Décimo Primero Administrativo del Circuito de Cartagena condenó al Distrito de Cartagena a pagar una millonaria suma por caída de edificio Blas de Lezo II - crédito Juzgado Décimo Primero Administrativo del circuito de Cartagena
Fallo del Juzgado Décimo Primero Administrativo del Circuito de Cartagena condenó al Distrito de Cartagena a pagar una millonaria suma por caída de edificio Blas de Lezo II - crédito Juzgado Décimo Primero Administrativo del circuito de Cartagena

“Declarar administrativa y patrimonialmente al Distrito de Cartagena de Indias, responsable de los perjuicios causados a la parte actora, con ocasión de la falla en el servicio por omisión en la inspección, vigilancia y control en la actividad constructora a nivel local”, se observa en el fallo.

“Como consecuencia de la anterior declaración, condenar al Distrito de Cartagena de Indias a pagar a favor de la afectada, la suma de Ciento Cuarenta y tres millones de pesos ($143.000.000), por concepto de perjuicios materiales, suma que además deberá ser indexada”, se añade en el fallo.

La demanda se basó en la responsabilidad que al parecer tuvo el Distrito de Cartagena en el desplome de una construcción en esa ciudad - crédito Rama Judicial
La demanda se basó en la responsabilidad que al parecer tuvo el Distrito de Cartagena en el desplome de una construcción en esa ciudad - crédito Rama Judicial

Y agregan que: “Se ajustará tomando como base el índice de precios al consumidor aplicando la siguiente fórmula: R= Rh * Índice Final Índice Inicial, donde el valor presente se determina multiplicando el valor histórico (Rh), que es la suma que resulte a favor del demandante, por el guarismo que resulte de dividir el índice final (fecha de ejecutoria de esta providencia) entre el índice inicial (fecha de la compra, esto es 3 de octubre de 2016)”.

La sentencia establece que, además de la indemnización por perjuicios materiales, el monto de la compensación será ajustado por el índice de precios al consumidor. Esto se hará utilizando una fórmula que considera el valor histórico de la indemnización y lo ajusta con base en la variación del índice de precios entre la fecha de la compra (octubre de 2016) y la fecha de ejecutoria de la providencia.

Detalles del caso

El desplome del edificio Blas de Lezo en Cartagena sucedió en abril de 2017 - crédito Colprensa
El desplome del edificio Blas de Lezo en Cartagena sucedió en abril de 2017 - crédito Colprensa

El colapso del edificio Portales de Blas de Lezo II fue una de las tragedias más impactantes en la historia reciente de Cartagena. El incidente dejó más de 40 obreros atrapados entre los escombros y cobró la vida de 21 personas. Tras la tragedia, se descubrieron irregularidades en la construcción, incluidas fallas estructurales y vicios en los permisos, lo que originó múltiples investigaciones judiciales.

En este contexto, la demanda de Pautt Figueroa se centró en la falta de control y supervisión por parte de las autoridades locales. La mujer alegó que el Distrito de Cartagena no cumplió con su responsabilidad de asegurar la correcta ejecución de la obra, lo que resultó en el colapso del edificio.

Este fallo abre la puerta a que otros afectados, como los compradores de apartamentos en el proyecto Portales de Blas de Lezo II, puedan buscar compensación por los perjuicios materiales sufridos. De igual manera, el caso resalta la importancia de una mayor vigilancia en los proyectos inmobiliarios y de construcción en la ciudad.

El juzgado también rechazó las pretensiones del Distrito de Cartagena de eximir su responsabilidad alegando culpa exclusiva de la víctima o intervención de un tercero. Además, se desestimaron las pretensiones de compensación por daños morales, ya que no se probó que Pautt Figueroa hubiera sufrido tal daño por la pérdida de su propiedad.

La condena resalta la necesidad de reforzar los controles en el sector de la construcción, especialmente en proyectos que involucran grandes riesgos, y establece un precedente importante en la búsqueda de justicia para las víctimas de accidentes de construcción en Colombia.

Guardar