Los cargos que podrían afrontar los vecinos que golpearon hasta la muerte a sujeto que asesinó a su hija en Jamundí

Desde la Policía Metropolitana de Cali recordaron a la ciudadanía que la justicia por mano propia es ilegal, sin importar el caso

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Residentes de la zona golpearon al padre de la menor hasta provocarle la muerte - crédito Redes Sociales
Residentes de la zona golpearon al padre de la menor hasta provocarle la muerte - crédito Redes Sociales

En los últimos meses, en Colombia se han registrado múltiples casos de violencia contra menores de edad, varios de ellos protagonizados por los padres de los niños y que han terminado con menores asesinados.

En un caso de esta índole, en Jamundí, Valle del Cauca, en la noche del 18 de noviembre, un sujeto arrojó de un tercer piso a su hija de cinco años, que luego de ser remitida a un centro médico murió a pesar de los intentos de los profesionales por salvarle la vida.

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Esta situación generó gran indignación en el conjunto residencial Torres de Alamadina, en donde varios vecinos del sector se unieron para golpear al padre de la menor hasta que llegaron las autoridades, que remitieron al sujeto a un hospital cercano, en el que murió producto de los golpes que recibió por parte de la comunidad.

Mientras las autoridades han revelado que el asesino de la menor tenía antecedentes por problemas psiquiátricos y expusieron que antes de ser golpeado estuvo a punto a arrojar por la ventana a su otra hija, la Policía del Valle del Cauca también ha comenzado una investigación con la que buscan identificar a las personas que golpearon hasta la muerte al señalado.

Los cargos que podrían afrontar los vecinos

La policía no logró evitar que la comunidad agrediera al asesino de la menor - crédito redes sociales
La policía no logró evitar que la comunidad agrediera al asesino de la menor - crédito redes sociales

Luego de que se controló la situación, el subcomandante de la Policía Metropolitana de Cali, coronel Germán Manrique, lamentó que la reacción de la ciudadanía hubiera terminado con la muerte del asesino de la menor, recordando que por ley los uniformados deben garantizar la vida de todas las personas, sin importar su accionar.

De la misma forma, indicó que los sindicados deben ser presentados ante la Fiscalía General de la Nación y los jueces para determinar su responsabilidad en el crimen o en la situación que esté siendo investigada.

Lastimosamente, la ciudadanía toma justicia por mano propia. Queremos hacer un llamado a eso, a esperar a que sean las autoridades, la Policía Nacional, la que realice la captura de cualquier persona que cometa un delito, no tomar justicia por mano propia, porque también se verán inmersos en delitos”, declaró el coronel Manrique a Noticias Caracol.

En este caso, los ciudadanos que golpearon al asesino de la menor hasta su muerte podrían ser judicializados por homicidio u homicidio agravado, puesto que en gran parte de la agresión el individuo no tenía ningún tipo de protección y hasta el momento, según lo expuesto por las autoridades, ninguno de los vecinos fue agredido por este hombre.

Cabe mencionar que, en Colombia, este crimen es castigado con penas de 480 a 600 meses de prisión.

¿Qué es legítima defensa y en qué casos aplica?

Las autoridades piden a los ciudadanos no ejercer justicia por mano propia - crédito Pexel
Las autoridades piden a los ciudadanos no ejercer justicia por mano propia - crédito Pexel

La legítima defensa está consagrada en el artículo 32 de la Ley 599 de 2000, como un causal de justificación que elimina el elemento de antijuricidad, pero también se mide la proporcionalidad de la agresión y en la que la respuesta o reacción debe ser inmediata a la del ataque inminente o actual.

Algunos de los puntos demarcados en los que aplica lo señalado en el artículo 32 de la ley 599 son:

  • En los eventos de caso fortuito y fuerza mayor.
  • Se actúe con el consentimiento válidamente emitido por parte del titular del bien jurídico, en los casos en que se puede disponer del mismo.
  • Se obre en estricto cumplimiento de un deber legal.
  • Se obre en cumplimiento de orden legítima de autoridad competente emitida con las formalidades legales. No se podrá reconocer la obediencia debida cuando se trate de delitos de genocidio, desaparición forzada y tortura.
  • Se obre en legítimo ejercicio de un derecho, de una actividad lícita o de un cargo público.
  • Se obre por la necesidad de defender un derecho propio o ajeno contra injusta agresión actual o inminente, siempre que la defensa sea proporcional a la agresión.
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