El viernes 8 de noviembre de 2024, Ecopetrol S.A. publicó como información relevante en la página de la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) la salida de dos miembros de la Junta Directiva de la compañía: Juan José Echavarría Soto y Luis Alberto Zuleta Jaramillo.
Exactamente, se expresó lo siguiente: “conforme con lo comunicado por este mismo medio el 30 de agosto de 2024, las renuncias presentadas por los miembros independientes de la Junta Directiva, el señor Juan José Echavarría Soto, presidente del Comité de Gobierno Corporativo y Sostenibilidad, y el señor Luis Alberto Zuleta Jaramillo, presidente del Comité de Auditoría y Riesgos y experto en temas financieros, se harán efectivas a partir del 9 de noviembre de 2024”.
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Además, que “ante la efectividad de las renuncias de los señores Zuleta y Echavarría, la Junta Directiva deliberará y decidirá posteriormente sobre la eventual recomposición de los comités que integraban los miembros dimitentes.
Por lo anterior, las sociedades administradoras de fondos de pensiones y cesantías Colfondos S.A., Porvenir S.A., Protección S.A. y Skandia S.A., agremiadas en la Asociación Colombiana de Administradoras de Fondos de Pensiones y de Cesantía (Asofondos), actuando en su condición de administradoras de los fondos de pensiones y cesantías y, por ende, en representación de estos, que ostentan la condición de accionistas de Ecopetrol S.A., entidad que preside Ricardo Roa, y solicitaron que se convoque a una reunión extraordinaria de la Asamblea General de Accionistas con el objetivo de que se pueda elegir el representante de los accionistas minoritarios, calidad que ostentan los fondos mencionados y que son representados por los fondos.
“Esta solicitud se efectúa con base en lo dispuesto en el artículo 17 - Reuniones Extraordinarias, de los Estatutos Sociales de Ecopetrol S.A., conforme al cual la Junta Directiva de esta compañía podrá convocar a reuniones extraordinarias de la Asamblea General de Accionistas cuando así lo exijan las necesidades imprevistas o urgentes de la sociedad”, expresaron los fondos.
Reunión extraordinaria
De igual manera, solicitaron a la Junta Directiva que, como cuerpo colegiado, de manera formal y expresa, haga uso, igualmente, de la facultad estatutaria y convoque a una reunión extraordinaria de la Asamblea General de Accionistas con el fin de que se haga la designación de los renglones que presentan vacancia.
Puntualizaron que lo que motivó la solicitud es que debido a que aun siendo posible que la Junta Directiva desarrolle sus funciones con los miembros actualmente designados, esperar la designación hasta la Asamblea Ordinaria de 2025 para nombrar los reemplazos de los dos miembros independientes de la Junta Directiva que renunciaron, afecta de forma injustificada la composición y el adecuado funcionamiento del órgano societario.
Recordaron que este requiere un adecuado equilibrio como consecuencia de la diversidad de sus miembros, en cuanto a conocimientos, formación, experiencia, género, origen, procedencia geográfica, entre otros, a fin de promover un proceso de toma de decisiones sólido, dando prevalencia a criterios de formación, experiencia e idoneidad, por lo que las renuncias no solo generan un desequilibrio en su estructura, sino que alteran los estándares de buen gobierno corporativo, lo que reduce la participación de los accionistas minoritarios en el máximo órgano social y sus respectivos comités de apoyo.
En línea con lo expuesto y enmarcada en la responsabilidad corporativa en Ecopetrol S.A. insistieron en que se debe proponer que se mantenga la confianza con tos distintos grupos de interés con el fin de procurar siempre que las decisiones sean en beneficio de la sociedad y de todos los accionistas, elementos que se verían desnaturalizados ante la negativa de designar nuevos miembros ante la renuncia de estos, más aún cuando los señores Juan José Echavarría y Luis Alberto Zuleta fungían como expertos y como miembros independientes, tanto en la Junta Directiva como presidiendo los comités de Gobierno Corporativo y Sostenibilidad; y de Auditoría y Riesgos, experto en temas financieros, respectivamente.
Pérdida de visión técnica
“Al faltar ellos, se pierde la visión técnica que es relevante para el análisis, evaluación y decisión de los asuntos de carácter de gobierno corporativo y financiero, que en el marco de sus funciones han de conocer habitualmente dichos órganos corporativos y que son tan esenciales para una empresa de la relevancia de Ecopetrol S.A”, apuntaron.
Adicionalmente, insistieron en que la Superintendencia de Sociedades, por vía de doctrina, señaló que las vacancias deben ser suplidas tan pronto como se presente la renuncia o la falta absoluta de cada miembro, con el fin de garantizar los mejores estándares de gobierno corporativo.
Hechos impredecibles y urgentes
Enfatizaron que la solicitud está motivada por hechos impredecibles y urgentes. Sin embargo, dejaron claro que son conscientes de que los estatutos de Ecopetrol S.A. lo exigen para que se efectúe la solicitud de los accionistas minoritarios a una convocatoria de reunión extraordinaria de la Asamblea General de Accionistas, que se requiere de al menos el 5% de la participación accionaria de la compañía.
“Por esta razón, hacemos pública esta comunicación, para instar a otros accionistas minoritarios a que eleven ante a la compañía la misma solicitud, y se logre consolidar el mínimo de participación accionaria necesario para que la Junta Directiva actúe y convoque a una reunión extraordinaria de la Asamblea General de Accionistas”, finalizaron los fondos de pensiones.