Superfinanciera le puso límites a los bancos: esto es lo que las entidades financieras ya no le pueden pedir

El órgano de control fijó parámetros a los bancos para las tarjetas de crédito, préstamos o venta de seguros. Las medidas también se extienden a las cuentas bancarias de los clientes

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La autoridad financiera en Colombia ha introducido normativas que defienden a los usuarios de prácticas injustas - crédito Pixabay
La autoridad financiera en Colombia ha introducido normativas que defienden a los usuarios de prácticas injustas - crédito Pixabay

En Colombia es habitual que los ciudadanos recurran a las entidades financieras para cumplir sus metas a corto y mediano plazo, recurriendo a créditos y métodos de financiación de sus proyectos personales y profesionales.

Sin embargo, no son pocas las quejas que diariamente llegan hasta la Superintendencia Financiera de Colombia, entidad a cargo de regular a los bancos y entidades financieras del país, en las que los colombianos se quejan por los cobros excesivos y hasta abusivos por parte de esas corporaciones bancarias.

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Es por eso que la Superfinanciera ajustó sus políticas e implementó nuevas medidas para proteger a los consumidores de servicios financieros, prohibiendo un conjunto de cláusulas abusivas en contratos de tarjetas de crédito, créditos y seguros.

Esta decisión busca evitar prácticas que puedan perjudicar a los usuarios, quienes ahora tienen el derecho de reclamar si consideran que están siendo afectados por estas cláusulas.

El usuario deberá conocer la tasa exacta que cobrará la entidad bancaria a la hora de hacer compras en dólares - Colprensa
El usuario deberá conocer la tasa exacta que cobrará la entidad bancaria a la hora de hacer compras en dólares - Colprensa

Entre las prácticas prohibidas se encuentra la inclusión de cláusulas confusas sobre la tasa de cambio aplicada a compras en dólares, como las realizadas por Internet.

A partir de ahora, las entidades financieras deberán ser claras sobre cómo y cuándo se determina esta tasa, y no podrán modificarla sin previo aviso.

Además, el órgano de control también determinó que los bancos no podrán tomarse “por derecha” los pagos de obligaciones pendientes de las cuentas bancarias, por lo que no podrán realizar débitos automáticos sin la autorización explícita del cliente, incluso si este tiene su cuenta de nómina y créditos en la misma entidad.

Otra medida importante es la prohibición de cambiar las condiciones de un crédito preaprobado para la compra de vivienda en el momento del desembolso; es decir, una vez que el cliente solicite la preaprobación, la entidad financiera deberá mantener las tazas de interés y plazos de pago, al menos, hasta que venza el tiempo para acceder el crédito. Asimismo, no se pueden imponer obstáculos para la cesión de un crédito hipotecario o un leasing, como exigir trámites en oficinas o en horarios especiales.

El listado de cláusulas abusivas en Colombia ha crecido hasta incluir 66 tipos diferentes de abusos. Entre ellos se encuentran el cobro por consultar el saldo, la falta de información a los consumidores sobre la posibilidad de prepagar sus deudas, la dilación en las reclamaciones ante aseguradoras y la entrega de contratos con letra pequeña, entre otros.

La Superintendencia Financiera reveló el listado de los bancos que más quejas tienen por sus usuarios en Colombia - crédito Colprensa
La Superintendencia Financiera reveló el listado de los bancos que más quejas tienen por sus usuarios en Colombia - crédito Colprensa

Estas medidas buscan garantizar una mayor transparencia y equidad en las relaciones contractuales entre las entidades financieras y sus clientes, promoviendo un entorno más justo para los consumidores en el país.

Estas son las tasas que fijó la Superfinanciera para noviembre de 2024

La Superintendencia Financiera ha establecido nuevas tasas de interés para diversas modalidades de crédito en Colombia para noviembre de 2024. Según el documento oficial, el interés bancario corriente (IBC) para los créditos de consumo y ordinario se fijó en un 18,60 % efectivo anual (E. A.). Esta tasa se aplicará durante todo el mes de noviembre.

En cuanto a los créditos de consumo de mayor monto, la tasa de interés se ha certificado en un 27,12 % E. A., vigente también para el mismo periodo. Esta decisión afecta a los préstamos que superan ciertos umbrales monetarios, diferenciándolos de los créditos de consumo estándar.

La resolución también abarca las tasas para créditos productivos, tanto rurales como urbanos. Para el crédito productivo rural, la tasa se ha establecido en un 17,47 % E. A., mientras que para el crédito productivo urbano, la tasa es significativamente más alta, alcanzando un 35,90 % E. A.. Ambas tasas estarán vigentes hasta el final de noviembre.

Por otro lado, los créditos populares productivos, que se dividen en rurales y urbanos, presentan tasas aún más elevadas. El interés para el crédito popular productivo rural es del 50,60 % E. A., y para el urbano, del 58,10 % E. A. Estas tasas reflejan el riesgo percibido y las condiciones del mercado para estos tipos de financiamiento.

Finalmente, la Superintendencia Financiera ha certificado la tasa de usura para los créditos de consumo y ordinario en un 27,90 % para noviembre de 2024. Esta tasa representa el límite máximo que las entidades financieras pueden cobrar por estos tipos de préstamos, protegiendo a los consumidores de intereses excesivos.

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