Gerson Chaverra explicó por qué el magistrado José Joaquín Urbano no quiere posesionarse ante Petro: “No es animadversión”

La posesión del abogado se llevará a cabo el 5 de diciembre en la Sala Plena Ordinaria de la Corte Suprema de Justicia

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El presidente de la Corte
El presidente de la Corte Suprema afirmó que la decisión del magistrado José Joaquín Urbano de no posesionarse ante el presidente de la República no se debe a una enemistad que tenga con él - crédito Colprensa

Como es costumbre, los magistrados de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de Estado, así como otros funcionarios del Gobierno nacional, se posesionan ante el presidente de la República, que suele tener un discurso preparado en cada caso, indicando cuáles serán las funciones a cumplir.

Así pasó en el acto de posesión de la magistrada del Consejo de Estado, Elizabeth Becerra, llevado a cabo el 7 de octubre de 2024. En su intervención, no indicó como debería adelantar sus tareas como magistrada, porque prima la independencia, pero sí lanzó una crítica al máximo juez de la administración pública, por un concepto que emitió con respecto a la investigación que está haciendo el Consejo Nacional Electoral (CNE) de su campaña.

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“César Palomino, el magistrado que usted reemplaza, magistrada, junto con un magistrado conservador que admiro y no pude conocer, magistrado Arenas, él es el autor de una sentencia en el Consejo de Estado que, subsumiendo la sentencia CIDH bajo mi nombre, dijo que no se pueden destituir ni quitarle a ningún ciudadano o ciudadana de Colombia, no solo funcionarios, sus derechos políticos, a menos que haya cometido un crimen, y así lo diga el juez penal”, aseveró el presidente.

José Joaquín Urbano fue elegido
José Joaquín Urbano fue elegido magistrado de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia el 24 de octubre de 2024 - crédito Presidencia de la República y Corte Suprema de Justicia

Sin embargo, ese tipo de declaraciones por parte del primer mandatario no estarán en el acto posesión del abogado José Joaquín Urbano, que fue elegido magistrado de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia el 24 de octubre de 2024. Pues, solicitó que la diligencia sea realizada en las instalaciones del alto tribunal y no ante el jefe de Estado.

Lo que se consideró un desplante por parte del magistrado sería simplemente una decisión que se le permite tomar a la luz de la normativa colombiana. Así lo explicó el presidente de la Corte Suprema de Justicia, Gerson Chaverra, ante varios medios de comunicación.

No, eso no es un tema de animadversión, es un tema de que el artículo 53, insisto, con la sentencia de constitucionalidad que respecto de esa norma hizo la Corte Constitucional, dio una opción al elegido: posesionarse ante la corte que lo eligió, ante el presidente de la República o ante un notario”, detalló Chaverra.

La posesión del abogado se
La posesión del abogado se llevará a cabo el 5 de diciembre en la Sala Plena Ordinaria de la Corte Suprema de Justicia - crédito Luisa González/Reuters

En este caso, el magistrado decidió acogerse a la opción de posesionarse ante la Corte Suprema de Justicia. La diligencia se llevará a cabo el 5 de diciembre en la Sala Plena Ordinaria del alto tribunal.

Su determinación está sustentada en la Sentencia C-134 de 2023, mediante la cual la Corte Constitucional revisó el proyecto de ley estatutaria 295 de 2020 Cámara de Representantes, que buscaba modificar la ley 270 de 1996 (Estatutaria de la Administración de Justicia). Esta última, en su artículo 53, establece que los magistrados de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de Estado tomarán posesión ante el presidente de la República.

La Corte Constitucional concluyó en su estudio que los funcionarios pueden elegir ante quién posesionarse. “Es preciso enfatizar en que la inconstitucionalidad de la norma no deriva de la posibilidad de que los magistrados de las altas cortes tomen posesión ante el presidente de la República, sino del hecho de que esta sea la única opción para ello. Por ende, para la Corte el problema de constitucionalidad se resuelve, permitiendo que existan diferentes opciones para la posesión de los magistrados”, se lee en el documento.

La Corte Constitucional aseguró que
La Corte Constitucional aseguró que los magistrados deben tener la oportunidad de elegir cómo hacer su posesión - crédito Luisa González/Reuters

Pueden hacerlo entonces ante el primer mandatario del país, ante el presidente de la corporación en la que adelantarán sus funciones, o ante un notario. “La primera opción, en razón del autogobierno. La segunda, en razón a las funciones fedantes de los notarios de dar fe, en beneficio del interés general y de la sociedad”, precisó la Corte.

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