JEP rechazó nulidad en caso del secretariado de las Farc: serán juzgados por secuestro y esclavitud

El tribunal de paz aseguró que los antiguos líderes de la guerrilla deben responder por los hechos que se les imputa

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Rodrigo Londoño, Pastor Alape, Milton
Rodrigo Londoño, Pastor Alape, Milton de Jesús Toncel Redondo, Jaime Alberto Parra, Julián Gallo, Pablo Catatumbo y Rodrigo Granda, antiguo secretariado de las Farc, serán juzgados por secuestro y esclavitud - crédito cortesía JEP.

El ex secretariado de las Farc, encabezado por Rodrigo Londoño Echeverri, enfrenta un juicio por secuestro y esclavitud tras la decisión de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) de rechazar la solicitud de nulidad presentada por sus abogados. Esta decisión mantiene en firme el proceso judicial en su contra, según se informó en un auto emitido el 28 de octubre de 2024, en Bogotá, Colombia.

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La Sección de Primera Instancia para Casos de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad de la JEP, conocida como SeRVR, fue la encargada de evaluar la solicitud de nulidad del auto anterior, emitido el 29 de abril de 2024. Este auto había analizado la Resolución de Conclusiones No. 02 de 2022, que forma parte del Caso 01, relacionado con la toma de rehenes y otras graves privaciones de la libertad cometidas por las Farc.

Procede la Sección de Primera Instancia para Casos de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad en adelante, SeRVR o la Sección del Tribunal para la Paz, en el marco de sus competencias constitucionales y legales, específicamente las dispuestas en el Acto Legislativo 01 de 2017 (...) que evaluó la correspondencia de la Resolución de Conclusiones No. 02 dentro del Caso 01, planteada por los apoderados de los comparecientes del antiguo Secretariado de las FARC-EP”, se lee en el fallo de la JEP.

El tribunal decidió negar las
El tribunal decidió negar las solicitud del ex secretariado de las Farc - crédito JEP

El proceso judicial se da dentro de las competencias constitucionales y legales de la JEP, establecidas por el Acto Legislativo 01 de 2017, la Ley 1957 de 2019 y la Ley 1922 de 2018. Estas normativas regulan el funcionamiento de la JEP, creada para juzgar los crímenes cometidos durante el conflicto armado en Colombia, y buscan garantizar la verdad, la justicia, la reparación y la no repetición.

La solicitud de nulidad fue presentada por los apoderados del antiguo secretariado de las Farc, quienes argumentaron que el auto de abril no correspondía adecuadamente con la Resolución de Conclusiones del caso. Sin embargo, la SeRVR decidió mantener la validez del auto, permitiendo que el juicio continúe su curso.

Este caso es uno de los más significativos dentro del sistema de justicia transicional en Colombia, ya que aborda delitos graves como el secuestro y la esclavitud, que tuvieron un impacto profundo en la sociedad colombiana durante el conflicto armado. La decisión de la JEP de rechazar la nulidad subraya su compromiso con el esclarecimiento de la verdad y la responsabilidad de los actores involucrados en estos crímenes.

La ratificación de la JEP El

Tribunal para la Paz determinó en abril del 2024 que existen pruebas suficientes para imputarles crímenes de lesa humanidad y de guerra, incluyendo esclavitud, secuestros, y tortura. Esta decisión se produce después de una exhaustiva evaluación de la correspondencia de la Resolución de Conclusiones del Caso 01, según informó la JEP.

La Sección de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad ratificó las imputaciones realizadas por la Sala de Reconocimiento, destacando que el crimen de esclavitud fue parte de un ataque sistemático y generalizado contra la población civil. Además, el tribunal consideró que el antiguo secretariado es responsable de crímenes de guerra como torturas y desplazamiento forzado, entre otros.

El tribunal de paz determinó
El tribunal de paz determinó que el ex secretariado si debía ser imputado - crédito JEP

El proceso judicial, que se enmarca en el Caso 01 denominado “Toma de rehenes, graves privaciones de la libertad y otros crímenes concurrentes cometidos por las Farc-EP”, ha identificado a 21.396 víctimas de secuestro. La JEP abrió este caso el 4 de julio de 2018, y desde entonces ha trabajado en la identificación de los responsables y en la recopilación de pruebas.

Entre los comparecientes se encuentran figuras prominentes del antiguo secretariado de las Farc-EP, como Rodrigo Londoño Echeverri (Timochenko), Pastor Alape, y Joaquín Gómez, quienes han reconocido su responsabilidad en los crímenes imputados. Estos incluyen la toma de rehenes y graves privaciones de la libertad, cometidos de manera concurrente por las unidades bajo su mando.

El tribunal ha señaló la importancia de la reparación colectiva para las víctimas, con el objetivo de restaurar el tejido social afectado por las acciones de las Farc-EP. Se espera que próximamente se convoque una Audiencia de Verificación, donde se evaluará la contribución a la verdad y las formas de reparación propuestas.

La esclavitud, como crimen de lesa humanidad, fue un elemento central en la política de secuestros de las Farc-EP. Según el tribunal, los trabajos forzados impuestos a las víctimas se caracterizaron por la coerción y las amenazas, anulando su libertad individual y personalidad jurídica.

El tribunal también ha destacado la necesidad de ampliar y detallar las afectaciones colectivas sufridas por las víctimas, antes de emitir una sentencia de mérito que ponga fin al Caso 01. Esta etapa procesal representa un paso significativo hacia la justicia y la reparación que han reclamado las víctimas y la sociedad colombiana.

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