A partir del inicio del 2025, los trabajadores independientes en Colombia deberán adaptarse a un nuevo sistema de aportes a pensión, según lo aprobado por el Congreso de la República con la reforma pensional.
Este cambio implica que los trabajadores independientes serán los únicos responsables de realizar sus propios pagos de pensión, aunque terceros podrán efectuar aportes a su favor sin que esto implique una relación laboral, como aclara la nueva normativa.
Ahora puede seguirnos en Facebook y en nuestro WhatsApp Channel.
El sistema de pensiones en Colombia, de la misma manera, experimentará modificaciones a partir del próximo año. Una de las principales novedades es que los aportes se calcularán sobre el 40% del valor del contrato, aplicando un porcentaje del 16% sobre esa base.
“El monto de la cotización al Sistema General de Pensiones es del 16% del ingreso base de cotización, el cual debe ser asumido en su totalidad por el empleado, cuando se trate de trabajadores independientes. En el caso de trabajadores dependientes, el 75% estará a cargo del empleador y el 25% del trabajador”, es lo que se lee en la legislación colombiana, según el Ministerio de Salud.
Sin embargo, no se han anunciado los cambios en los porcentajes a pagar, de acuerdo a un análisis que publicó el medio económico Valora Analitik.
Además, la reforma establece que los aportes que no se realicen dentro de los plazos estipulados generarán un interés moratorio, similar al que se aplica para el impuesto sobre la renta y complementarios. En caso de omisión en la afiliación, se procederá a un cálculo actuarial, y el Gobierno nacional reglamentará el cobro de los aportes no realizados oportunamente.
Para garantizar el cumplimiento de estos aportes, se podrán realizar cruces de información con las autoridades tributarias y solicitar datos reservados. Los intereses generados por los retrasos en los pagos se abonarán proporcionalmente al fondo de reparto del Componente de Prima Media o en la cuenta individual del Componente Complementario de Ahorro Individual, según corresponda.
La normativa también advierte que los responsables del gasto en entidades del sector público que no dispongan la consignación oportuna de las cotizaciones, sin justa causa, incurrirán en causal de mala conducta, lo que será sancionado conforme al régimen disciplinario vigente, como informó el medio.