Consejo de Estado anuló sanción contra Gustavo Petro por retraso en nombramientos de comisionados en la Creg

La sanción, impuesta por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, incluía una multa de cinco salarios mínimos al presidente

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Consejo de Estado revoca multa
Consejo de Estado revoca multa por desacato en nombramientos de comisionados de la Creg - crédito montaje Infobae (Colprensa y AP)

El Consejo de Estado de Colombia decidió revocar la sanción impuesta al presidente Gustavo Petro por presunto desacato en relación con los nombramientos de comisionados en la Comisión de Regulación de Energía y Gas (Creg).

Este fallo modifica la decisión anterior del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, que había multado al presidente con el equivalente a cinco salarios mínimos por no llevar a cabo las gestiones requeridas para designar a los expertos en esta entidad clave para el sector energético.

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“(...) se entiende que se dirigió a realizar las acciones necesarias para integrar la CREG con seis expertos nombrados por el presidente de la república. Eso implica que el plazo de 30 días se refiere al avance en los trámites y procedimientos para llevar a cabo los nombramientos, no necesariamente la conclusión de estos”, enfatiza el Consejo de Estado.

El Consejo de Estado expresó que, aunque el Tribunal había establecido un plazo de treinta días para completar los nombramientos, el proceso para asegurar la designación de los seis comisionados comenzó dentro del periodo estipulado.

La directriz principal buscaba que se agotaran todas las alternativas posibles para completar los nombramientos, aun si la posesión final se realizaba después del tiempo fijado.

Adicionalmente, el Consejo de Estado ordenó al Tribunal supervisar de cerca el avance de estos nombramientos para que la Creg pueda contar con al menos cuatro de sus seis comisionados y así alcanzar el quórum necesario para la toma de decisiones fundamentales.

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca sancionaba al presidente Gustavo Petro con 5 salarios mínimos por no haber nombrado a los comisionados de la Creg - crédito red social X

Con esta medida, se pretende garantizar el adecuado funcionamiento de la entidad en sus responsabilidades en el sector minero-energético.

“Por lo tanto, objetivamente, la orden se debe entender cumplida por el adelantamiento de las gestiones necesarias dentro del plazo, aunque el nombramiento final de los seis expertos pueda ocurrir después de ese período”, se evidencia en el auto legal.

El caso se originó cuando el Tribunal Administrativo de Cundinamarca concluyó que el presidente no había cumplido con el deber de designar a los comisionados, razón por la cual le impuso la sanción.

No obstante, tras la revisión, el Consejo de Estado ha absuelto al mandatario de la multa, enfocándose en que el seguimiento de los nombramientos en la Creg sea efectivo para que la institución opere de forma plena.

La decisión que apeló Gustavo Petro

El 9 de octubre, Gustavo Petro apeló la decisión del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, que el 3 de octubre había concluido que la falta de nombramiento de varios funcionarios clave en la Creg había provocado retrasos significativos en la toma de decisiones fundamentales para el sector energético.

Según la magistrada Ana Margoth Chamorro, aunque el Departamento Administrativo de la Presidencia (Dapre) había iniciado el proceso de selección de candidatos, el último nombramiento se realizó el 30 de julio de 2024 y desde entonces no se avanzó en la integración completa de la comisión.

La defensa de Petro sostiene
La defensa de Petro sostiene que el Gobierno realizó gestiones para nombrar a los comisionados y que hay evidencia de los esfuerzos hechos - crédito X

“El incumplimiento efectivo de la obligación clara, expresa y exigible de nombrar a los comisionados denota una mora injustificada”, afirmó.

La defensa de Petro sostuvo que el Gobierno realizó gestiones para nombrar a los comisionados y que hay evidencia de los esfuerzos hechos.

Milton Alexander Dionisio, abogado del mandatario, expuso que el presidente no tiene responsabilidad en el incumplimiento y que el tribunal no tiene competencia para imponer sanciones a un jefe de Estado, basándose en la separación de poderes consagrada en la Constitución.

“Es preciso señalar que vigilar el cumplimiento no es equivalente a la competencia para tramitar y decidir un incidente de desacato que respecto de aforados le está vetado a los jueces de la República”, argumentó el abogado.

El presidente indicó que las
El presidente indicó que las condiciones impuestas para elegir a los miembros del comité de la entidad dificultan la elección del personal - crédito @petrogustavo/X

El proceso para nombrar a los comisionados es complejo y requiere tiempo, dado que involucra a múltiples entidades y pasos administrativos. Según Dionisio, las gestiones continuaron después del 31 de julio de 2024, y se presentó documentación que respalda las acciones del presidente para cumplir con la orden judicial.

En su escrito, el abogado afirma que el Ministerio de Minas y Energía envió un oficio al director de Empleo Público para verificar la expedición del certificado de ley de cuotas necesario para reemplazar a un comisionado.

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