Gustavo Petro apeló la sanción que le impusieron por desacato en el caso de la Creg: alega fuero presidencial

La defensa del presidente sostiene que se han realizado gestiones para cumplir con el fallo judicial que ordena el nombramiento en propiedad de los comisionados

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La sanción se debió a un incidente de desacato, ya que el presidente no cumplió con el nombramiento de funcionarios clave, lo que afecta la toma de decisiones en el sector energético - crédito Juan Diego Cano/Presidencia y Creg
La sanción se debió a un incidente de desacato, ya que el presidente no cumplió con el nombramiento de funcionarios clave, lo que afecta la toma de decisiones en el sector energético - crédito Juan Diego Cano/Presidencia y Creg

El presidente Gustavo Petro impugnó el fallo del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, que lo multó con el equivalente a cinco salarios mínimos por desacato en el nombramiento de comisionados en la Comisión de Regulación de Energía y Gas (Creg).

La apelación fue presentada el 9 de octubre por el abogado Milton Alexánder Dionisio, que argumentó ante la magistrada Ana Margoth Chamorro, que la decisión del tribunal carece de fundamentos sólidos y que se extralimitó en su función.

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Según el Tribunal de Cundinamarca, el incumplimiento de varios funcionarios clave en la Creg ha causado demoras significativas en la toma de decisiones críticas para el sector. La magistrada señaló que, aunque se acreditó que el Departamento Administrativo de la Presidencia (Dapre) había iniciado el proceso de selección de candidatos, el último nombramiento se realizó el 30 de julio de 2024 y desde entonces no se avanzó en la integración completa de la comisión.

Es la primera vez que un presidente de Colombia es multado y sancionado con desacato por incumplir con los nombramientos en  la Creg - crédito Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Es la primera vez que un presidente de Colombia es multado y sancionado con desacato por incumplir con los nombramientos en la Creg - crédito Tribunal Administrativo de Cundinamarca

La magistrada subrayó que, a pesar de las anulaciones de ciertos nombramientos por el Consejo de Estado, esto no exonera al presidente de su responsabilidad de cumplir con la ley. “El incumplimiento efectivo de la obligación clara, expresa y exigible de nombrar a los comisionados denota una mora injustificada”, afirmó.

Los argumentos de la Presidencia

La defensa sostiene que el Gobierno realizó gestiones para nombrar a los comisionados y que hay evidencia de los esfuerzos hechos - crédito Presidencia
La defensa sostiene que el Gobierno realizó gestiones para nombrar a los comisionados y que hay evidencia de los esfuerzos hechos - crédito Presidencia

En su apelación, Dionisio expone tres argumentos principales para refutar la sanción. Primero, argumenta que sí se realizaron gestiones para nombrar a los comisionados y presenta pruebas de ello. En segundo lugar, sostiene que el presidente no tiene responsabilidad en el incumplimiento, y finalmente, señala que el tribunal no tiene competencia para imponer sanciones a un jefe de Estado, un punto que se basa en la separación de poderes consagrada en la Constitución.

“Es preciso señalar que vigilar el cumplimiento no es equivalente a la competencia para tramitar y decidir un incidente de desacato que respecto de aforados le está vetado a los jueces de la República”, argumentó el abogado en su escrito, lo que pone de manifiesto el punto de vista de la defensa respecto al fuero presidencial.

La defensa también menciona que el proceso para nombrar a los comisionados es complejo y requiere tiempo, dado que involucra a múltiples entidades y pasos administrativos. Según el abogado, las gestiones continuaron después del 31 de julio de 2024, y se presentó documentación que respalda las acciones del presidente para cumplir con la orden judicial.

La defensa de Petro, encabezada por el abogado Milton Alexánder Dionisio, apeló la sanción ante el Consejo de Estado - crédito X
La defensa de Petro, encabezada por el abogado Milton Alexánder Dionisio, apeló la sanción ante el Consejo de Estado - crédito X

En su escrito, Dionisio afirma que el Ministerio de Minas y Energía envió un oficio al director de Empleo Público para verificar la expedición del certificado de ley de cuotas necesario para reemplazar a un comisionado, con lo que sugiere que las autoridades competentes estaban trabajando activamente para cumplir con los requerimientos legales.

La apelación de Petro se produce en un contexto de creciente tensión política y judicial, donde el papel del presidente y su administración se encuentra bajo un intenso escrutinio. La falta de nombramientos en la Creg y la declaratoria de nulidad de algunos nombrados temporalmente por el presidente, ha suscitado preocupaciones sobre la gobernabilidad en el sector energético, un tema que ya era sensible en el país.

Además, la defensa de Petro ha hecho eco de una discusión más amplia sobre el fuero presidencial y las limitaciones del poder judicial para sancionar a altos funcionarios. En el documento, el abogao del jefe de Estado enfatizó que el presidente debe ser juzgado por el Congreso en casos de faltas distintas a delitos, un argumento que recuerda los debates que han surgido en torno al proceso de investigación por presuntas irregularidades en la campaña electoral de 2022.

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