En el marco de la COP16 en Cali, Rodrigo Negrete, director de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), detalló el estado del proyecto de perforación Komodo 1 en una entrevista en el programa “Mañanas Blu” de Blu Radio. Negrete subrayó que, a pesar de la confusión generada en torno a la supuesta cancelación de la licencia ambiental, aún no se ha otorgado ninguna para el proyecto en cuestión.
Durante su intervención, Negrete aclaró: “no se ha suspendido la licencia, sino el proceso de evaluación ambiental”. Según el funcionario, actualmente el proyecto Komodo 1 se encuentra en una fase de evaluación y análisis ambiental, por lo que no existe ningún concepto técnico de viabilidad ni licencia aprobada para el mismo.
El director de la ANLA hizo énfasis en que esta evaluación puede tener varios desenlaces, como la concesión de la licencia, su rechazo o el archivo definitivo de la solicitud.
En respuesta a la solicitud de la ministra de Ambiente, Susana Mohammad, quien solicitó un análisis detallado para este proyecto, Negrete puntualizó que dicha solicitud se enmarca en el proceso de evaluación.
“Es importante señalar que la evaluación puede llevar a la concesión de la licencia, a su rechazo, o incluso al archivo de la solicitud”, señaló Negrete, quien también destacó que, hasta el momento, afirmar que el proyecto cuenta con una licencia o un concepto favorable no corresponde a la realidad del proceso.
La solicitud de la ministra Mohammad enfatiza la complejidad y el impacto potencial del proyecto en el medioambiente, por lo que pide especial atención y una revisión exhaustiva antes de decidir sobre su viabilidad.
Ecopetrol, a reanudar la perforación en el pozo Uchuva 2
El Tribunal Superior de Santa Marta ordenó al Ministerio del Interior realizar una consulta previa con la comunidad indígena de Taganga. Esta decisión se enmarca en el contexto de la reanudación de las actividades de exploración y explotación en el pozo Uchuva 2, después de que el tribunal revocara una orden de suspensión emitida por un juez de la capital del Magdalena.
La suspensión inicial de las actividades en el pozo Uchuva 2 fue solicitada por actores locales, quienes argumentaron que no se había llevado a cabo una consulta previa con la comunidad indígena de Taganga. Esta comunidad podría verse afectada por las operaciones extractivas, lo que generó preocupación entre sus miembros y defensores de los derechos indígenas.
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El tribunal, al levantar la suspensión, permitió que las operaciones en el yacimiento continúen, pero ha subrayado la importancia de cumplir con los derechos de las comunidades indígenas.
“Renovar el numeral segundo de la sentencia de primera instancia, así como la providencia de fecha 18 de septiembre de 2024 que aclaró dicho numeral”, indica el documento.
De igual manera, el fallo dio la orden al Ministerio del Interior y a la Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa para que realizar una consulta previa con las comunidades en esa zona del país:
“Dentro del término improrrogable de un (1) mes, contados a partir de la notificación de esta providencia, si aún no lo ha hecho, proceda a expedir un acto administrativo en el que estudie el concepto de consulta previa, con sujeción a las consideraciones expuestas en esta providencia, atendiendo el procedimiento estipulado en el Decreto 1076 de 2015, el Decreto 2353 del 26 de diciembre de 2019, la Directiva Presidencial 10 del 2013 adicionada por la Directiva Presidencial 8 del 09 de septiembre de 2020, entre otras regulaciones”, agregó el documento.
La consulta previa es un derecho fundamental en Colombia, diseñado para garantizar que las comunidades indígenas sean informadas y consultadas sobre proyectos que puedan impactar sus territorios y actividades tradicionales.