Unidad Nacional de Protección deberá establecer criterios claros para otorgar o modificar esquemas de seguridad

Así lo ordenó la Corte Constitucional, que pidió a la entidad gestionar dichos esquemas de manera “objetiva y transparente”

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La Corte resolvió una tutela en la que un abogado fue sujeto de una reducción drástica en su esquema de protección, argumentando falta de garantías de seguridad - crédito Colprensa
La Corte resolvió una tutela en la que un abogado fue sujeto de una reducción drástica en su esquema de protección, argumentando falta de garantías de seguridad - crédito Colprensa

La Sala Séptima de Revisión de la Corte Constitucional ha emitido una orden crucial a la Unidad Nacional de Protección (UNP) para que establezca parámetros objetivos y transparentes en el proceso de otorgamiento, modificación, ampliación, reducción o finalización de los esquemas de protección.

Esta decisión surge a raíz de un caso que involucra a un abogado, quien denunció la disminución injustificada de su esquema de seguridad, poniendo en riesgo su integridad y sus derechos fundamentales.

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Contexto del caso

El abogado había sido beneficiario de un robusto esquema de seguridad que incluía dos hombres de protección, un vehículo blindado, un medio de comunicación y un chaleco blindado. Sin embargo, a través de tres resoluciones, la UNP redujo este esquema a un solo hombre de protección, un chaleco y un medio de comunicación. Esta drástica reducción llevó al abogado a interponer una acción de tutela, en busca de protección para sus derechos al debido proceso, a la vida y a la seguridad.

La Corte Constitucional identificó que la UNP vulneró los derechos del abogado en tres aspectos fundamentales:

La reducción de seguridad del abogado pasó a ser de un solo hombre de protección y un chaleco - Crédito UNP y X
La reducción de seguridad del abogado pasó a ser de un solo hombre de protección y un chaleco - Crédito UNP y X

Falta de evaluación del nivel de riesgo

En primer lugar, determinó que la UNP no realizó una evaluación integral del nivel de riesgo del abogado, como era su obligación. “No llevó a cabo un examen razonable de todas las variables de la matriz de calificación de riesgo”, señalaron los magistrados. En este sentido, la Sala encontró que la UNP no tomó en cuenta la falta de avances en las acciones penales, las alertas tempranas emitidas por la Defensoría del Pueblo, los desplazamientos del abogado y la naturaleza de los procesos que este adelanta.

Falta de justificación sobre disminución del esquema

El segundo punto crítico identificado por la Corte fue la falta de justificación clara, coherente y objetiva por parte de la UNP sobre la calificación del nivel de riesgo del abogado. “No explicitó el porcentaje ponderado del nivel de riesgo del accionante, ni el puntaje que asignó a cada variable”, lo que comprometió la transparencia del proceso. Este vacío informativo llevó a la conclusión de que la UNP no motivó de forma suficiente y objetiva la necesidad de reducir el esquema de seguridad.

Carencia de eficacia del esquema brindado

El alto tribunal también observó que la UNP fundó la decisión de reducir las medidas de protección en una disminución insustancial del nivel de riesgo, sin justificar adecuadamente la idoneidad y eficacia del nuevo esquema de seguridad adoptado. En este contexto, los magistrados hicieron hincapié en que “la UNP es la autoridad responsable de la calificación del nivel de riesgo, así como de la adopción y seguimiento de las medidas de prevención, protección o urgencia”.

Órdenes a la Fiscalía y a la UNP

La Corte Constitucional exhortó a la Fiscalía a fortalecer la investigación sobre las amenazas contra el abogado - crédito Luisa Gonzalez/REUTERS
La Corte Constitucional exhortó a la Fiscalía a fortalecer la investigación sobre las amenazas contra el abogado - crédito Luisa Gonzalez/REUTERS

Como resultado de sus hallazgos, la sala ordenó a la UNP que emita una nueva evaluación del riesgo, la cual debe estar debidamente motivada. Asimismo, dispuso el restablecimiento transitorio del esquema de protección del abogado, que había sido reducido, mientras se lleva a cabo el nuevo estudio del nivel de riesgo. Este restablecimiento es fundamental para garantizar la seguridad del abogado mientras se aclaran las circunstancias que llevaron a la reducción de su protección.

Por otra parte, la Corte exhortó a la Fiscalía a fortalecer la investigación y judicialización de los responsables de las amenazas recibidas por el abogado. Esta medida busca asegurar que se tomen las acciones necesarias para salvaguardar la integridad del accionante, y a su vez, propiciar un entorno más seguro para todos los abogados y profesionales que enfrentan situaciones de riesgo.

El programa de Prevención y Protección de la UNP tiene como objetivo “proteger de manera oportuna, idónea y eficaz a las poblaciones que lo requieran, así como optimizar los recursos financieros, humanos y físicos” - crédito UNP
El programa de Prevención y Protección de la UNP tiene como objetivo “proteger de manera oportuna, idónea y eficaz a las poblaciones que lo requieran, así como optimizar los recursos financieros, humanos y físicos” - crédito UNP

El alto tribunal también instó a la UNP a establecer parámetros objetivos para la concesión, modificación, ampliación, reducción o finalización de los esquemas de protección, de acuerdo con el porcentaje ponderado del nivel de riesgo y la calificación por variable en cada caso concreto. Esta recomendación es crucial para garantizar que los procesos de protección sean “justos, transparentes y fundamentados en criterios claros”.

Para conocer el fallo completo de la Corte Constitucional, puede acceder al siguiente enlace.

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