El labio fisurado y/o paladar hendido es una condición de nacimiento que se caracteriza por una abertura en los labios y/o en el paladar. Esto se produce cuando los tejidos del labio o el paladar no se desarrollan completamente durante las primeras etapas del embarazo.
En Colombia, se estima que aproximadamente uno de cada 1,000 nacimientos presenta labio fisurado o paladar hendido. Con una tasa de natalidad de alrededor de 500,000 nacimientos al año, esto sugiere que unos 500 niños nacen con esta condición cada año.
En un esfuerzo por mejorar la calidad de vida de niños afectados por esta condición, menores en Cundinamarca recibirán cirugías gratuitas.
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Esta iniciativa es una alianza entre la Fundación Operación Sonrisa, la Oficina de la Gestora Social del departamento, el Hospital Regional de Zipaquirá y el Hospital Universitario de La Samaritana.
A quiénes aplica
El programa fue presentado en el Hospital Regional de Zipaquirá, donde un equipo multidisciplinario evaluó a 60 pacientes. A partir de esta valoración se pudo concluir que 30 niños serían los beneficiarios de las cirugías. El resto de los pacientes que no fueron seleccionados para la cirugía inmediata recibirán atención en fases posteriores.
Con esto, el programa está asegurando que más niños y niñas puedan acceder a tratamientos necesarios en el futuro. Al realizar estas cirugías se busca mejorar tanto la salud de los pacientes como su bienestar en general.
Marcela Tamayo, directora ejecutiva de la Fundación Operación Sonrisa, en una rueda de prensa explicó la importancia de este programa. Según ella, la política de la fundación es “no rechazar a ningún paciente y brindar a todos una ruta de atención adecuada. Esta filosofía asegura que cada menor que necesita tratamiento tenga la oportunidad de recibirlo”.
Además de las organizaciones mencionadas, más de 30 voluntarios, tanto nacionales como internacionales, se han unido a esta iniciativa para garantizar un mayor alcance.
Cada uno de ellos son provienen de diversas áreas médicas y han aportado sus habilidades y sus conocimientos para garantizar que las cirugías se realicen de manera efectiva y segura. Además, su participación garantiza que los pacientes, en este caso, los menores, reciban el cuidado necesario durante el proceso de recuperación.
Denuncian al superintendente de Salud, Luis Carlos Leal, por circular en la que ordenaría cirugías de cambio de sexo a menores transgénero
Luis Carlos Leal, superintendente de Salud de Colombia, fue denunciado por prevaricato debido a la emisión de una circular que, según el denunciante, excede sus funciones.
La denuncia fue presentada por el activista Jonathan Silva, un hombre de creencias cristianas que acusa a Leal de obligar a las entidades de salud a realizar cirugías de cambio de sexo y tratamientos de hormonización en niños desde los tres años.
La circular en cuestión, identificada como 0011-5 de 2024, fue firmada por Leal en su calidad de Superintendente de Salud el 20 de septiembre del 2024, pero está fechada desde el 29 de mayo del 2023. Este documento establece directrices para garantizar la atención en salud a personas trans. Según Silva, la circular no solo autoriza, sino que obliga a las entidades de salud a realizar estos procedimientos bajo amenaza de sanciones.
Luis Carlos Leal, conocido activista pro LGBTI+ y exconcejal de Bogotá, ha sido una figura prominente en la defensa de los derechos de la comunidad trans. Sin embargo, su reciente directriz ha sido vista como una extralimitación de sus funciones, lo que ha llevado a la presentación de la denuncia ante la Fiscalía y una queja disciplinaria ante la Procuraduría.
En un video publicado en sus redes sociales, Silva afirmó: “Lo hemos denunciado en la Fiscalía y hoy estaremos presentando una queja disciplinaria ante la Procuraduría para que lo investigue y lo sancione. Vamos a llegar hasta las últimas consecuencias”. Además, enfatizó: “Cuando se meten con nuestros niños, no nos vamos a quedar callados”.
La denuncia por prevaricato se basa en la interpretación de que la circular emitida por Leal podría estar imponiendo obligaciones que no están contempladas en la legislación vigente, especialmente en lo que respecta a la realización de procedimientos médicos en menores de edad.
Sin embargo, lo que genera duda en el discurso de Silva es que la circular está basada en diferentes leyes y conceptos otorgados por la Corte Constitucional como la sentencia t-218 de 2022, que concluye que las personas trans tienen derecho a decidir sobre su cuerpo y su transición, además, el Estado y las EPS deben asegurar el acceso a los procedimientos que se requieran para la garantía de su derecho a la salud.
Con lo anterior, Silva asegura que se está afectando la identidad sexual de los menores cuando la misma Corte indicó lo siguiente: “Es claro que los menores de edad tienen derecho a la identidad de género, lo cual comprende el derecho a acceder a los tratamientos médicos de afirmación de género. Este reconocimiento también corresponde con el hecho de que el momento de ese autorreconocimiento de la identidad de género ocurre desde temprana edad. En particular, ‘la construcción de la identidad de género inicia en la primera infancia [desde los 3 años en adelante]. En esta etapa, los/las niños/ as reconocen los diferentes géneros que existen en la cultura en la que crecen’. Por esa razón, la protección y reconocimiento de esa identidad por medio de procedimientos médicos no están sujetos a cumplir determinada edad, ni existe ninguna evidencia científica que así lo sustente”.