Pidieron anular la decisión del CNE que imputó cargos a Gustavo Petro por irregularidades en su campaña presidencial

La acción popular fue instaurada por el abogado Sebastián Méndez Tolosa ante el Consejo de Estado

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El presidente Gustavo Petro aseguró que la formulación de cargos del CNE es una arbitrariedad - crédito Carlos Ortega/EFE y Colprensa
El presidente Gustavo Petro aseguró que la formulación de cargos del CNE es una arbitrariedad - crédito Carlos Ortega/EFE y Colprensa

Al Consejo de Estado llegó la primera demanda que pide anular la resolución emitida por el Consejo Nacional Electoral (CNE) el pasado ocho de octubre de 2024, donde abrió investigación y formuló pliego de cargos contra el presidente Gustavo Petro, en condición de candidato, y a Ricardo Roa, actual presidente de Ecopetrol, por la presunta violación de topes y financiación ilegal de su campaña a la Presidencia en 2022.

La acción popular fue instaurada por el abogado Sebastián Méndez Tolosa, quien en un documento de 21 páginas, manifiesta que el órgano electoral no tiene las competencias legales para investigar al actual mandatario de los colombianos.

“Para el caso sub examine observamos que el Consejo Nacional Electoral NO tiene COMPETENCIA para investigar el Presidente de la República y, por otro lado, estamos en presencia del fenómeno institucional de la CADUCIDAD, motivo por el cual se debió RECHAZAR LA demanda interpuesta por anónimo bajo el radicado CNE-E-DG-2023-002164 por violación de topes, el 2 de febrero de 2023”, se lee en el documento presentado ante el Consejo de Estado.

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A su vez, mencionó que las denuncias sobre posibles irregularidades en la campaña Petro Presidente se realizaron en el mes de febrero de 2023, aun cuando la ley detalla que las denuncias se debían interponer tres días antes de la posesión del jefe de Estado, es decir, el 4 de agosto de 2022.

Cuando fue senador, Gustavo Petro, pedía investigar presidentes al CNE, ahora los acusa de golpe de estado - crédito Colprensa
Cuando fue senador, Gustavo Petro, pedía investigar presidentes al CNE, ahora los acusa de golpe de estado - crédito Colprensa

En su demanda, el jurista citó el parágrafo del artículo 21 de la Ley 996 de 2005, que establece que “la denuncia por violación de los topes de campaña deberá ser presentada dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de la elección presidencial (...) constituye una flagrante violación a la Constitución y la ley y por ende ese acto administrativo es NULO convirtiéndose en un presunto prevaricato por acción”.

Así mismo, Méndez Tolosa sostuvo que el CNE vulneró los derechos al debido proceso y los principios de buena fe por los límites que habría sobrepasado por su competencia.

Estando demostrado a lo largo de este escrito de Medio de Control de Nulidad que el Consejo Nacional Electoral con su actuar desplegó el presunto punible de prevaricato por acción, reitero mi solicitud para que el señor Magistrado acceda a la nulidad de los actos acusados y a la compulsa de copias a la Fiscalía General de la Nación”, señaló el abogado en su demanda.

Decisión del CNE sobre pliego de cargos a Gustavo Petro - crédito Andrea Ariza/AFP
Decisión del CNE sobre pliego de cargos a Gustavo Petro - crédito Andrea Ariza/AFP

El litigante advirtió que el Consejo Nacional Electoral habría incurrido a las vías de hecho contra la Constitución y la Ley, al abrir investigación a la campaña presidencial de Gustavo Petro, al considerar que, tras obtener la credencial como presidente, la única instancia legal para investigar al mandatario de los colombianos es la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes.

La ley me permite acudir de manera directa ante la jurisdicción de lo contencioso-administrativo en procura de nulidad de los actos administrativos acusados por ser violatorios a la Constitución y la ley, máxime cuando en el cuerpo del escrito genitor de demanda se invoca la solicitud de una medida cautela”, dice el abogado Méndez Tolosa en su acción popular.

Las denuncias contra los magistrados fueron presentadas ante la Comisión de Acusación de la Cámara y la Fiscalía - crédito Colprensa
Las denuncias contra los magistrados fueron presentadas ante la Comisión de Acusación de la Cámara y la Fiscalía - crédito Colprensa

Ahora la demanda será estudiada por la magistrada Gloria Gómez Montoya del Consejo de Estado, luego de que el magistrado Omar Joaquín Barreto se declarara impedido para tomar el caso en cuestión.

En su consideración, el jurista comentó que su impedimento se debe a que en el mes de mayo de este año, realizó el estudio de una demanda contra la elección del presidente y vicepresidente en 2022. “Tratándose del ganador de las elecciones presidenciales, la sanción de la pérdida del cargo es de competencia del Congreso, la cual se deberá tramitar como el juicio de indignidad política”, explicó el magistrado.

Por otra parte, el presidente Gustavo Petro instó a los abogados del país para que presenten sus recursos contra los magistrados Álvaro Hernán Prada y Benjamín Ortiz, así como César Lorduy, presidente del CNE y el vicepresidente Cristian Quiróz, por el delito de prevaricato.

El pueblo colombiano queda facultado legítimamente para actuar, como lo decida, contra el golpe de Estado (...) Los funcionarios firmantes (Benjamín Ortiz y Álvaro Hernán Prada, César Lorduy, presidente del CNE y el vicepresidente Cristian Quiróz) están incursos en el delito de prevaricato por acción con dolo”, escribió en sus redes sociales.

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