Corte Suprema anunció que no investigará a Aída Merlano por supuesta financiación irregular a campaña del alcalde de Pereira

Durante la investigación, el alto tribunal no encontró información que evidenciara un delito electoral

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La excongresista colombiana Aída Merlano
La excongresista colombiana Aída Merlano se libró de una investigación de la Corte Suprema de Justicia - crédito Colprensa

La Corte Suprema de Justicia anunció que no abrirá una investigación formal a la excongresista Aída Merlano por presuntas irregularidades en la financiación de la campaña de Mauricio Salazar, actual alcalde de Pereira.

Con ponencia del magistrado Marco Antonio Rueda, la Sala de Instrucción determinó que había una falta de elementos probatorios de corrupción al sufragante que impedía otorgar responsabilidad alguna en delitos a Aída Merlano y Mauricio Salazar.

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La exrepresentante a la Cámara
La exrepresentante a la Cámara del Partido Conservador aceptó su responsabilidad en el delito de fuga de presos, tras protagonizar una fuga de un consultorio odontológico en 2019 - crédito Colprensa

“Atendiendo a la ausencia de los elementos constitutivos del tipo penal de corrupción al sufragante, tratándose de la conducta desarrollada por (Jesús) Blanco Ceballos y (Juan Andrés) Duque Bonilla, ninguna connotación delictiva se le puede atribuir a Mauricio Salazar y a Aida Merlano”.

Cabe resaltar que, este caso se remonta a la presunta financiación irregular de $110 millones que hizo Merlano en 2015 a una campaña del Eje Cafetero. La beneficiada supuestamente habría sido María Irma Noreña, esposa del alcalde.

“Una persona que está aspirando a la Cámara en otro departamento, por allá no sé dónde metida, que le giré dineros y que tengo los comprobantes, porque ella sí lo utilizó con fines ilícitos, y los voy a montar en mi Instagram”, dijo Aída Merlano en diálogo con la revista Cambio hace dos años.

Así mismo, en el fallo de 75 páginas de la Corte se reconocen las contradicciones en las declaraciones de la condenada, que aseguró que se estaba llevando a cabo un ataque de índole política contra el alcalde de Pereira.

“La Sala no descarta la fundamentación de las explicaciones del indiciado al expresar que las suspicacias reproducidas en la nota de prensa de la Revista Cambio Colombia debían entenderse, al menos de trasfondo, como un ataque político en su contra, pues verdaderamente para la fecha de publicación de la noticia SALAZAR PELÁEZ si estaba haciendo proselitismo en la campaña”, se lee en el documento.

El alto tribunal también se dio a la tarea de revisar los documentos enviados por el Partido Conservador, afiliación política de los implicados, con el fin de determinar el origen de la financiación de la campaña a la alcaldía de Pereira. En ese sentido, los magistrados de la Corte Suprema de Justicia afirmaron que no encontraron evidencias que comprobaran la participación directa de Merlano en la campaña.

Según las investigaciones, luego de analizar las transacciones financieras entre Aída Merlano y Mauricio Salazar, se encontró que estaban relacionadas con un contrato verbal de mutuo entre particulares, lo que no tenía relación con fines proselitistas. Así las cosas, el valor depositado en 2015 no podía haber sido consignados a la ahora exalcaldesa María Irma Noreña Arboleda, que renunció a su candidatura meses antes de los hechos.

Una juez de garantía rechazó
Una juez de garantía rechazó el preacuerdo entre Aida Merlano y la Fiscalía General de la Nación - crédito Colprensa

Con la aclaración del alto tribunal, Merlano y su defensa podrán concentrarse en su caso por el delito de fuga de presos en el que llevan varios meses trabajando para conseguir un preacuerdo con la Fiscalía General de la Nación.

Pese a los esfuerzos de la defensa, el 10 de octubre de 2024, un juez de garantías negó que el órgano de control hubiera concretado tal acción. La razón de las dificultades para llegar a consensos con la Fiscalía es que, según la jueza, no se debía brindar la máxima reducción de la pena.

A su juicio, Merlano tenía conocimiento del proceso que se vendría en su contra, razón por la que se habría fugado: “Se pudo advertir que la señora Merlano se fugó teniendo conocimiento, porque estaba notificada de una medida de aseguramiento impuesta en su contra”, dijo.

De acuerdo con lo anterior: “La pena mínima contemplada originalmente es de 48 meses. Al aplicar la reducción de una tercera parte, lo que equivale a 16 meses, se obtiene la pena acordada de 32 meses. Este beneficio se otorga debido al reconocimiento del hecho y la colaboración con las autoridades de la señora Aída Merlano Rebolledo con la administración de justicia”, sentenció la juez.

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