Corte Constitucional ordenó capacitación obligatoria en violencia de género para las comisarías de familia

El alto tribunal destacó la importancia de implementar cursos obligatorios sobre violencia de género en comisarías, con el fin de mejorar la asistencia a quienes denuncian casos de maltrato

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La sentencia de la Corte Constitucional refleja un vacío significativo en la aplicación del enfoque de género - crédito Secretaría de Integración Social
La sentencia de la Corte Constitucional refleja un vacío significativo en la aplicación del enfoque de género - crédito Secretaría de Integración Social

La Corte Constitucional emitió un contundente llamado al Ministerio de Justicia para que implemente capacitaciones obligatorias en temas de violencia de género y administración de justicia con perspectiva de género para el personal de las comisarías de familia.

Esta decisión surgió tras el análisis de una tutela presentada por una mujer de 67 años, quien denunció haber sido víctima de maltrato verbal y psicológico por parte de su exyerno, según informó la Corte en un comunicado.

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El caso, que puso en evidencia las deficiencias en la atención a las víctimas de violencia intrafamiliar, llevó a la Corte a reconocer un vacío significativo en la aplicación de un enfoque de género en estos procesos.

“La accionante presentó una tutela luego de que la comisaría de familia no le ordenara a su agresor desalojar la vivienda que compartían, incurriera en demoras injustificadas durante el trámite de violencia intrafamiliar, omitiera su deber de verificar el cumplimiento de las medidas de protección provisional dictadas a su favor y no aplicara un enfoque de género ni diferencial en el desarrollo del proceso”, señaló la Corte en un comunicado.

El caso de una mujer de 67 años expuso las deficiencias en el sistema de justicia en casos de violencia de género - crédito Luis Gandarillas/EFE
El caso de una mujer de 67 años expuso las deficiencias en el sistema de justicia en casos de violencia de género - crédito Luis Gandarillas/EFE

La Sala Tercera de Revisión de la Corte, al estudiar la tutela, destacó la importancia de tramitar los casos de violencia intrafamiliar con celeridad y sin trabas, resaltando que las comisarías de familia deben garantizar el acceso a la justicia para las víctimas.

La alta corte también ordenó a la comisaría de familia involucrada en el caso que evite cualquier acción u omisión que pueda revictimizar a las mujeres afectadas por la violencia intrafamiliar. Además, se enfatizó la necesidad de hacer un seguimiento efectivo de las medidas de protección adoptadas en estos procesos, ya sean provisionales o definitivas.

“Se ordena a la comisaría de familia abstenerse de incurrir en acciones, omisiones o permisiones que revictimicen a las mujeres víctimas de violencia intrafamiliar; y hacer seguimiento y adelantar las acciones necesarias para garantizar la aplicación efectiva de las medidas de protección, provisionales o definitivas, que adopte en el marco de este tipo de procesos”, dice el comunicado de la C

La Corte subrayó la necesidad de seguimiento efectivo a las medidas de protección - crédito Procuraduría General de la Nación
La Corte subrayó la necesidad de seguimiento efectivo a las medidas de protección - crédito Procuraduría General de la Nación

El alto tribunal instó al Ministerio de Justicia a exigir que todo el personal de las comisarías de familia asista a formaciones periódicas en temas relacionados con la violencia en el contexto familiar, la violencia de género, y la administración de justicia con perspectiva de género. Esta medida busca mejorar la preparación de los funcionarios encargados de tramitar estos casos, evitando así la revictimización de quienes buscan apoyo.

La sentencia de la alta corte resalta que la acción de protección por violencia intrafamiliar debe ser un mecanismo ágil e informal para proteger a la familia de cualquier comportamiento dañino. En el caso de las mujeres, esta protección cobra especial relevancia debido al contexto de violencia estructural que las afecta.

La decisión de la Corte pone de manifiesto la falta de capacitación adecuada en muchas comisarías de familia y busca que el Ministerio de Justicia implemente lo antes posible las capacitaciones necesarias. Con esta medida, se espera que los funcionarios estén debidamente preparados para atender con sensibilidad los casos de violencia de género, ofreciendo una atención con enfoque étnico y de género.

Corte Constitucional defiende acceso a medicamentos contra el cáncer de mama

La Corte Constitucional dictaminó la importancia de una perspectiva de género en políticas sobre el cáncer de mama - crédito Europa Press
La Corte Constitucional dictaminó la importancia de una perspectiva de género en políticas sobre el cáncer de mama - crédito Europa Press

En un fallo reciente, la Corte Constitucional resaltó la importancia de abordar el cáncer de mama desde una perspectiva de género, destacando la necesidad de priorizar la vida de las pacientes. Este pronunciamiento se produjo tras el análisis de una tutela presentada por una mujer de 41 años, a quien su EPS le negó un medicamento prescrito por su médico tratante. La negativa se basó en que el medicamento no contaba con la autorización del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima).

La Corte, al proteger el derecho a la salud de la paciente, recordó que el cáncer de mama es considerado una enfermedad de alto costo, cuya cobertura está incluida en el Plan de Beneficios en Salud (PBS). En este entorno, el Estado, a través del Sistema General de Seguridad Social en Salud (Sgsss), tiene la obligación de garantizar el suministro de medicamentos y dispositivos médicos necesarios para el tratamiento de esta enfermedad, siempre que cuenten con suficiente evidencia científica sobre su eficacia.

El tribunal también hizo un llamado a integrar la perspectiva de género en la política pública de prevención, detección y tratamiento del cáncer de mama. Este enfoque busca asegurar el acceso a los procedimientos, tecnologías y servicios necesarios para la atención de las pacientes, promoviendo un tratamiento oportuno y adecuado.

En el caso específico, el alto tribunal reiteró que la falta de registro o aprobación por parte del Invima no justifica la negación de un medicamento cuando este es parte de un tratamiento prescrito por un profesional de la salud y es necesario para proteger la vida del paciente. Por ello, ordenó a la EPS suministrar el medicamento en las dosis y forma indicadas por el médico tratante, advirtiendo que debe evitarse la repetición de acciones u omisiones que vulneren el derecho a la salud.

Además, la alta corte instó al Invima a actualizar y evaluar el esquema de combinación del medicamento Pertuzumab, utilizado por el médico tratante, para determinar su viabilidad de aprobación conforme a la normativa vigente.

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