
El cabildante más votado en los comicios distritales de 2023, y representante de los conductores, Julián Forero ‘Fuchi’, puso en el centro del debate en el Concejo de Bogotá la funcionalidad de las zonas de parqueo en la ciudad, cuestionando su ubicación y el impacto que tienen en el tráfico vehicular.
La alerta la compartió durante una sesión de control político en el Cabildo Distrital, destacando que muchas de las áreas destinadas para el parqueo pago dificultan el flujo vial debido a que las vías son estrechas o de alta congestión vehicular. Además, criticó la coherencia de la estrategia implementada por el distrito.
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“O sea, si yo pago, no afecto el tráfico, pero si no pago, soy un mal parqueado”, expresó el concejal, subrayando la paradoja que enfrentan los conductores de la ciudad, sobre la utilidad y la ubicación de dichas zonas de parqueo.
Lo anterior, basado en datos que indican que durante el año se han realizado 14.707 operativos contra los mal parqueados, impuesto cerca de 40.187 comparendos C-02 y 12.000 inmovilizaciones a los mal parqueados.

“Las zonas de parqueo pago generan congestión en la ciudad, ¿Cuál es la campaña que pretende hacer esta administración? ¿Verdaderamente se quiere mejorar la movilidad de la ciudad o se pretende recaudar más dinero? - En mi casa nos mueve el respeto o en mi casa nos mueve el dinero”, detalló el cabildante.
Forero solicitó una reevaluación de la estrategia de parqueo en la ciudad y una investigación sobre las denuncias ciudadanas relacionadas con el proceso de pago por estacionamiento en vía. Debido a que estas han generado inquietud entre los ciudadanos, quienes han manifestado su descontento con el sistema actual. De acuerdo con Fuchi, la iniciativa del parqueo pago está en la duda colectiva de si es una campaña para regular el tráfico u otro negocio de la administración.
Durante la sesión, también se dirigieron críticas al nuevo gerente de la Terminal de Transportes y las labores que están asumiendo algunos de los funcionarios de la empresa para asumir poderes que solo le compete a las autoridades de tránsito.

Forero se refirió a una respuesta de la Secretaría de Movilidad a un derecho de petición presentado por su equipo, en la que se aclaró que ni la Terminal de Transportes ni sus funcionarios están facultados para retener vehículos mediante el uso de cepos u otras medidas sancionatorias.
A partir de ese punto, y de que los funcionarios del Terminal de Transporte de Bogotá se están apropiando de responsabilidades que no les competen y que la ley es clara en quienes sí están en las facultades, Fuchi expresó que: “La Terminal de Transportes y sus funcionarios no tienen la autorización ni la competencia para retener vehículos. No son autoridad de tránsito, por lo que no pueden colocar cepos en las zonas de parqueo”.
Es importante aclarar que la Ley 769 de 2002 señala que la retención de vehículos son acciones con competencia exclusiva de las autoridades de tránsito, las cuales son: el Ministerio de Transporte, los gobernadores y los alcaldes, los organismos de tránsito de carácter departamental, municipal o distrital; la Policía de tránsito urbano y la policía de carreteras, los Inspectores de Policía, los Inspectores de tránsito y corregidores; la Superintendencia General de Puertos y Transporte, las fuerzas militares, los agentes de Tránsito y Transporte.

En su intervención, Forero cuestionó la idoneidad de los operadores que están colocando los cepos, esto en cuestión al perfil de los ‘corredores’, quienes son los señalados de asumirse dicha actividad, pasando por encima de lo consagrado en el Código Nacional de Tránsito.
Gracias a una información que le suministró el equipo de trabajo del cabildante Forero a Infobae Colombia, se logró identificar el perfil laboral y los conocimientos que solicita la Terminal de Transporte a las personas que van a cumplir las labores de ‘corredores’:
- Persona mayor de 25 años Título de bachiller
- Experiencia específica certificada de mínimo 6 meses en actividades que hayan requerido conducción de motocicleta
- Licencia de conducción para motocicleta (A2), mínimo un año de expedición.
Conocimiento y/o habilidades:
- Habilidades de lectoescritura Orientación especial en Bogotá
- Manejo de un teléfono celular de gama media
- Actitud de servicio al ciudadano
- Comunicación asertiva
- Buen uso y conducción de motocicleta
- Conocimiento en seguridad vial
“¿Dónde está la idoneidad para el cargo de este trabajador? ¿Cómo están capacitando a estos trabajadores para que sean eficaces a la hora de cumplir su función?”, detalló Fuchi.
Fuchi envió un mensaje claro a las autoridades distritales, asegurando que la Secretaría de Movilidad se está pasando por alto el ordenamiento jurídico, permitiendo que operadores sin idoneidad actúen como autoridad de tránsito infringiendo la ley, tal como lo denunció con el caso de los corredores de la Terminal de Transporte.
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