Director del Instituto Nacional para Ciegos fue sancionado por la Procuraduría: conozca las razones

De acuerdo con el Ministerio Público, el abogado habría actuado como juez y parte en una investigación al interior del Inci

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Parra Dussán enfrenta inhabilidades automáticas
Parra Dussán enfrenta inhabilidades automáticas tras sanción de la Procuraduría General de Colombia - crédito montaje Infobae

El miércoles 16 de octubre de 2024, la Procuraduría General de la Nación confirmó la sanción contra Carlos Alberto Parra Dussán, director del Instituto Nacional para Ciegos (Inci).

La entidad, que ahora depende del Ministerio de Igualdad, liderado por la vicepresidenta Francia Márquez, inició este proceso antes de que el Inci quedara bajo la dirección de esa cartera. Además de Parra Dussán, el secretario general del Inci, Darío Javier Montañez Vargas, también fue objeto de la misma sanción.

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El fallo de la Procuraduría, que ordena la destitución e inhabilidad por un periodo de once años para los dos funcionarios, fue el resultado de una investigación disciplinaria llevada a cabo por la Sala Disciplinaria Ordinaria de Juzgamiento.

Esta investigación, que se extendió por casi ocho años, concluyó que Parra Dussán y Montañez Vargas actuaron como juez y parte en un proceso disciplinario interno contra un exfuncionario del Inci, lo cual constituye un conflicto de interés.

De acuerdo con la información que compartió el Ministerio Público, el origen del caso se remonta a 2016, cuando los dos funcionarios sancionados lideraron un proceso contra Elmer Leonel Arias Romero, otro trabajador del instituto que fue investigado por injuria y calumnia tras enviar escritos anónimos en los que denunciaba presuntos actos de corrupción dentro de la entidad, los cuales involucraban directamente a Parra Dussán y a su esposa.

Procuraduría General de la Nación
Procuraduría General de la Nación dejó en firme inhabilidad de Parra Dussan para contratar con el Estado hasta septiembre de 2029 - crédito usergioarboleda.edu.co

Pese a estar relacionados con las acusaciones, Parra Dussán y Montañez Vargas no se declararon impedidos para continuar con la investigación y sancionaron a Arias con destitución e inhabilidad por 12 años.

Según el fallo de la Procuraduría, Parra Dussán, en su rol de director del Inci, emitió en abril de 2017 la decisión de segunda instancia que ratificó la sanción contra Arias Romero, por lo que el organismo de control señaló que el funcionario tenía un interés directo en el proceso, lo que comprometió su imparcialidad y transparencia.

Además, Montañez Vargas, entonces secretario general del Inci, también tuvo una participación activa en el proceso, primero, como encargado de dictar el fallo en primera instancia y, posteriormente, revisando y confirmando su propia decisión en segunda instancia.

La Procuraduría General de la
La Procuraduría General de la Nación confirmó la sanción de 11 años de inhabilidad para Carlos Alberto Parra Dussán - crédito Colprensa

El fallo de la Procuraduría fue claro al señalar que ambos funcionarios, en su calidad de abogados y responsables de los procesos disciplinarios dentro del instituto, debían estar al tanto de las normas sobre impedimentos procesales; no obstante, decidieron ignorar los principios que rigen la imparcialidad en los procedimientos disciplinarios, lo que motivó las sanciones de destitución e inhabilidad por 11 años que ambos deberán cumplir.

Además de la destitución, Parra Dussán enfrenta una multa de 400 millones de pesos que el Inci deberá pagar al demandante. Incluso, la Procuraduría también determinó que Montañez Vargas, como secretario general y director encargado del instituto en diferentes momentos del proceso, actuó de manera irregular al dictar fallos sin declararse impedido, lo que contribuyó a las sanciones impuestas.

La Procuraduría Delegada Disciplinaria de Juzgamiento 4 emitió la decisión que destituyó a Parra Dussán del INCI el 27 de junio de 2023, y los efectos jurídicos de la sanción comenzaron el 18 de septiembre de 2024.

“Las pruebas demuestran que tenían pleno conocimiento de la situación típica que implicaba el desconocimiento de su deber funcional, pues, como abogados y encargados de tramitar y decidir los procesos disciplinarios al interior del INCI, no les era ajena la institución procesal de los impedimentos, así como el hecho de que, dado el previo incidente que afectó la relación existente entre ellos y el disciplinado, y que el señor Montañez Vargas, dentro del referido proceso dictó en primera instancia una decisión que posteriormente él mismo revisó y confirmó”, se lee en la resolución de la Procuraduría General de la Nación.

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