El Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordenó a la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (Ungrd) elaborar planes de acción específicos para la rehabilitación y reconstrucción de las áreas afectadas por los fenómenos de El Niño y La Niña.
Esta medida se produce tras una acción judicial presentada por la Fundación para el Estado de Derecho (FEDe), que argumentó la necesidad urgente de cumplir con las obligaciones legales establecidas para la atención de desastres naturales.
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A día de hoy, Colombia lleva más de un año sin un plan de acción para La Niña y seis meses para El Niño. Para mitigar los efectos de estas contingencias ambientales, el Gobierno ha dispuesto de una inversión pública de $2.2 billones. Sin embargo, la fundación sostiene que este dinero se ha destinado sin contar con un plan específico y concreto, lo que pone en riesgo la efectividad de la ayuda.
A través de un comunicado, la fundación recordó el artículo 61 de la Ley 1523 que indica que, tras la ocurrencia de un desastre natural, la Ungrd tiene la responsabilidad de elaborar planes de acción en las zonas afectadas. Estos planes no solo deben ser creados, sino que también deben ser de cumplimiento obligatorio para garantizar una respuesta adecuada a las necesidades de las comunidades damnificadas.
El contexto de esta decisión se enmarca en el decreto 2113, emitido el 1 de noviembre de 2022, que declaró un desastre nacional debido al fenómeno de La Niña. Este decreto también ordenó a la Ungrd elaborar planes de acción específicos para la recuperación de las áreas afectadas, con especial énfasis en departamentos como Cauca, Nariño y Putumayo, que han enfrentado graves daños en infraestructura y servicios básicos debido a estos fenómenos.
Sin embargo, a pesar de la gravedad de la situación y de las normativas vigentes, la entidad no había cumplido con estas obligaciones, lo que llevó a la Fundación a interponer la acción legal. A lo largo del proceso judicial, la Ungrd no logró demostrar que había actuado conforme a su deber legal y reglamentario. Como resultado, el tribunal concluyó que la unidad deberá, en un plazo de 20 días hábiles, elaborar, publicar y divulgar los planes de acción requeridos.
“No se ha proporcionado evidencia que respalde la creación del Plan de Acción Específico requerido por el marco legal mencionado (…). Aunque se han presentado diferentes documentos como memorias y conclusiones, estos no cumplen con la obligación de desarrollar un plan”, afirma el fallo del tribunal.
Implicaciones de la decisión del tribunal
El fallo del Tribunal Administrativo de Cundinamarca destaca la importancia de tomar medidas inmediatas y efectivas en la gestión de desastres. “Es imperativo que se tomen lo más rápido posible medidas para elaborar y adoptar estos planes conforme a la normativa vigente”, señala el documento judicial, evidenciando la urgencia de actuar en un contexto donde las comunidades afectadas requieren asistencia.
Por su parte, Andrés Caro, director de la FEDe, celebró la decisión del tribunal y reiteró la importancia de contar con planes de acción específicos. “Cumplimos casi dos años bajo la declaratoria del fenómeno de La Niña sin plan de acción específico, y más de seis meses desde la declaratoria del fenómeno de El Niño, sin que tampoco se cuente con su plan de acción específico”.
Para Caro, esta situación “vulnera los principios de transparencia y publicidad en la gestión de recursos públicos, así como la debida gestión administrativa encaminada a la atención, rehabilitación y reconstrucción de desastres”, dijo, subrayando la importancia de esta decisión, como un llamado a la acción para que la Ungrd cumpla con sus obligaciones legales.