Gobierno Petro dio a conocer las reglas de la reforma pensional: esto se debe hacer para trasladarse de fondo de ahorro

Dentro de los requisitos para cumplir con la diligencia está el hecho de haber recibido la denominada “doble asesoría”

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Los adultos mayores de 80 años que nunca se pensionaron recibirán un bono de $225.000 con la reforma del Gobierno - crédito Prosperidad Social
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El presidente Gustavo Petro firmó el decreto con el que se establecieron las nuevas reglas que habrá para el desarrollo del régimen de transición de la reforma pensional, nueva ley basada en un sistema de pilares (semicontributivo, contributivo, solidario y de ahorro voluntarios), que se aprobó en el Congreso de la República y entrará en vigencia el 1 de julio de 2025.

Se trata del Decreto 1225 del 2024, “por el cual se reglamenta el parágrafo transitorio del artículo 12 y los artículos 57, 75 Y 76 de la Ley 2381 de 2024, relacionados con las entidades administradoras del componente complementario de ahorro individual y la selección de estas por parte de los afiliados, el régimen de transición y la oportunidad de traslado, respectivamente”.

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El mismo, tiene por objeto reglamentar el parágrafo transitorio del artículo 12 y los artículos 57, 75 Y 76 de la Ley 2381 de 2024, relacionados con la selección de la administradora del componente complementario de ahorro individual, las entidades administradoras del componente complementario de ahorro Individual del pilar contributivo, el régimen de transición y la oportunidad de traslado, respectivamente.

Gustavo Petro, presidente de Colombia, anunció que la reforma pensional entrará en vigencia el 1 de julio de 2025 - crédito  Mauricio Dueñas Castañeda/EFE
Gustavo Petro, presidente de Colombia, anunció que la reforma pensional entrará en vigencia el 1 de julio de 2025 - crédito Mauricio Dueñas Castañeda/EFE

Se reglamentan, entre otros aspectos:

  • La acreditación de periodos de cotización a pensión en aplicación de convenios internacionales de seguridad social.
  • La metodología para el cómputo de tiempo.
  • Las entidades administradoras del componente complementario de ahorro individual del pilar contributivo.
  • La elección de la administradora del componente complementario de ahorro individual.
  • Elementos para la asignación aleatoria.
  • El alistamiento de información.
  • La asignación aleatoria.
Colpensiones se convertirá en el principal fondo de ahorros del país con la reforma pensional - crédito Procuraduría General de la Nación
Colpensiones se convertirá en el principal fondo de ahorros del país con la reforma pensional - crédito Procuraduría General de la Nación

Además, el decreto dispone en su título 3 los requisitos para la oportunidad de traslado:

  1. Un mínimo de 750 semanas cotizadas, para el caso las mujeres, y como mínimo 900 semanas cotizadas para el caso de los hombres.
  2. Tener menos de diez años para tener la edad de pensión.
  3. No tener reconocida la pensión o no haber recibido la devolución de saldos o indemnización sustitutiva.
  4. Haber recibido la doble asesoría.

Los afiliados al Sistema General de Pensiones (SGP) tendrán plazo hasta el 30 de junio de 2025 para cumplir con los requisitos, informó el Ministerio del Trabajo.

Se incluyen también:

  • Las reglas para el plazo para ejercer la oportunidad de traslado.
  • Los tiempos válidos para la oportunidad de traslado.
  • La anulación de traslado por fraude o incumplimiento de requisitos.
  • El traslado de recursos entre las administradoras de fondos de pensiones y cesantías y el fondo de ahorro del pilar contributivo, la doble asesoría en el marco de la oportunidad de traslado y el retracto de la oportunidad de traslado.

“El decreto también fija parámetros en cuanto al régimen de transición, como los cálculos actuariales por omisión para trabajadores/as independientes, y las estrategias para la finalización de los procesos judiciales. Este régimen se aplicará a quienes, al momento de expedición de la ley, 16 de julio del 2024, tengan 750 semanas cotizadas para las mujeres y 900 semanas para los hombres”, informó la cartera.

Dicho documento fue firmado también por el ministro de Hacienda y Crédito Público, Ricardo Bonilla, y la ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez.

En manos de la Corte Constitucional está la entrada en vigencia de la reforma pensional, ya que estudia varias demandas de inconstitucionalidad contra la misma - crédito Corte Constitucional
En manos de la Corte Constitucional está la entrada en vigencia de la reforma pensional, ya que estudia varias demandas de inconstitucionalidad contra la misma - crédito Corte Constitucional

Demandas contra la reforma pensional

La aprobación de la reforma pensional no gustó mucho en la oposición del Gobierno nacional. Por eso, son más de 14 demandas las interpuestas en la Corte Constitucional contra esta. Una de ellas ya fue admitida por el alto tribunal. Es la de la senadora Paloma Valencia, Centro Democrático, fue quien presentó el recurso legal con el argumento de que la nueva reforma contraviene varios artículos de la Constitución Política.

En un auto emitido por la Corte, el magistrado Jorge Enrique Ibáñez detalló que la impugnación se centra en tres elementos principales de la ley. El primer cargo sostiene que el proceso legislativo no respetó el artículo 157 de la Constitución.

Adicionalmente, señala que los artículos 93 y 84.5 de la ley no cumple con lo dispuesto en el artículo 48 de la Constitución, que garantiza el derecho a una pensión adecuada. Para la senadora Paloma Valencia, la reforma presenta problemas que, de ser aprobada, podrían generar una deuda impagable para las generaciones jóvenes.

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