⁠En medio del llanto, fue detenido ladrón de autopartes en Medellín

Los propietarios del vehículo y otros habitantes del sector lograron alcanzarlo cuando trataba de huir por un canal

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La Policía tuvo que sacarlo de la canaleta para luego trasladarlo a la estación - crédito @ColombiaOscura / X
La Policía tuvo que sacarlo de la canaleta para luego trasladarlo a la estación - crédito @ColombiaOscura / X

La falta de confianza en las autoridades y sus correctivos, mantiene al alza los episodios de justicia por mano propia, como se registró en el barrio Belén la Gloria, de Medellín, la mañana del martes 8 de octubre, luego de que la comunidad atrapara a un ladrón de autopartes que fue sorprendido in fraganti.

Así quedó registrado en una serie de videos compartidos por habitantes del sector, luego de que los propietarios del vehículo que estaba saqueando y sus vecinos lo capturaran en un canal de aguas cercano.

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A lo lejos se oían sus lamentos - crédito @ColombiaOscura / X

Según portales de denuncia ciudadana “intentó esconderse en la canaleta que conecta con la avenida 80″, hasta donde llegaron los afectados para propinarle una golpiza y luego comunicarse con las autoridades.

Sin embargo, lo que volcó la atención de otros habitantes de Medellín sobre el caso, fue la reacción del presunto ladrón, pues una vez fue rescatado por la Policía, rompió en llanto, antes de ser conducido a la estación.

A lo lejos se oían sus lamentos - crédito @ColombiaOscura / X

En una entrevista concedida para el medio Citytv, el abogado penalista Ricardo Burgos, insistió que “lo que permite la ley colombiana es capturar a la persona que presuntamente cometió un delito y llevarla ante las autoridades competentes. Nada de golpearlos hasta casi matarlos o quemar los vehículos en los cuales están transitando”.

El también penalista Iván Javier Mojica señaló los peligros de actuar de manera violenta al efectuar la captura de un ladrón.

“Aunque hacer un seguimiento a las cifras de linchamientos puede resultar complicado porque, según, ‘la policía rara vez hace un registro sistemático de estos hechos’, algunas evidencias nos permiten ver un aumento de estos casos, tanto en Colombia como en América Latina. Una de las representaciones más comunes, y a la vez más peligrosas de este fenómeno, es el acto del linchamiento, el cual ha llegado a dejar hasta 140 muertes en un año”.

A lo lejos se oían sus lamentos - crédito @ColombiaOscura / X

Consecuencias de la mal llamada justicia por mano propia: esto dice la Ley

En 2021, un joven de 23 años en Bogotá fue detenido tras causar la muerte a un presunto ladrón que intentaba robarle su teléfono móvil. Aunque inicialmente se consideró como un posible caso de defensa propia, las investigaciones concluyeron que se trataba de justicia por mano propia. Según la profesora y directora del área penal del Consultorio Jurídico de la Universidad Jorge Tadeo Lozano (Utadeo), Diana Muñoz, no existían las condiciones para considerar legítima defensa, ya que “no había una lesión actual o inminente”, sino que los hechos ocurrieron con posterioridad al intento de robo.

La experta subrayó en una entrevista con Alerta Bogotá que el joven debió alertar a las autoridades para que se encargaran de la situación. Al no hacerlo, el ciudadano enfrenta cargos por homicidio agravado, cuya pena podría alcanzar hasta 50 años de cárcel, dependiendo de los factores procesales.

La Nueva Crónica Quindío resaltó que, de acuerdo con expertos, la justicia por mano propia puede acarrear sanciones graves, no solo económicas. La Ley 23 de 1991, en su artículo primero, otorga a los inspectores penales o a los alcaldes la responsabilidad de tratar estas contravenciones. En particular, se advierte que quien actúe de manera arbitraria en lugar de recurrir a las autoridades puede enfrentar una multa de hasta un salario mínimo mensual. Además, si las agresiones contra el presunto delincuente resultan querellables, la persona que actuó por cuenta propia puede enfrentar cargos por lesiones personales agravadas o tentativa de homicidio, delitos que conllevan penas de cárcel.

Mientras, a Universidad Jorge Tadeo Lozano destacó en su página web el análisis de Muñoz sobre este caso, en el que insistió que la justicia colombiana exige que cualquier aprehensión realizada por un particular debe ser inmediatamente informada a las autoridades. La Ley 906 de 2004, en su artículo 32, estipula que quien realice la aprehensión debe trasladar al detenido ante las autoridades policiales, quienes deben identificarlo, recibir un informe detallado y remitirlo a la Fiscalía General de la Nación.

Además, la ley establece que la Policía Nacional tiene la obligación de proteger la integridad del aprehendido, incluso si se trata de un presunto delincuente, ya que cualquier incumplimiento en esta función podría derivar en sanciones disciplinarias o incluso en prevaricato.

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