Corte Constitucional ordenó a Bogotá garantizar los derechos sociales a dos abuelos desalojados de su hogar tras un fraude

La institución solicitó que las autoridades actúen para asegurar el bienestar de Manuela y Francisco, ciudadanos de la tercera edad que fueron víctimas de un fraude que los dejó sin hogar

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La sentencia de la Corte garantiza asistencia en salud, alimentación y vivienda digna para los afectados - crédito Corte Constitucional y Colprensa
La sentencia de la Corte garantiza asistencia en salud, alimentación y vivienda digna para los afectados - crédito Corte Constitucional y Colprensa

Por medio de una sentencia, la Corte Constitucional ordenó a la Secretaría Distrital de Integración Social de Bogotá brindar protección y asistencia integral a una pareja de adultos mayores que se encuentra en situación de calle luego de que fuera víctima de una estafa.

De acuerdo con los detalles que ofreció la agencia de noticias Colprensa, la decisión se tomó luego de que Manuela y Francisco, dos ciudadanos de 90 y 70 años de edad, respectivamente, presentaran una tutela al ser desalojados de su vivienda, lo que los llevó a vivir temporalmente en hoteles de paga diaria y en el aeropuerto El Dorado.

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“Manuela y Francisco, madre e hijo, de 90 y 70 años, respectivamente, denunciaron que fueron víctimas de una estafa y, por ello, fueron desalojados del apartamento en el que vivían en arriendo”, relató un reporte de la institución.

A pesar de recibir un apoyo económico mensual de 260.000 pesos por parte del Distrito, la pareja argumentó que su nivel en el Sisbén no refleja su verdadera situación de vulnerabilidad.

Las autoridades deben, según la Corte Constitucional, beneficiar a los adultos de la tercera edad en caso de que viven con vulnerabilidades - crédito Colprensa
Las autoridades deben, según la Corte Constitucional, beneficiar a los adultos de la tercera edad en caso de que viven con vulnerabilidades - crédito Colprensa

“Si bien son beneficiarios del Servicio de Apoyos Económicos para Personas Mayores de la Secretaría Distrital de Integración Social de Bogotá (Sdis), por el que reciben, de manera conjunta, alegaron que les fue adjudicado un nivel de Sisbén que no corresponde a su vulnerabilidad. Por lo anterior, Manuela y Francisco presentaron una tutela en contra del Sisbén Distrital y la Secretaría Distrital de Planeación”, reportó el comunicado de la Corte.

Por lo tanto, la Corte falló a su favor, determinando en su sentencia que los adultos mayores en condiciones de pobreza extrema son sujetos de especial protección constitucional. Los ciudadanos de la tercera edad en situación de vulnerabilidad y habitanza de calle, al no contar con los medios para satisfacer sus necesidades básicas, son sujetos de especial protección: Corte T-308 de 2024, M.P. Paola Andrea Meneses Mosquera.

La sentencia de la Corte subraya que la protección social debe incluir servicios de salud, seguridad alimentaria, acceso a agua potable y vivienda digna para este grupo poblacional. Además, ordenó a la administración distrital informar a los afectados sobre los programas y subsidios disponibles para cubrir sus necesidades básicas y apoyarlos en los trámites necesarios para acceder a dichos servicios.

“En el caso concreto, la Corte advirtió que, a pesar de que los accionantes solicitaron en reiteradas ocasiones la intervención del Estado para satisfacer sus necesidades, las autoridades distritales no adoptaron medidas para informar acerca del sistema al que podían acudir”, estimó la institución.

Sin embargo, la Sala reconoció las limitaciones de recursos en la implementación de políticas públicas, insistiendo en que el acceso a los programas debe darse bajo principios de progresividad y no discriminación. La Corte determinó que las autoridades distritales incumplieron su deber de informar y asistir a Manuela y Francisco, vulnerando su derecho a la protección social.

“La Alcaldía Mayor de Bogotá se abstuvo de informar a los accionantes respecto de la existencia, composición y requisitos de ingreso para los diversos servicios, beneficios y subsidios que garantizan la satisfacción de sus necesidades básicas. Por lo tanto, la administración distrital desconoció el derecho a la protección y asistencia social integral de Manuela y de Francisco”, informó el documento de la institución.

En consecuencia, la Secretaría de Integración Social deberá proporcionar la información necesaria y facilitar el acceso de los afectados a los programas correspondientes, según lo ordenado por la Corte Constitucional.

Subsidio de Colombia Mayor, unificado a nivel nacional: $80.000 para adultos mayores

El Programa Colombia Mayor, diseñado para brindar apoyo económico a los adultos mayores en situación de vulnerabilidad, ha establecido un subsidio mensual unificado de ochenta mil pesos para todos sus beneficiarios a nivel nacional.

Este programa, gestionado por la Dirección de Prosperidad Social, tiene como objetivo principal aumentar la protección social de aquellos adultos mayores que no cuentan con una pensión o viven en condiciones de extrema pobreza.

Los adultos mayores beneficiarios de este programa puede cobrar este subsidio en las redes bancarias, previamente programas por la entidad de Prosperidad Social y con las alcaldías municipales o distritales. Cortesía: Prosperidad Social.
Los adultos mayores beneficiarios de este programa puede cobrar este subsidio en las redes bancarias, previamente programas por la entidad de Prosperidad Social y con las alcaldías municipales o distritales. Cortesía: Prosperidad Social.

En Bogotá, los beneficiarios del programa reciben un apoyo adicional cofinanciado por el Distrito, lo que eleva el monto total del subsidio a doscientos veinticinco mil pesos. Esta medida busca asistir a aproximadamente 500.000 adultos mayores en situación de pobreza extrema y sin pensión, a partir del quinto ciclo de pago del programa.

El programa Colombia Mayor es una iniciativa del Gobierno nacional que busca mitigar las dificultades económicas de los adultos mayores desamparados, proporcionando un ingreso básico que les permita mejorar su calidad de vida.

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