Cámara de Representantes ya aprobó el 70% de la reforma laboral: artículo permitiría más sindicalización de trabajadores

La plenaria de la corporación debatirá otros 24 artículos en la jornada del 9 de octubre, entre los cuales hay algunos que son bastante polémicos

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La Cámara de Representantes ya aprobó más del 50% del proyecto de reforma laboral del Gobierno Petro. Se le dio visto bueno, entre otras cosas, a las licencias laborales - crédito @CámaraColombia/X

Luego de varias horas de debate y tras la votación de impedimentos contra congresistas, como Andrés Cancimance, el presidente de la Cámara de Representantes, Jaime Raúl Salamanca, decidió, sobre las 4:05 p. m., levantar la sesión. Citó para el próximo miércoles 16 de octubre. La hora todavía no se confirmó.

De igual manera, dejó abierta la posibilidad de que el debate se retome cuando haya de nuevo una sesión de la plenaria de la corporación.

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21:08 hs08/10/2024

Hay molestias entre los representantes a la Cámara porque el presidente de la corporación, Jaime Raúl Salamanca, solo otorgó un minuto para la intervención de los congresistas a la hora de sustentar proposiciones.

“Es un insulto y no solo para mí, sino para las personas que represento en esta curul. Le pido respeto señor presidente, porque yo sí me he sentido atropellada en el debate y ahora tenemos que mendigarle a usted un minuto para sustentarle una proposición que en el artículo 113 del reglamento me permite sustentar”, señaló la representante Carolina Arbeláez, del Partido Cambio Radical, que hizo proposiciones para los artículos 62 y 7.

Sobre el 7, que establece que solo pueden ser despedidos los trabajadores sindicalizados si existe una justa causa o una causa legal, la congresista apuntó que la ponencia plantea que, además del acompañamiento del sindicato, genera la representación del trabajador, lo que podría generar que en el proceso disciplinario entre el empleador y el empleado intervengan terceros, lo que incrementaría la conflictividad.

Para ella, este artículo desnaturaliza lo dicho por la Corte Constitucional, que dice que el proceso disciplinario tiene que adecuarse a las particularidades del sistema laboral en cada compañía y ahí esto no se está presentando.

Carolina Arbeláez, representante a la Cámara por el Cambio Radical, recordó que un estudio del Banco de la República alertó que la reforma laboral podría destruir 450.000 empleos - crédito @kroarbelaez/X
Carolina Arbeláez, representante a la Cámara por el Cambio Radical, recordó que un estudio del Banco de la República alertó que la reforma laboral podría destruir 450.000 empleos - crédito @kroarbelaez/X

Sindicalización de trabajadores

Frente al 62, que dispone que los trabajadores puedan ir a huelga sin comprometer los servicios esenciales (seguridad o salud), apuntó que este limita de forma desproporcional a la libertad de empresa, pero, sobre todo, prohíbe la posibilidad de que los empleadores mejoren las condiciones económicas de los trabajadores que no están sindicalizados.

“Fíjense lo peligroso que termina siendo este artículo. Casi que es un incentivo para que haya una sindicalización forzosa. Aquí, lo que podemos decir es que existen normas especiales, completamente legítimas, que, además, se encuentran fundamentadas en el Código Sustantivo del Trabajo y en la jurisprudencia. Por lo tanto, no se puede descalificar lo que este artículo trae, que lo propone como un derecho absoluto y no determinado”, advirtió la representante a la Cámara de la oposición.

19:33 hs08/10/2024

El debate del proyecto de la reforma laboral en la Cámara de Representantes continúa el 8 de octubre. Esto, luego de que el lunes 7 de octubre se votaron 56 artículos, de los cuales 53 fueron aprobados con modificaciones, 12 se aprobaron como venían en la ponencia y tres se eliminaron.

Al respecto, la ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez, informó que “hay un balance muy positivo, hoy se trabajó de manera muy sistemática y muy dinámica aquí en la plenaria de Cámara, podemos decir que tenemos ya el 70% de la reforma laboral. Importante decir que todavía nos faltan temas de mucho debate, pero vamos avanzando a paso lento, tranquilo, pero seguro”.

Dentro de los artículos aprobados se destacan los relacionados con la recuperación de los pagos de los días dominicales y festivos, el recargo nocturno, el derecho al tiempo de descanso, así como la formalización de las madres comunitarias y sustitutas, buscando que sean vinculadas a la planta de personal del Icbf.

Igualmente, mencionó la ministra: “el artículo 18 que tuvo un gran debate, pero que para nosotros es muy importante para decirle a las mujeres de Colombia, que son más del 52% de la población, que logramos incorporar el proceso de licencias que profundizan las posibilidades y los derechos de las mujeres, en el caso por ejemplo de dolores y procesos tan duros como es la endometriosis, que cuando está diagnosticada va a tener derecho a una licencia y nos va a permitir que, efectivamente, podamos ejercer derechos y nos sintamos protegidas en los espacios laborales”.

Juan Fernando Cristo, ministro del Interior,   que acompaña a la Gloria Inés Ramírez, ministra del Trabajo, se declaró impedido para la discusión del artículo relacionado con las plataformas digitales dentro de la reforma laboral - crédito Ministerio del Trabajo
Juan Fernando Cristo, ministro del Interior, que acompaña a la Gloria Inés Ramírez, ministra del Trabajo, se declaró impedido para la discusión del artículo relacionado con las plataformas digitales dentro de la reforma laboral - crédito Ministerio del Trabajo

Para la ministra, el trabajo no tiene solamente una dimensión económica, sino que tiene una dimensión de humanidad, lo que ha justificado la amplitud del articulado de la reforma hacia una perspectiva de inclusión de género y de derechos humanos.

El debate de la reforma laboral continúa en la plenaria de la Cámara de Representantes el día de hoy.

Estos fueron los artículos aprobados el lunes 7 de octubre en la plenaria de la Cámara:

  • Artículo 11: adiciónese un artículo 26D a la Ley 361 de 1997. Reubicación de personas amparadas con estabilidad ocupacional reforzada.
  • Artículo 14: jornada máxima legal.
  • Artículo 15: relación de horas extras.
  • Artículo 16: limite al Trabajo Suplementario.
  • Artículo 17: remuneración del tiempo de días de descanso obligatorio.
  • Artículo 18: obligaciones especiales del empleador. Modifíquese el numeral 6 del artículo 57 del Código Sustantivo del Trabajo. Conceder al trabajador y trabajadora las licencia
  • Artículo 19: límites a la subordinación.
  • Artículo 20: protección contra la discriminación.
  • Artículo 21: medidas para la eliminación de la violencia, el acoso y la discriminación en el mundo del trabajo.
  • Artículo 37: formalización del trabajo doméstico remunerado.
  • Artículo 39: trabajadores migrantes
  • Artículo 69: ajuste de la planilla integrada de liquidación de aportes.
  • Artículo 70: prescripción.
  • Artículo 71: interrupción de la prescripción.
  • Artículo 72: reintegro de aportes estatales y reducción de la sanción por restitución de aportes estatales en los procesos adelantados en relación con los programas de apoyo del Gobierno nacional.
  • Artículo 73: acompañamiento a micros y pequeñas empresas.
  • Artículo 75: vinculación de trabajadores dependientes en condiciones de vulnerabilidad.
  • Artículo 76: ruta de empleabilidad.
  • Artículo 77: las disposiciones contenidas en los artículos 27, 28, 29, 30, 31, 32 y 33 de la presente ley.
  • Artículo 78: formalización de madres (padres) comunitarias y sustitutas