Gustavo Bolívar arremetió por decisión contra norma que permitía contratación directa: “Un golpe a las comunidades”

El director del Departamento de Prosperidad Social dejó ver su molestia por las obras que, según él, ya no se podrán terminar

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Gustavo Bolívar dejó ver su apoyo por Gustavo Petro y criticó la decisión de la Corte - crédito Joel González/Presidencia
Gustavo Bolívar dejó ver su apoyo por Gustavo Petro y criticó la decisión de la Corte - crédito Joel González/Presidencia

En la tarde del lunes 7 de octubre de 2024, se confirmó que la Corte Constitucional de Colombia declaró inconstitucional la norma que permitía al Gobierno de Gustavo Petro contratar de manera directa a través del Instituto Nacional de Vías Regionales (INVIR) para proyectos de infraestructura vial, sin importar la cuantía de los mismos.

La polémica estaba en que la norma habilitaba la contratación directa con comunidades rurales, cabildos indígenas, organizaciones sociales y otros actores de la economía popular, una medida que fue vista como una forma de dinamizar el desarrollo regional con participación comunitaria; sin embargo, esta disposición generó controversias que terminaron ante el máximo tribunal constitucional.

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Por parte del Gobierno nacional, la decisión de la Corte fue criticada por el director del Departamento de Prosperidad Social (DPS), Gustavo Bolívar, que aseguró que muchos de los proyectos de la entidad ya no se podrán llevar a cabo.

Así lo dio a conocer a través de una publicación en su cuenta de X, en la que se refirió a las burocracias y vueltas que se necesitará para contratar, dado que el alto tribunal decidió eliminar la autogestión.

En ese sentido, Bolívar aseguró que la entidad volverá a los trámites que se registraban en el pasado y del que hicieron parte personas que robaron dinero del DPS.

“Ante la decisión de la Corte Constitucional, tengo que anunciar, con mucho pesar, que se nos quedarán muchas obras en DPS sin realizar. El proceso de contratación con las comunidades ya no se hará de manera directa y con autogestión, sino a través de operadores como los que en el pasado se robaron la entidad”.

Por tal motivo, el director del DPS aseguró que la decisión de la Corte Constitucional “no es un golpe a Petro. Es un golpe a las comunidades”.

El director del DPS aseguró que muchas de las obras de la entidad ya no se podrán realizar - crédito @GustavoBolivar/X
El director del DPS aseguró que muchas de las obras de la entidad ya no se podrán realizar - crédito @GustavoBolivar/X

Gobierno no podrá contratar de manera directa

La demanda de la norma fue presentada por la Fundación para el Estado de Derecho (FEDe), una organización que argumentó que dicha medida vulneraba el régimen de contratación estatal.

Según la fundación, el decreto del Gobierno Petro iba más allá de las competencias otorgadas por el Congreso de la República al presidente para crear el INVIR.

Es menester acotar que la Ley 2294 de 2023 le concedió facultades extraordinarias al mandatario, pero no incluyó la autorización para modificar el régimen de contratación estatal.

La fundación consideró que la norma introducía cambios sustanciales en temas sensibles como la capacidad jurídica de las organizaciones sociales para contratar directamente con el Estado y las modalidades de selección de contratistas.

Obras civiles en Colombia es el sector con más cartera del PIB - crédito www.dane.gov.co
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El eje central del debate era si el presidente había excedido las facultades que le otorgó el Congreso al crear el INVIR y al establecer un régimen de contratación que favorecía a organizaciones sociales para la ejecución de proyectos de infraestructura.

En ese sentido, FEDe argumentó que esto afectaba principios fundamentales del Estado de derecho como la igualdad, la transparencia y el buen gobierno, al modificar el sistema de selección de contratistas y permitir la contratación directa bajo nuevos supuestos.

Por su parte, la Corte Constitucional, en su fallo, respaldó la posición de la fundación y consideró que el presidente Gustavo Petro excedió las facultades extraordinarias que le fueron otorgadas.

El alto tribunal señaló que, aunque el mandatario tenía cierta discrecionalidad para definir el régimen jurídico del INVIR, sus decisiones debían respetar el alcance de la delegación legislativa.

La Corte Constitucional actúa como tribunal colegiado con independencia de los demás organismos del Estado - crédito Corte Constitucional.
La Corte Constitucional actúa como tribunal colegiado con independencia de los demás organismos del Estado - crédito Corte Constitucional.

Por tal motivo, el fallo destacó que la norma vulneraba principios constitucionales al modificar de manera sustancial el régimen de contratación pública sin contar con la debida autorización legislativa.

En un comunicado, Luis Guillermo Vélez, presidente de FEDe, celebró la decisión de la Corte, pues destacó que este fallo refuerza la transparencia en la contratación estatal.

“Son buenas noticias para el país que se le ponga un freno a este tipo de decisiones. Este fallo endurece el principio de transparencia y el control sobre la asignación de recursos públicos, aspectos fundamentales en la contratación estatal”, afirmó Vélez.

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