Desde el año 2019, los solicitantes de la visa para poder ingresar en Estados Unidos deben incluir información sobre sus redes sociales en el formulario DS-160. La medida suele generar controversias, por considerarse invasiva.
A pesar de las críticas, las autoridades estadounidenses defienden este requisito como una forma de verificar la información proporcionada por los solicitantes y evaluar posibles riesgos para la seguridad.
Ahora puede seguirnos en Facebook y en nuestro WhatsApp Channel.
De hecho, los documentos del gobierno estadounidense sobre el visado y sus preguntas más frecuentes, establecen que se requiere una revisión contundente de las condiciones de los solicitantes. En ese sentido, las redes sociales hacen parte de la vida de quienes quieren viajar.
“La seguridad nacional es nuestra máxima prioridad a la hora de adjudicar las solicitudes de visado, y cada posible viajero e inmigrante a Estados Unidos se somete a un exhaustivo control de seguridad”, es la premisa de las autoridades de esa nación.
Y aunque los colombianos no son los ciudadanos del mundo con más rechazo de visas B1 y B2, para turismo y negocios, si existe un margen de denegación de al menos 20%, según los datos del Departamento de Estado de los Estados Unidos, que se publicaron en el 2023.
Estos números pueden corresponder a varias razones que se mantienen guardadas por la discreción gubernamental de ese país, pero uno de los motivos puede ser el uso de las redes sociales.
Las razones para identificar usuarios de redes sociales
De acuerdo con área de viajes del Departamento de Estado del país norteamericano, la razón fundamental de recopilar esta información “adicional” de los aplicantes es “reforzar nuestro proceso de investigación de los solicitantes y la confirmación de su identidad”, como un “mecanismo para mejorar nuestros procesos de control con el fin de proteger a los ciudadanos estadounidenses y, al mismo tiempo, apoyar los viajes legítimos a Estados Unidos”, reza el documento.
Por lo tanto resulta crucial ser honesto al declarar la existencia de cuentas en redes sociales, ya que mentir u ocultar información podría resultar en la negación de la visa. Incluso si una cuenta fue eliminada previamente, debe ser mencionada. El principal objetivo de esta revisión es verificar que el solicitante no haya emitido comentarios potencialmente peligrosos para la seguridad del país.
“Se exigirá una respuesta a las preguntas relacionadas con las redes sociales. Los solicitantes de visado queque nunca hayan utilizado las redes sociales no serán rechazados por no facilitar un identificador de redes sociales, y el formulario permite al solicitante responder «Ninguno». Los solicitantes deben diligenciar la solicitud de la forma más completa y honesta posible para evitar retrasos en la tramitación”, puntualizan.
Pero advierten que “no proporcionar respuestas precisas y veraces en una solicitud de visado o durante la entrevista puede dar lugar a la denegación del visado por parte del funcionario consular.
Sin embargo, las mismas autoridades de ese país aseguran que no existe ninguna causa para negar por contenidos vistos en sus redes que tengan que ver con “motivos de raza, religión, origen étnico, nacionalidad, opiniones políticas u orientación sexual. La recogida de identificadores de redes sociales es coherente con esto. Esta información se utilizará para la resolución de identidades y para determinar si el solicitante es elegible para un visado de EE.UU. según la legislación estadounidense”.
Por su parte, las autoridades aseguran que no se trata de una invasión de privacidad. “Los funcionarios consulares no solicitarán contraseñas de usuario y no intentarán subvertir ningún control de privacidad que los solicitantes puedan haber implementado en estas plataformas”.
Aunque es obligatorio proporcionar información sobre redes sociales, no todos los solicitantes son sometidos a esta revisión; solo en circunstancias específicas se revisan las cuentas, y ciertos grupos, como diplomáticos o personas con cargos gubernamentales, están exentos de este procedimiento.
¿En qué casos la Embajada de EE.UU. revisa las redes sociales de los solicitantes de visa?
La Embajada de Estados Unidos no revisa las redes sociales de todos los solicitantes de visa, sino que lo hace únicamente en situaciones específicas. Este escrutinio ocurre cuando existen factores que hacen necesario un análisis más profundo del perfil del solicitante. Entre las circunstancias en las que se lleva a cabo esta revisión destacan:
- Solicitantes provenientes de países con antecedentes de terrorismo: Si el aplicante es ciudadano de un país considerado por EE.UU. como un lugar con prácticas terroristas, es muy probable que las redes sociales sean objeto de un análisis más exhaustivo. El objetivo es detectar posibles vínculos o posturas extremistas que representen una amenaza para la seguridad del país. “Mantener un control sólido para los solicitantes de visas es una práctica dinámica que debe adaptarse a las amenazas emergentes”, indica el gobierno norteamericano.
- Casos que requieren mayor análisis: En algunas ocasiones, la Embajada puede considerar que necesita información adicional sobre un solicitante antes de tomar una decisión sobre su visa. En estos casos, las redes sociales se convierten en una fuente importante para evaluar comportamientos, opiniones o relaciones que no se reflejan en los documentos oficiales.