Una resolución emitida por parte de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial confirmó el martes primero de octubre de 2024 la sanción impuesta a un abogado que terminó apropiándose el dinero que tenía como fin indemnizar a los familiares de Alemao Agámez, un joven asesinado en medio del Carnaval de Barranquilla.
Esta decisión fue ratificada por la Máxima Autoridad Disciplinaria de la Rama Judicial, y se dio luego de que el mismo jurista admitiera su responsabilidad en medio de la diligencias en las que se le imputaron cargos.
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Alemao Agámez fue asesinado el 5 de febrero de 2010 en Barranquilla, luego de ser atacado por cinco personas con un arma cortopunzante tras descender de un taxi cerca de hospital pediátrico Camino Distrital Adela de Char.
Este crimen se habría dado, según lo que indicaron las pesquisas que se adelantaron en medio del proceso, por la confrontación entre dos bandas delincuenciales conodidas como El York y Los Latin Kings.
De las cinco personas detenidas al principio, cuatro de ellas recibiron condenas en un proceso que incluyó una sentencia de 18 años y 11 meses para uno de los imputados, quien colaboró con las autoridades.
El papel del abogado sancionado por quedarse con la indemnización
Durante el curso de este proceso judicial, años después del crimen resultó una quinta persona involucrada, y con quien Agámez había tenido una relación sentimental. A raíz de este hecho la joven fue vinculada como coautora del crimen.
Durante la audiencia de sustitución de medida de aseguramiento por detención domiciliaria, la mujer aceptó indemnizar a los familiares de la víctima. Para tal fin se acordó el pago de un monto de 18 millones de pesos, de los cuales 8 millones correspondían a los honorarios del abogado y los 10 millones restantes eran para la familia de Agámez.
El litigante recibió la suma estipulada el 10 de noviembre de 2014, pero no cumplió con su obligación de entregar los 10 millones de pesos a la familia de Agámez.
Según la Jurisdicción Disciplinaria, el jurista aceptó recibir la suma acordada pero no repartió los fondos, infligiendo una pérdida considerable a su cliente. El abogado intentó justificar su acción argumentando una deuda previa de 13 millones de pesos por parte de la familia de Agámez, pero esto de nada le sirvió para reversar la determinación.
Acción del abogado influyó en medio del proceso legal contra la quinta detenida
El incumplimiento del abogado también influyó en la continuidad del proceso penal contra la coautora del crimen, quien había intentado llegar a un acuerdo con los familiares de la víctima a cambio de beneficios judiciales. La Comisión Seccional de Disciplina Judicial del Atlántico había determinado inicialmente en junio de 2023 imponer una suspensión de un año y una multa equivalente a cuatro salarios mínimos.
Frente a este acción, Alfonso Cajiao, presidente de la Máxima Autoridad Disciplinaria de la Rama Judicial, afirmó que la acción del abogado constituyó “una falta dolosa agravada” y elogió la postura firme de la comisión en la defensa de la ética profesional. Esta postura fue respaldada por otros organismos judiciales que se mantienen vigilantes ante cualquier desviación ética en la práctica legal.
“Este tipo de comportamiento no puede ser tolerado dentro de nuestra profesión”, aseguró el presidente al medio ABC Noticias.
La Comisión determinó que el hecho está previsto en el artículo 35, numeral 4 de la Ley 1123 de 2007, al tiempo que infringió el deber consagrado en el artículo 28, numeral 8 de la misma norma.
Cabe recordar que las leyes que rigen estas conductas son explícitas en cuanto a las responsabilidades de los funcionarios y las sanciones que enfrentan si incurren en faltas. La Ley 1123 de 2007 articula con claridad las conductas prohibidas y los correspondientes procedimientos disciplinarios. Frente a este caso en particular, “se consideró que incurrió en falta dolosa agravada”.
El abogado tendrá que cumplir sanción, que consiste en un año de suspensión y el pago de una multa de 4 salarios mínimos (cerca de 5.200.000 de pesos colombianos).