El Tribunal Administrativo de Cundinamarca rechazó la acción popular interpuesta por el ciudadano Óscar Armando Dimate Cárdenas, con la cual se buscaba anular la designación de Gregorio Eljach como integrante de la terna al cargo de procurador General de la Nación, nominación realizada por el presidente Gustavo Petro. Este fallo confirma la validez del proceso y trae nuevas luces sobre los alcances y límites de la potestad presidencial en el proceso de elección de la cabeza del Ministerio Público.
El eje del conflicto radica en la inclusión de Gregorio Eljach, ex secretario del Senado, en la terna de candidatos para el cargo de procurador, a pesar de que no participó en la convocatoria pública abierta realizada por la Presidencia de la República el 23 de agosto de 2024. Esta convocatoria, que invitaba a ciudadanos a postularse para el cargo de procurador por un periodo de cuatro años, culminó con la presentación de 41 candidatos, de estos, solo 20 fueron seleccionados por la Función Pública para pasar a la siguiente fase del proceso. No obstante, el nombre de Eljach no figuraba entre los seleccionados.
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La controversia se profundizó cuando el presidente Gustavo Petro decidió incluir al entonces congresista en la terna final. Esta acción fue percibida por el ciudadano como una transgresión del debido proceso, ya que Eljach no cumplió con los requisitos establecidos en la convocatoria pública.
En consecuencia, el ciudadano presentó una acción popular en el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, argumentando que la inclusión de Eljach en la terna “violaba el principio de igualdad de oportunidades y la transparencia del proceso”, al permitir que una persona ajena al concurso avanzara hacia la posibilidad de ser elegida como procurador.
A partir de lo expuesto, Gregorio Eljach no presenta inhabilidades y no hay razones válidas para evaluar recusaciones en su contra. Así, el ex secretario del Senado competirá contra Germán Varón Cotrino y Luis Felipe Henao, a la espera que el miércoles 2 de octubre, durante la plenaria del legislativo, se anuncie el nombre del sucesor de Margarita Cabello Blanco, que concluirá su periodo en enero de 2025, marcando el final de su mandato de cuatro años.
Gregorio Eljach elegible para la Procuraduría, de acuerdo con Red de Veedurías
En un comunicado emitido, la Red de Veedurías de Colombia declaró que, desde un enfoque estrictamente jurídico, Gregorio Eljach no presenta inhabilidades para postularse como Procurador General de la Nación. La organización argumenta que la inelegibilidad de los servidores públicos se aplica exclusivamente a concejales, tal como establece el marco legal vigente.
La red resaltó que las inhabilidades deben estar claramente definidas por la ley y no pueden ser objeto de interpretaciones amplias. De acuerdo con el artículo 44 de la Ley 134, las restricciones se limitan al ámbito municipal y no se extienden a niveles departamentales o nacionales. Por lo tanto, la prohibición de ocupar dos cargos simultáneamente solo afecta a quienes ocupan posiciones de elección popular directa, como los concejales.
Además, la organización recordó que la terna para la elección de Procurador todavía está bajo evaluación por el Senado. Eljach, en su calidad de ex secretario del Senado, fue revisado por la Corte Suprema de Justicia, la cual no encontró inhabilidades en su hoja de vida. Su renuncia al cargo fue aceptada, lo que refuerza su elegibilidad para asumir el cargo de Procurador.
En cuanto a posibles conflictos de interés, la Red de Veedurías afirmó que no hay razones legales que lo sustenten, dado que la ley prohíbe esta situación en los procesos de nominación del Congreso. Esta prohibición fue aplicable a todas las elecciones desde 2019, incluidas las de defensor del Pueblo y contralor General.
Asimismo, la veeduría indicó que un intento de recusación en este contexto fue rechazado por la plenaria del Senado, lo que impide la tramitación de nuevas recusaciones sin fundamentos concretos.