Por cartel de vehículos blindados de la Unidad Nacional de Protección, la Superintendencia formuló cargos

La Superintendencia de Industria y Comercio también abrirá proceso sancionatorio contra los representantes legales de Nacional Rent Car y Blink Security

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En la UNP presuntamente existe un cartel de blindados - crédito @UNPColombia/X
En la UNP presuntamente existe un cartel de blindados - crédito @UNPColombia/X

La investigación de la Superintendencia de Industria Comercio (SIC) sobre un presunto cartel de carros blindados que compra la Unidad Nacional de Protección (UNP), tuvo avances significativos.

Según W Radio, la SIC abrirá proceso sancionatorio y formulación de cargos contra los representantes legales de Nacional Rent Car y Blink Security. Se trata de Ricardo Garrido Cantor y Alejandro Salvino Caicedo.

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La Superintendencia de Industria y Comercio también precisa que presuntamente, las personas mencionadas han incumplido las órdenes que la entidad había dado.

La SIC también precisa que presuntamente, las personas mencionadas han incumplido las órdenes que la entidad había dado - crédito UNP
La SIC también precisa que presuntamente, las personas mencionadas han incumplido las órdenes que la entidad había dado - crédito UNP

“Conforme con el material probatorio presentado en esta actuación, se observa que Ricardo Garrido Cantor afirmó en varias oportunidades que en estos correos electrónicos había información de carácter mixto y se negó a autorizar la recolección de la información que podría resultar relevante para los propósitos de esta entidad sin ofrecer una justificación suficiente para ese comportamiento, más allá de la protección al derecho a la intimidad, que como quedó demostrado, estaría salvaguardado en el procedimiento forense”, indica la resolución.

Y agregan: “Debido a esto, se habría configurado una omisión al deber de acatar las instrucciones impartidas por la Superintendencia y con esto una posible obstrucción a la actuación administrativa adelantada en ese caso. Esa conducta constituye una infracción al régimen de protección de la libre competencia”.

La resolución contra Alejandro Salvino Caicedo detalla que él “afirmó en varias oportunidades que en su celular maneja información de carácter mixto y se negó a autorizar la recolección de la información que podría resultar relevante para los propósitos de esta entidad con lo cual habría configurado una omisión al deber de acatar las instrucciones impartidas por la Superintendencia y con esto una posible obstrucción a la actuación administrativa adelantada en ese caso”.

Por tal motivo, la Superintendencia de Industria y Comercio explica que es “esa conducta constituye una infracción al régimen de protección de la libre competencia”.

Suspensión de acuerdos

En marzo de 2024, la Superintendencia de Industria y Comercio decretó las medidas cautelares contra todos los proponentes que participaron en los procesos de selección para el arrendamiento de vehículos blindados que adelantó la UNP en el periodo comprendido entre 2017 y 2023.

Para ello, la Superindustria evaluó el material probatorio aportado y estudió todos los procesos de selección que la UNP adelantó durante un periodo de 7 años (2017 y 2023) para el arrendamiento de vehículos blindados. Sobre esa base, y teniendo en cuenta el precedente consolidado en esta materia, la entidad concluyó que los proponentes que participaron en esos procesos ejecutaron dos comportamientos que podrían ser ilegales:

La Superindustria evaluó el material probatorio aportado y estudió todos los procesos de selección que la UNP adelantó durante un periodo de 7 años (2017 y 2023) para el arrendamiento de vehículos blindados - crédito @UNPColombia/X
La Superindustria evaluó el material probatorio aportado y estudió todos los procesos de selección que la UNP adelantó durante un periodo de 7 años (2017 y 2023) para el arrendamiento de vehículos blindados - crédito @UNPColombia/X

En primer lugar, las empresas se habrían repartido sistemáticamente las 90 zonas en las que fueron divididos los procesos de selección, de manera que lograron presentarse como únicos proponentes y resultar adjudicatarias sin enfrentar competencia. Esto impidió que la UNP pudiera obtener mejores condiciones de contratación.

Sobre este punto, la Superindustria sustentó esa conclusión en los siguientes hallazgos:

  • Las empresas que participaron en los procesos desarrollaron sistemáticamente un comportamiento inexplicable en un escenario de verdadera competencia, pues en más del 93% de las zonas adjudicadas durante 7 años (84 de 90 zonas) no existió competencia alguna entre ellas.
  • En los casos excepcionales en los que más de una empresa se postuló para una misma zona (que ocurrió en solo 6 de 90 zonas), la Superindustria no encontró evidencia de una competencia efectiva entre los proponentes. En adición, las empresas habrían adoptado medidas para corregir esas situaciones, de manera que se mantuviera la situación en la que cada una resultaba como única proponente.
  • La dinámica de repartición de las zonas se mantuvo a pesar de que la UNP implementó modificaciones en las reglas de los procesos que estuvieron orientadas a promover la concurrencia de proponentes. Esta situación evidenciaría que las empresas llegaron a acuerdos ilegales para superar las medidas aplicadas por la entidad contratante.
  • La Superindustria habría identificado un sistema de repartición por turnos. Por ejemplo, la zona que comprendía las regiones de Bogotá y Cundinamarca fue repartida a una empresa en los procesos de selección de 2021, a otras en los de 2022 y a otras más en los procesos de 2023, sin que en ninguno de ellos existiera un escenario de competencia entre las empresas.

En segundo lugar, la Superindustria encontró que algunas empresas habrían desarrollado vías de hecho con el propósito de forzar a los miembros del acuerdo a mantenerse en la ejecución de la conducta ilegal. Entre las vías de hecho se encuentra que habrían desactivado de manera remota los vehículos blindados empleados para la prestación del servicio, con lo que se habría puesto en peligro la vida de las personas en situaciones de riesgo extraordinario o extremo.

En conclusión, los diferentes elementos probatorios que fueron allegados con la queja permitieron acreditar, con la suficiencia requerida para decretar una medida cautelar, la probable comisión de diferentes conductas anticompetitivas desplegadas por los agentes participantes en los procesos de selección adelantados por la UNP para la provisión de vehículos blindados en el periodo comprendido entre 2017 y 2023.

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