Consejo de Estado anuló la elección Carlos Andrés Marroquín Luna, gobernador del Putumayo, por doble militancia

Marroquín Luna, del movimiento Somos la Fuerza de la Gente, fue demandado ante la entidad a finales de 2023, señalado de dar su apoyo a candidatos de otros partidos

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Carlos Andrés Marroquín Luna fue elegido como gobernador de Putumayo en las elecciones regionales de 2023, pero en abril se presentó una demanda ante el Consejo de Estado por doble militancia - crédito @marroqu1n/Instagram
Carlos Andrés Marroquín Luna fue elegido como gobernador de Putumayo en las elecciones regionales de 2023, pero en abril se presentó una demanda ante el Consejo de Estado por doble militancia - crédito @marroqu1n/Instagram

El Consejo de Estado confirmó el jueves 26 de septiembre la anulación de la elección de Carlos Andrés Marroquín Luna como gobernador de Putumayo, por incurrir en doble militancia. Además, advirtió que no se podrá presentar recurso de apelación frente a esta medida.

Marroquín, que se presentó a las elecciones regionales de 2023 como candidato del Partido de la U, fue demandado el pasado mes de abril, señalado de que a pesar de tener el aval de los partidos Somos la Fuerza de la Gente, del Partido de La U, y del Partido La Fuerza por la Paz, apoyó a candidatos al concejo pertenecientes a otros movimientos políticos, algo prohibido por el propio Consejo de Estado.

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La entidad aceptó dos demandas que tuvieron lugar tras las elecciones regionales de 2023, incluida una presentada por Luz Dary Posso Cuarán, candidata a la Alcaldía de Valle del Guamuez (La Hormiga), por el movimiento “Mi Valle del Guamuez, El Progreso Sigue En Marcha”.

La Sección Quinta del Consejo de Estado valoró las pruebas aportadas por los demandantes y concluyó que el entonces candidato apareció en manifestaciones públicas acompalñando a Fredy Alexander Romo Díaz, candidato para la alcaldía del Valle del Guamuez;, y Jeferson Alexander Cuastumal Ramírez, en su aspiración de llegar a la Asamblea Departamental de Putumayo. Ambos se presentaron como miembros del partido Dignidad y Compromiso.

El apoyo de Marroquín a estos candidatos y a los aspirantes a llegar al concejo por Dignidad y Compromiso se dio en el lanzamiento de la campaña de Romo, el 12 de agosto de 2023. El lado demandante también sumó fotografías y videos en las que se haría evidente el apoyo de Marroquín a estos candidatos. No obstante, en ambos casos el Consejo de Estado determinó que en ambos casos se trató de manifestaciones de agradecimiento y no de casos de doble militancia.

Luego, el Consejo de Estado citó un video aportado por la parte demandante en el que respaldaba a Karina Ramírez Romero, candidata a la Asamblea Departamental de Putumayo por el Movimiento Alternativo Indígena Social (MAIS), durante un evento público celebrado en el municipio de Puerto Leguízamo el 15 de octubre de 2023. Durante dicha intervención, además de hacer su propia campaña, Marroquín le cedió la la palabra a la candidata del MAIS para que informara a los presentes su partido y el número en la tarjeta electoral para que votaran por ella.

Karina Ramírez Romero, miembro de la Asamblea Departamental de Putumayo, fue apoyada públicamente por Marroquín, lo que derivó en doble militancia bajo el concepto del Consejo de Estado - crédito Asamblea Departamental Putumayo
Karina Ramírez Romero, miembro de la Asamblea Departamental de Putumayo, fue apoyada públicamente por Marroquín, lo que derivó en doble militancia bajo el concepto del Consejo de Estado - crédito Asamblea Departamental Putumayo

La Sección Quinta concluyó que Marroquín usó expresiones como “con Karina y Marroquín hasta el fin”, “la tripleta ganadora que quiere trabajar por este bello municipio”, así como su intención de respaldo “hasta el fin”.

En la sentencia se detalla que Marroquín se manifestó en esas oportunidades en agradecimiento por adherirse a su campaña, más no como una manifestación de respaldo a sus respectivas candidaturas. Frente a las pruebas aportadas por los demandantes, Marroquín y sus representantes legales acusaron que había indicios de edición y manipulación. Pese a ello, la sentencia detalló que la defensa “no aduce falsedad del contenido del dictamen propiamente, ni tampoco aportó material probatorio para acreditar la supuesta falsedad”.

Tomando en cuenta lo anterior, la sentencia detalló que al ser comentarios en plaza pública y transmitidos a través de las redes sociales durante un “en vivo”, “deja advertir la existencia de verdaderos actos de apoyo y respaldo a favor de la, entonces, aspirante Karina Ramírez Romero”. Aunque el fallo deja en claro que puede haber “una interacción dinámica” en lo que se refiere a la presentación de los candidatos ante su electorado, remarcó que “esto no implica la posibilidad de mostrar su apoyo a candidatos de partidos distintos a los de su colectividad y menos como lo hace el demandado para favorecer a dicha la aspirante”, reiterando que Marroquín le cedió el micrófono a Karina Ramírez para que esta hiciera especial énfasis en su partido político y su número en el tarjetón para que votaran por ella.

La sentencia de la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado estableció que el fallo es inapelable - crédito Consejo de Estado
La sentencia de la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado estableció que el fallo es inapelable - crédito Consejo de Estado

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