Corte Constitucional tumbó fallo que anuló sanciones a Juan Carlos Abadía y a Eduardo Merlano ¿Nuevo choque de trenes?

El alto tribunal dejó sin efectos la nulidad que estableció el Consejo de Estado con las inhabilidades para el exgobernador del Valle y el exsenador para ocupar cargos públicos que les impuso la Procuraduría General de la Nación en 2012 y en 2016

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Fotografía de archivo del exsenador Eduardo Merlano y del exgobernador del Valle del Cauca Juan Carlos Abadía. (Crédito: Colprensa)
Fotografía de archivo del exsenador Eduardo Merlano y del exgobernador del Valle del Cauca Juan Carlos Abadía. (Crédito: Colprensa)

En la noche del miércoles 11 de septiembre la Corte Constitucional dejó sin efectos la nulidad que estableció el Consejo de Estado con las sanciones disciplinarias que impuso la Procuraduría General de la Nación contra el exgobernador del Valle del Cauca Juan Carlos Abadía y el exsenador Eduardo Merlano, tristemente célebre por un episodio de “¿Usted no sabe quién soy yo?” con un policía.

En Sala Plena, el alto tribunal “amparó el derecho al debido proceso” del ente de control que se vio “lesionado” tras anular la “destitución e inhabilidad general” que les impusieron en 2012 al excongresista y en 2016 a Abadía, tras analizar las tutelas que instauraron por los mencionados fallos.

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“La Corte Constitucional encontró que la anulación de las sanciones disciplinarias por parte de la Subsección B de la Sección Segunda del Consejo de Estado desconoció que para el momento en el que la Procuraduría ejerció sus competencias, lo hizo amparada por el marco constitucional y legal, así como por las decisiones con efectos de cosa juzgada que validaron su atribución para disciplinar a los servidores públicos de elección popular e imponer las sanciones mencionadas al amparo de la Ley 734 de 2002″, explicaron de la decisión.

Se debe recordar que en el caso del exgobernador del Valle del Cauca, el Consejo de Estado declaró la nulidad de la inhabilitación por 10 años para que ocupara cargos públicos en agosto del año pasado, luego del proceso en que lo hallaron responsable de participación indebida en política dentro del escándalo de Agro Ingreso Seguro, donde se estableció que recibió dinero del controversial programa en 2010.

Mientras que en el caso de Merlano, el Consejo de Estado declaró la nulidad en julio de 2023, por la sanción que recibió por el escándalo que protagonizó en mayo de 2012, luego de que se negara a realizarse una prueba de alcoholemia con el argumento de que era congresista en una vía de Barranquilla.

El exsenador protagonizó una escena de "Usted no sabe quién soy yo" en el 2012 - crédito congresovisible.uniandes.edu.co/
El exsenador protagonizó una escena de "Usted no sabe quién soy yo" en el 2012 - crédito congresovisible.uniandes.edu.co/

En ese tribunal tumbaron las sanciones contra los dos otrora servidores públicos bajo el argumento de la sentencia Corte Interamericana de Derechos Humanos con la que se restituyó como alcalde de Bogotá al hoy presidente de la República, Gustavo Petro, en donde se estableció que una autoridad administrativa no puede destituir a funcionarios de elección popular, sin que haya una sentencia penal previa.

Para la Corte Constitucional lo establecido por la Corte IDH no estaba vigente cuando sancionaron a Abadía y a Merlano.

“La Sala Plena también recordó que, con posterioridad a la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Petro Urrego contra Colombia, la Corte Constitucional armonizó la protección de los derechos políticos con los principios constitucionales que guían la función pública y la institucionalidad prevista en la Constitución en la Sentencia C-030 de 2023, sobre la cual recae el efecto de cosa juzgada y, por lo tanto, debe ser cumplida por todas las autoridades”, indicaron sobre la decisión.

De esta manera, el Consejo de Estado tendrá que “proferir una nueva providencia en cada uno de los casos en las que resuelva los cargos de nulidad presentados por los disciplinados contra los fallos sancionatorios” y de esta manera echar para atrás las inhabilidades tanto a Merlano, como Abadía.

Las ponentes de la sentencia fueron las magistradas Diana Fajardo Rivera y Natalia Ángel Cabo, mientras que su homólogo Vladimir Fernández Andrade salvó su voto con este nuevo fallo con el que se respaldó las decisiones de la Procuraduría.

Esta decisión que se da en lo que se denomina “choque de trenes” promete controversia, no solo porque se contradicen las altas cortes, sino también porque en su momento el propio Petro felicitó al Consejo de Estado por declarar la nulidad de la sanción a Merlano.

Gustavo Petro felicitó al Consejo de Estado por tumbar la destitución de Eduardo Merlano, el senador de "usted no sabe quién soy yo". Colprensa.
Gustavo Petro felicitó al Consejo de Estado por tumbar la destitución de Eduardo Merlano, el senador de "usted no sabe quién soy yo". Colprensa.
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