El Gobierno nacional radicó un nuevo proyecto de reforma tributaria o ley de financiamiento en el Congreso de la República. Este es de menor alcance que el anunciado en un inicio. Con la iniciativa, Gustavo Petro contaría con un espacio adicional de gasto de $11,8 billones en 2025, de los cuales $5 billones provendrían del espacio de gasto generado por la anticipación del cumplimiento de la regla fiscal l (norma que establece que el límite de deuda es igual a 71% del Producto Interno Bruto -PIB- y el ancla de deuda es igual a 55% del PIB).
Además, se proyecta recaudar $1,6 billones adicionales mediante la gestión de la Dian, por lo que los ingresos derivados de nuevos impuestos ascenderían a $4,9 billones en 2025, $7 billones menos que lo planteado en un principio.
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En términos del tamaño de la economía, esta reforma recaudaría el 0,3% del PIB en 2025, el 0,1% del PIB en 2026, y sería prácticamente neutra a partir de 2027. Esto resulta positivo, según Fedesarrollo, ya que implica que el Gobierno reconoce de manera implícita que no hay margen para aumentar de forma sustancial la carga tributaria en una economía que apenas empezó fase de recuperación y crece a un ritmo del 1,5%.
El Gobierno propone introducir un nuevo régimen de tributación para las empresas, con tasas marginales del 27%, 30% y 33%, frente al 35% vigente en la actualidad. Esta medida reduce la tarifa de renta para las empresas, hoy la cuarta más alta a nivel mundial, y lo hace en una mayor proporción para empresas pequeñas, aquellas con una renta líquida gravable inferior a $300 millones anuales, lo que considera la entidad como positivo.
“Así, se revertirían en parte los efectos de las reformas de 2021 y 2022, que incrementaron sustancialmente el costo de uso de capital y tuvieron efectos adversos sobre la inversión. Además, el diseño del impuesto, con tasas marginales, elimina los problemas de esquemas diferenciales como el del régimen simple, que incentivan a las empresas a operar en pequeña escala para evitar un aumento en su carga tributaria”, explicó.
Impuesto al carbono
El Gobierno propone triplicar la tarifa del impuesto al carbono e incluir al carbón dentro de la base gravable del impuesto. Asimismo, se plantea un cambio sustancial en la destinación de los ingresos de este impuesto.
Actualmente, el 80% de los recursos son transferidos al Fondo Nacional Ambiental, y el 20% se destina al Programa Nacional Integral de Sustitución de Cultivos de Uso Ilícito. “Con la reforma, el 66% de los ingresos pasarían a formar parte de la unidad de caja del Gobierno, manteniendo el 34% restante para los usos actuales. Según el Gobierno, el aumento en el impuesto al carbono tendría un impacto de 0,15 puntos porcentuales en la inflación y generaría recursos por aproximadamente $1,2 billones anuales”, dijo.
Regla fiscal
De igual manera, apuntó que el proyecto introduce una modificación a la regla fiscal, permitiendo que el gasto en inversiones verdes no se contabilice dentro de los límites establecidos para el déficit fiscal.
Al respecto, la entidad cree que “esta modificación permitiría financiar inversiones verdes por hasta $5,5 billones anuales (0,3% del PIB hasta 2030 y 0,15% del PIB hasta 2035) fuera del espacio de gasto permitido por la regla fiscal”.
Según la misma, esto va en contravía del compromiso del Gobierno por el estricto cumplimiento de la regla fiscal y, probablemente, será interpretada por los acreedores como una señal de relajamiento en la senda de reducción del déficit y de la deuda pública del país, lo que podría aumentar los costos de financiamiento para la Nación.
Eliminación del régimen simple de tributación
La reforma también plantea la eliminación del régimen simple de tributación. En la exposición de motivos, el Gobierno indica que el 65% de los contribuyentes en el régimen simple en 2023 y 2024 migraron del sistema ordinario, lo que genera dudas sobre su efectividad como instrumento de formalización y pone de presente el arbitraje fiscal, donde las personas reducen de manera significativa su carga tributaria al optar por el régimen simple frente al ordinario. Al respecto, Fedesanollo recordó que ya alertó en múltiples ocasiones sobre la inconveniencia de haber incluido a los independientes de servicios profesionales con altos ingresos como elegibles en el régimen simple.
“Con la introducción de un régimen de tributación a las empresas con tarifas marginales que inician en el 27%, consideramos positiva la eliminación del régimen simple de tributación”, precisó la entidad que dirige Luis Fernando Mejía.
Tributación a las personas
En cuanto a la tributación a las personas, la reforma propone incrementar la tarifa marginal para el tramo de ingresos más alto del 39% al 41%. El umbral más alto corresponde a personas con una renta líquida gravable mensual superior a $121 millones, lo que afectaría únicamente al 1% de la población ocupada con más altos ingresos, profundizando la progresividad de la tributación a las personas.
Impuesto al patrimonio
La reforma también reduce el umbral para ser sujeto del impuesto al patrimonio y aumenta la tarifa marginal para el tramo más alto del 1,5% al 2,0%. El umbral actual se reduce de $3.389 millones a $1.883 millones de patrimonio líquido neto de deudas.
Eso significa, por ejemplo, que una persona con un patrimonio líquido neto de $2.000 millones, que antes no pagaba impuesto al patrimonio, ahora pagaría un impuesto de $587.000. Mientras que una persona con un patrimonio líquido neto de $4.000 millones, que antes pagaba un impuesto de $3 millones, ahora pagaría $14 millones.
Si bien existen argumentos a favor de profundizar la progresividad del impuesto al patrimonio, la experiencia internacional muestra que las personas de altos ingresos suelen recurrir a estrategias para disminuir su patrimonio líquido, como el endeudamiento. En la práctica, los impuestos a la riqueza generan distorsiones en las decisiones de ahorro que no compensan el limitado recaudo que generan, lo que se refleja en el del hecho de que actualmente solo cuatro países, además de Colombia, mantienen este tipo de impuesto.
IVA a los juegos de suerte y azar
La fuente de recaudo más significativa, cerca de $2 billones anuales, proviene ele la introducción del IVA para los juegos de suerte y azar digitales. Esta medida corrige una importante asimetría entre los juegos de suerte y azar físicos, que ya están gravados con IVA, y los digitales, que hasta ahora han estado excluidos. Dado que los juegos de suerte y azar no forman parte de la canasta básica, la aplicación del IVA en esta categoría no tendría un impacto inflacionario directo, pero sí generaría una fuente importante de recursos.
Por lo tanto, Fedesarrollo comparte la necesidad de introducir este cambio en el tratamiento tributario de los juegos de suerte y azar digitales.