Superintendencia de Industria y Comercio multó a importante clínica con una millonada, por inflar precios

Una investigación de la Superintendencia reveló que la clínica comercializó dispositivos médicos a precios 29% superiores a los permitidos entre octubre de 2021 y junio de 2022

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Clínica Uros es multada por
Clínica Uros es multada por más de $550 millones por parte de la Superintendencia de Industria y Comercio - crédito clínica Uros

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) impuso una sanción millonaria a la clínica Uros SAS por vender stents coronarios (endoprótesis vascular) a precios superiores a los establecidos por la regulación.

Según datos de la Superintendencia, la multa asciende a $557.668.724, cifra equivalente a 439 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

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La sanción se fundamenta en una investigación que incluyó una revisión exhaustiva de las facturas emitidas por la clínica entre octubre de 2021 y junio de 2022. En este periodo, la clínica comercializó 46 stents coronarios a precios que superaban los límites fijados por la Circular 02 de 2016 de la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos.

Uno de los ejemplos mencionados por la Superintendencia de Industria y Comercio es el stent coronario Ultimaster Tansei, cuyo precio máximo de venta permitido era de $3.540.341,70, pero fue comercializado a $4.579.785,00, lo que representa un incremento del 29,36%.

Superintendencia de Industria y Comercio
Superintendencia de Industria y Comercio sancionó con más de $500 millones a clínica Uros por venta de servicios por valores superiores a los permitidos - crédito SIC

La SIC destacó la importancia del régimen de control de precios como una medida esencial adoptada por el Gobierno nacional para asegurar que los recursos públicos destinados al sector salud se utilicen eficientemente y para que los medicamentos y dispositivos médicos sean accesibles a precios justos para toda la población.

Además, esta norma busca proteger derechos fundamentales como la salud y la vida, especialmente ante situaciones donde el acceso oportuno a dispositivos médicos puede estar comprometido por altos costos y limitaciones financieras del sistema de salud.

“La decisión de la Superintendencia de Industria y Comercio se adoptó después de haber requerido de manera oficiosa toda la información de facturación de la sociedad clínica Uros S.A.S. y de cruzarla con todas las operaciones comerciales efectuadas por ella entre los meses de octubre de 2021 a junio de 2022, donde se encontró que vendió a diferentes clientes del mercado cuarenta y seis (46) stents coronarios medicados, a precios que superaban los máximos fijados”, se observa en el comunicado expedido por la SIC.

Imagen de referencia. El stent
Imagen de referencia. El stent Ultimaster Tansei fue vendido con un aumento de precio del 29,36% - crédito Terumo Colombia Andina S.A.S.

En el desarrollo de esta situación, la Superintendencia explicó que los stents coronarios, son dispositivos médicos utilizados para tratar el estrechamiento de las arterias coronarias y mejorar el flujo sanguíneo al corazón, son cruciales para prevenir complicaciones severas como la reestenosis. La entidad mencionó que la venta de estos dispositivos a precios elevados afecta no solo a los pacientes que necesitan estos tratamientos, sino también al sistema de salud en su conjunto.

“Los stents coronarios medicados que se vendieron por encima de los precios regulados son utilizados para tratar el estrechamiento de las arterias coronarias que suministran sangre al corazón, mejorando así el diámetro luminal y reducción de la reestenosis”, agregó la entidad en su comunicado.

En el análisis detallado de la SIC, se encontraron varias prácticas irregulares. Además de exceder los precios máximos fijados, se evidencia que la clínica Uros no cumplió con los requerimientos informativos necesarios en el proceso de facturación y en los detalles del manejo comercial de estos dispositivos.

El SIC encontró prácticas irregulares
El SIC encontró prácticas irregulares y falta de cumplimiento en facturación y manejo comercial - crédito Colprensa

“La Superintendencia de Industria y Comercio ha enfatizado que el régimen de control directo de precios de medicamentos y dispositivos médicos es una medida esencial adoptada por el Gobierno Nacional para asegurar que los recursos públicos asignados al sector salud sean utilizados de manera eficiente y que los medicamentos y dispositivos médicos estén disponibles a pres precios justos y accesibles para toda la población”, añadió la Superintendencia..

La Resolución 52054 , fechada el 6 de septiembre de 2024 , documenta la decisión final y establece la multa que la clínica deberá pagar. Esta resolución también mencionó que la clínica tiene la opción de presentar recursos de reposición y apelación contra el acto administrativo.

Por último, la Superintendencia insistió en la importancia de seguir los lineamientos del régimen de control directo de precios y de las normas establecidas por las autoridades competentes, con el objetivo de garantizar un acceso equitativo y económicamente viable a tratamientos médicos esenciales para la población.

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