De acuerdo con la Encuesta Nacional de Calidad de Vida del Departamento Administrativo Nacional de Estadística, Dane, de 2023, cerca del 40.3% de los hogares colombianos vive en arriendo, es decir, 7.2 millones de personas.
Con un porcentaje tan alto de población viviendo bajo este modelo, es clave que tanto los arrendadores como los arrendatarios tengan claros sus derechos y deberes para evitar malentendidos.
En cuanto al contrato, para formalizarlo, tanto los propietarios como los inquilinos deben cumplir con ciertos requisitos esenciales como: identificación de los contratantes, identificación del inmueble, término de duración del contrato, precio y, por supuesto, la forma de pago.
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No obstante, algunos propietarios, con el fin de “asegurar el pago de la renta”, le exigen a los nuevos inquilinos, la firma de una letra de cambio como garantía adicional.
En Colombia, una letra de cambio dentro de un contrato de arrendamiento puede tener implicaciones legales serias si se usa incorrectamente.
La letra de cambio es un documento de crédito que obliga a una persona a pagar una suma de dinero en una fecha específica. De acuerdo con el portal Gerencie, la letra de cambio es un título valor que presta mérito ejecutivo, en el que se extiende la orden de pagar al aceptante o girado de la letra (deudor), un determinado valor en plazo determinado en favor del beneficiario o girador.
Sin embargo, su inclusión en un contrato de arrendamiento puede llevar a problemas legales si se usa para garantizar el cumplimiento de obligaciones contractuales de manera indebida.
Razones por las cuales el uso incorrecto de una letra de cambio en un contrato de arrendamiento podría implicar riesgos legales para los arrendadores
- Uso indebido: si el arrendador utiliza la letra de cambio para exigir pagos de manera abusiva o como una forma de obligación, podría estar violando leyes de protección al consumidor.
- Fraude o abuso: si se demuestra que el arrendador ha utilizado la letra de cambio para cometer fraude o abuso, esto puede llevar a sanciones legales. Por ejemplo, si se usa una letra de cambio para exigir pagos adicionales no acordados o fuera de los términos del contrato, el arrendador podría enfrentar problemas legales.
- Violación de derechos: la inclusión de una letra de cambio sin el conocimiento o consentimiento adecuado del arrendatario puede ser considerada una violación de derechos.
- Procedimientos legales: los arrendadores deben cumplir con los procedimientos legales adecuados en el uso de letras de cambio. El incumplimiento puede llevar a la imposición de sanciones penales, en especial, si se demuestra que hubo intencionalidad de defraudar.
La abogada Katheryne Guerrero, por medio de sus redes sociales dio como ejemplo un caso reciente que sirve como advertencia. “Un propietario colombiano, tras arrendar su propiedad a una pareja y exigirles firmar una letra de cambio en blanco, enfrentó un proceso judicial que culminó en su condena a seis años de cárcel y una multa de 182 millones de pesos”.
Según Guerrero, el propietario diligenció la letra de cambio cuando los inquilinos dejaron de pagar el arriendo y entregaron el inmueble. Sin embargo, los inquilinos dijeron que la deuda debía ser cobrada a través del contrato de arrendamiento, no mediante una letra de cambio, lo que llevó a que el juez fallara a su favor.
Debe seguir pagando el arriendo si el dueño falleció: esto dice la ley
Según explica la ley, en Colombia, cuando alguien fallece, el contrato de arrendamiento de vivienda sigue vigente y debe quedar a cargo de sus herederos. La ley estipula que la muerte no es un causante de terminación de contrato, a menos que haya sido estipulado de otra forma previamente por ambas partes.
Hay que tener en cuenta que si el arrendador muere, los herederos del mismo no pueden acabarlo hasta que no se realice el proceso de sucesión y se determine a quién o a quiénes se les debe asignar el inmueble arrendado. Cuando se otorgue la escritura correspondiente, la persona que figure en ella sustituye al arrendador fallecido para todos los efectos.
Por otro lado, si los herederos del propietario fallecido no llegan a un acuerdo y se procede con la liquidación sucesoral, el inquilino podrá seguir cumpliendo con su obligación de pago a través de la consignación, de acuerdo con lo estipulado en el contrato de arrendamiento, según el portal Asuntos Legales.
Por otra parte, si los herederos desean recuperar el inmueble, deberán cumplir con todos los requisitos legales y notificar al inquilino con la debida antelación para finalizar el contrato, previamente acordado con el titular fallecido.