Consejo de Estado admitió tutela que frenaría votación del CNE contra la campaña de Gustavo Petro: este es el motivo

El alto tribunal estudiará el recurso presentado con el que se suspendería la votación del pliego de cargos que está en manos de los magistrados del Consejo Nacional Electoral, por presunta violación de topes de la campaña

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El presidente habría violado topes de la campaña en más de $5.000 millones - crédito Juan Arias/Infobae
El presidente habría violado topes de la campaña en más de $5.000 millones - crédito Juan Arias/Infobae

En el mismo día en el que se conocieron las conclusiones del Consejo Nacional Electoral (CNE) sobre lo que sería la violación de topes de la campaña presidencial de Gustavo Petro Urrego, en los comicios de primera y segunda vuelta de 2022, el Consejo de Estado indicó que admitió para estudio una tutela con la que, al parecer, se buscaría frenar la votación de los magistrados del órgano electoral sobre el particular.

De acuerdo con la información dada a conocer por Caracol Radio, el organismo judicial analizará el recurso presentado por una fundación, en el que se le señala de no tener la competencia para definir, justamente, que el CNE sea el ente facultado para continuar con las investigaciones relacionadas con una probable violación a las reglas de financiación de la campaña de Petro.

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La tutela fue radicada por la Fundación Defensa de la Información Legal y Oportuna, en la que se accionó contra la Sala de Consulta y Servicio Civil del alto tribunal. Lo anterior, con lo que consideran, sería un “conflicto positivo de competencias administrativas que dan origen a este trámite”, pues no sería el Consejo de Estado el que tendría la licencia para dirimir el conflicto de competencias.

Ricardo Roa dice que él responderá por los dineros que ingresaron a la campaña Petro Presidente - crédito @petrogustavo/X
Ricardo Roa dice que él responderá por los dineros que ingresaron a la campaña Petro Presidente - crédito @petrogustavo/X

En términos más claros, lo que buscaría es tumbar el fallo de la mencionada sala, que se pronunció sobre el papel del CNE y la Comisión de Investigaciones y Acusaciones de la Cámara de la Cámara de Representantes, en el caso que involucra al primer mandatario de los colombianos. Y sobre los alcances de cada una de estas instancias, como las únicas de investigar y enjuiciar al jefe de Estado.

¿Qué decidió el Consejo de Estado sobre las facultades para investigar al presidente?

El anuncio se dio a conocer tras el efectuado el 23 de agosto por la Sala de Consulta y Servicio Civil, que determinó que el CNE sí cuenta con esta facultad, en medio del caso en el que se investiga si el jefe de Estado incurrió en presuntas irregularidades de cara a la contienda, en la que terminó imponiéndose ante el fallecido Rodolfo Hernández Suárez, por algo menos de 800.000 votos de diferencia.

Declarar competente al Consejo Nacional Electoral, para continuar la investigación administrativa por las presuntas irregularidades en la financiación y presentación de informes de ingresos y gastos frente a las campañas de consulta interpartidista y presidenciales de primera y segunda vuelta del año 2022 de la Coalición Pacto Histórico, en las cuales fungió como candidato el ciudadano Gustavo Francisco Petro Urrego e imponer las sanciones administrativas correspondientes, si a ello hay lugar”, se leyó en el fallo, emitido el 6 de agosto.

La Comisión de Acusaciones también fue facultada para definir si lleva o no a juicio al presidente Gustavo Petro - crédito Colprensa
La Comisión de Acusaciones también fue facultada para definir si lleva o no a juicio al presidente Gustavo Petro - crédito Colprensa

En esa decisión, también se definió que es competencia del Congreso de la República, por intermedio de la mencionada Comisión de Acusaciones, llevar a cabo proceso para sancionar con pérdida del cargo al primer mandatario, “en el evento en que los hallazgos de la autoridad electoral dieren lugar al desarrollo de una actuación de esa naturaleza”.

Declarar competente al Congreso de la República para decidir sobre la eventual sanción de pérdida del cargo del presidente de la República, de manera autónoma y según el procedimiento contemplado para las investigaciones y juicios por indignidad política, en los términos del artículo 21 de la Ley Estatutaria 996 de 2005, cuando de la investigación adelantada por el Consejo Nacional Electoral por irregularidades en la financiación de la campaña presidencial 2022- 2026 proceda la referida sanción”, se agregó en la decisión.

Es preciso remarcar que, de acuerdo con el Consejo Nacional Electoral (CNE), se registró una violación de topes de la campaña por 5.355 millones de pesos, de acuerdo con la ponencia de los magistrados Álvaro Hernán Prada y Benjamín Ortiz, por encima del límite definido para la aspiración que lo llevó a la Casa de Nariño para el periodo comprendido entre 2022 y 2026.

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