Estos serán los trabajadores que no tendrán nuevos beneficios con reforma laboral del Gobierno Petro

La iniciativa ya tuvo sus primeros pasos en el Congreso de la República, debido a que la Cámara de Representantes el dio visto bueno en su primer debate

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La reforma laboral del Gobierno
La reforma laboral del Gobierno de Gustavo Petro le traería muchos beneficios a quienes trabajan horas extras, así como en festivos y dominicales - crédito Carlos Julio Martínez/Reuters

En Colombia, el proyecto de ley de reforma laboral del Gobierno de Gustavo Petro ya dio un primer paso en el Congreso de la República. Esto, debido surtió primer debate en la Cámara de Representantes y ahora está a la espera de la discusión formal en la plenaria de la misma.

La iniciativa ya causó diversas reacciones, debido a que busca modificar de manera importante los horarios de trabajo y el número de horas semanales de trabajo permitidas, algo que, según el propio Banco de la República, destruiría más de 400.000 empleos formales.

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Y es que, de aprobarse el proyecto en el Congreso, la jornada laboral en el país se reducirá a 42 horas semanales para 2026, una cifra que representa un cambio notable respecto al horario actual. Asimismo, la jornada diurna se establecería entre las 6:00 a. m. y las 7:00 p. m., mientras que la jornada nocturna abarcaría desde las 7:00 p. m. hasta las 6:00 a. m. En la actualidad, esta última inicia a las 9:00 p. m.

Se espera que la reforma
Se espera que la reforma laboral sea debatida en el Congreso de la República en la actual legislatura - crédito Luisa González/Reuters

El proyecto de ley también aborda quiénes quedarán exentos de estos cambios. Según el texto de la reforma, “en las labores que sean especialmente insalubres o peligrosas, el Gobierno puede ordenar la reducción de la jornada de trabajo”. Esta disposición deja claro que algunos sectores laborales podrían verse beneficiados con jornadas más cortas si así lo determinan las autoridades competentes.

Jóvenes de 15 a 17 años de edad

Un segmento particular que no se verá afectado por la modificación de las horas laborares es el de los adolescentes trabajadores. Se menciona que “los adolescentes mayores de 15 y menores de 17 años solo podrán trabajar en jornada diurna máxima de seis horas diarias y treinta horas a la semana y hasta las 18:00 horas”.

Además, se estipula que “los adolescentes mayores de 17 años solo podrán trabajar en una jornada máxima de ocho horas diarias y 40 horas a la semana y hasta las 8:00 p. m.”.

En la actualidad, la jornada
En la actualidad, la jornada nocturna en Colombia inicia a las 9:00 p. m. crédito Andina

Otra de las consideraciones del proyecto es la posibilidad de implementar turnos de trabajo sucesivos en las empresas, siempre y cuando no excedan las seis horas diarias ni las 36 horas semanales. En este contexto, se evita el recargo nocturno y el pago por trabajo dominical o festivo, aunque el empleado recibirá el salario equivalente a la jornada ordinaria: “El empleador y trabajador pueden acordar, temporal o indefinidamente, la organización de turnos de trabajo sucesivos”.

Más de un turno en un mismo día

Entre los aspectos destacados de la reforma se incluye la prohibición de hacer dos turnos en el mismo día, salvo en casos específicos como labores de supervisión, dirección, confianza o manejo. Además, se busca promover que las empresas faciliten a los trabajadores jornadas semestrales en espacios destinados para compartir con sus familias.

De no ser posible, los empleadores deben “permitir que los trabajadores tengan este espacio de tiempo con sus familias sin afectar los días de descanso”.

Gloria Inés Ramírez, ministra del
Gloria Inés Ramírez, ministra del Trabajo, informó en repetidas ocasiones que la reforma laboral no busca general empleo, sino garantizar los derechos de los trabajadores - crédito Luisa González/Reuters

Bienestar de los empleados.

También se señala que la propuesta de ley exige a las empresas con más de 50 trabajadores que apliquen medidas para el bienestar de los empleados.

Estas empresas tendrán que dedicar dos horas de la jornada laboral a actividades recreativas, culturales, deportivas o de capacitación. En este sentido, se destaca que “los trabajadores tendrán derecho a que dos horas de dicha jornada, por cuenta del empleador, se dediquen exclusivamente a actividades recreativas, culturales, deportivas o de capacitación”.

Así las cosas, se concluye que estos cambios son significativos y representan un paso importante hacia la mejora de las condiciones laborales en Colombia. No obstante, el proceso legislativo sigue en marcha, y será fundamental seguir de cerca las próximas decisiones del Congreso.

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