Obrero murió tras caer de octavo piso de un edificio en construcción en Bucaramanga

La víctima sufrió politraumatismos que terminaron causando su muerte en el lugar del accidente

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Se desconoce si el obrero contaba con los elementos de seguridad necesarios para una obra de tal magnitud - crédito Alcaldía de Bucaramanga
Se desconoce si el obrero contaba con los elementos de seguridad necesarios para una obra de tal magnitud - crédito Alcaldía de Bucaramanga

En la mañana del lunes 26 de agosto del 2024 se registró un accidente en una obra de construcción situada en la carrera 19 #102-40 del barrio Provenza en Bucaramanga. Un obrero cayó del octavo piso de un edificio en construcción, sufriendo graves politraumatismos que resultaron en su muerte instantánea.

Según comentaron algunos testigos al medio local Vanguardia, el trabajador vestía una camisa verde limón, jeans y zapatos deportivos blancos en el momento del incidente.

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Al parecer, la caída, que se registró pasadas las 9:40 a. m. fue accidental, pero las circunstancias precisas del suceso aún no se han esclarecido. De hecho, el medio fue claro en que no se ha confirmado si el obrero usaba los equipos de protección necesarios para trabajos en altura, como lo exige la normativa de seguridad laboral.

Se desconoce si la víctima contaba con los elementos de seguridad necesarios - crédito Ricardo Maldonado Rozo/ EFE
Se desconoce si la víctima contaba con los elementos de seguridad necesarios - crédito Ricardo Maldonado Rozo/ EFE

El impacto de la caída fue tan severo que no hubo tiempo para trasladar al obrero a un centro médico. Incluso, la identidad de la víctima aún no ha sido revelada.

Después del trágico accidente, las autoridades llevaron a cabo la inspección técnica del lugar y del cadáver. Sin embargo, aún no han emitido un pronunciamiento oficial sobre las causas del accidente.

El obrero permanecía en el octavo piso de la edificación cuando protagonizó el accidente laboral - crédito José Manuel Vidal/ EFE
El obrero permanecía en el octavo piso de la edificación cuando protagonizó el accidente laboral - crédito José Manuel Vidal/ EFE

Qué medidas de seguridad rigen para los trabajadores en Colombia

En Colombia, las medidas de seguridad para los obreros están reguladas por la legislación laboral, que establece diversas normas para garantizar la protección de los trabajadores en el ámbito laboral.

Estas medidas, plasmadas en el documento “Gestión integral de los Elementos de Protección Personal (EPP)” del Ministerio de Salud, incluyen la identificación y evaluación de riesgos en el lugar de trabajo, la implementación de programas de prevención de accidentes y enfermedades profesionales, y la obligatoriedad de proporcionar equipo de protección personal adecuado para las tareas específicas que realicen los obreros.

El empleador tiene la responsabilidad de asegurar que todas las máquinas, equipos y herramientas utilizadas por los obreros sean seguros y se encuentren en buen estado de funcionamiento.

Además, deben proporcionar capacitación y formación continua en temas de seguridad y salud en el trabajo, para que los obreros puedan reconocer posibles riesgos y actuar de manera preventiva. Esta formación debe ser acorde con cada tipo de industria y oficio, y es fundamental para mantener un ambiente de trabajo seguro.

Otra medida fundamental es la conformación de comités paritarios de seguridad y salud en el trabajo, en los cuales participan tanto representantes de los empleadores como de los empleados.

La ley colombiana establece diferentes medidas para los trabajadores en el país - crédito Shutterstock
La ley colombiana establece diferentes medidas para los trabajadores en el país - crédito Shutterstock

Estos comités se encargan de vigilar el cumplimiento de las normas de seguridad, promover actividades de prevención y realizar inspecciones periódicas para identificar posibles mejoras en las condiciones laborales.

De igual manera, los obreros tienen derecho a recibir atención médica y ayudas de rehabilitación en caso de sufrir accidentes laborales o contraer enfermedades profesionales. Las administradoras de riesgos laborales (ARL) son entidades que gestionan y financian estos beneficios, además de asesorar a las empresas en la implementación de sus sistemas de gestión de seguridad y salud en el trabajo.

La legislación colombiana establece que todas las empresas deben afiliarse a una ARL, garantizando así la cobertura de sus trabajadores frente a cualquier eventualidad en el ámbito laboral.

Así mismo, dentro de los elementos de seguridad establecidos para los trabajadores en Colombia está el arnés de seguridad; así lo definen en el mencionado documento:

“Arnés multi-propósito de 6 puntos de anclaje con argolla tipo D. Dos puntos de anclaje laterales para posicionamiento, uno en el pecho para rescate, ascenso y descenso por estructuras, uno en la espalda para detención de caídas, y dos en los hombros tipo triángulo para rescate en espacios confinados. Regulable en pecho, cintura y piernas”.

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