Demandan resolución que suspende órdenes de captura contra cabecillas de disidencias de las Farc

El recurso legal argumenta que la fiscal Luz Adriana Camargo se extralimitó en sus funciones y que la medida pone en riesgo la seguridad nacional

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La suspensión se justificó en el contexto de promover el diálogo y la negociación, tanto con las disidencias de las Farc como con el Clan del Golfo - crédito Colprensa
La suspensión se justificó en el contexto de promover el diálogo y la negociación, tanto con las disidencias de las Farc como con el Clan del Golfo - crédito Colprensa

El Consejo de Estado y la Corte Constitucional recibieron una demanda de inconstitucionalidad contra la Resolución 0282 del 4 de julio de 2024, firmada por la fiscal General Luz Adriana Camargo, en la que se ordena la suspensión de todas las órdenes de captura contra varios cabecillas de las disidencias de las Farc y del Clan del Golfo.

El recurso legal, conocido por Infobae Colombia, fue interpuesto por el ciudadano Santiago Suárez Morales, argumentando que esta medida viola varios principios constitucionales y compromete la seguridad nacional.

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La norma demandada dispone la suspensión de órdenes de captura contra líderes disidentes de las Farc, entre ellos Carlos Eduardo García Téllez, alias Andrey, Yeison Alexis Ojeda Gilón, Wenser Yosony Duque, Juan Antonio Agudelo Salazar, Cándido Zambony Castillo, Henry Leonardo Carrillo Rivera y Erlinson Echavarría Escobar.

Fiscalía suspendió las órdenes de captura contra cabecillas de las disidencias de las Farc y el Clan del Golfo - crédito Fiscalía General de la Nación
Fiscalía suspendió las órdenes de captura contra cabecillas de las disidencias de las Farc y el Clan del Golfo - crédito Fiscalía General de la Nación

Según Suárez Morales, esta decisión, tomada en un contexto de violencia y conflicto persistente, podría tener graves repercusiones para la seguridad del país y la protección de las víctimas del conflicto armado”.

La resolución se enmarca en el esfuerzo continuo por parte del Gobierno para avanzar en su política de paz y facilitar el diálogo con estos grupos armados. Sin embargo, el demandante criticó que la norma emitida por la Fiscalía se tomó sin consulta previa con el presidente o el Congreso de la República.

“(...) esta decisión se tomó sin un proceso transparente ni una consulta previa con otras autoridades del Estado, como el presidente de la República o el Congreso, que tienen competencias en la dirección de la política de paz y seguridad nacional”, precisó el accionante.

La resolución también formaliza el reconocimiento de varios miembros del Clan del Golfo que participarán en conversaciones jurídicas con el Gobierno - crédito Colprensa
La resolución también formaliza el reconocimiento de varios miembros del Clan del Golfo que participarán en conversaciones jurídicas con el Gobierno - crédito Colprensa

Argumentos de la demanda

Suárez Morales basa su demanda en varios puntos clave, partiendo de que la suspensión de órdenes de captura contra líderes de disidencias armadas plantea un riesgo significativo para la seguridad nacional, pues estos individuos están vinculados a “delitos graves como narcotráfico y terrorismo, lo que genera preocupación por el posible aumento de actividades delictivas y la afectación a las víctimas del conflicto”.

  • Violación del derecho a la seguridad y la paz: sostiene que la resolución puede socavar el derecho a la paz, permitiendo que actores armados continúen operando sin ser perseguidos. “El derecho a la paz es fundamental para todos los colombianos”, afirma el demandante.
  • Violación del debido proceso: argumenta que la suspensión de las órdenes de captura sin una justificación legal sólida podría constituir una violación del debido proceso, al privar a las víctimas y a la sociedad de la posibilidad de que los responsables sean llevados ante la justicia.
  • Extralimitación de funciones: según Suárez Morales, la fiscal General podría haber excedido sus competencias, argumentando que la Constitución Política y el Código de Procedimiento Penal limitan las competencias de la Fiscalía y establecen que la decisión de suspender órdenes de captura debería estar en manos del presidente de la República, con la aprobación del Congreso.
  • Desconocimiento de las garantías de no repetición: la resolución podría incumplir las garantías de no repetición, esenciales para proteger los derechos de las víctimas del conflicto armado.
La demanda señala que la resolución podría permitir que líderes armados vinculados a delitos graves continúen operando sin ser perseguidos por la justicia - crédito cortesía Santiago Suárez
La demanda señala que la resolución podría permitir que líderes armados vinculados a delitos graves continúen operando sin ser perseguidos por la justicia - crédito cortesía Santiago Suárez

Respuesta de la Fiscalía

El 12 de agosto de 2024, Suárez Morales solicitó información adicional a la Fiscalía sobre las órdenes de captura y los actos procesales relacionados. La respuesta, firmada por la fiscal especializada Gladys Gaviria Giraldo, indicó que algunos documentos están en una investigación en curso y que no le corresponde proporcionar toda la información solicitada. La respuesta redirige la solicitud al director de Crimen Organizado en Bogotá.

Solicitud de la demanda

El demandante solicitó a la Corte Constitucional que declare la nulidad de la Resolución 0282 por inconstitucionalidad. También pide la restitución de las órdenes de captura suspendidas y cualquier otra medida que proteja los derechos fundamentales afectados y respete los principios constitucionales.

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