Concejal de Bogotá denunció que una moto de esquema de seguridad que se pasó semáforo en rojo casi lo atropella: “Qué descaro”

Juan David Quintero pidió ayuda para identificar el beneficiario del esquema que habría estado cerca de ocasionar una tragedia

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Juan David Quintero dio a
Juan David Quintero dio a conocer la denuncia a través de redes sociales - crédito @JD_Quinteror/X

En lo que pudo haber sido una verdadera tragedia, un concejal de Bogotá denunció que estuvo cerca de ser atropellado en una calle del norte de la ciudad por una moto que integraba un esquema de seguridad.

La situación la dio a conocer el cabildante Juan David Quintero que, por medio de su cuenta de X, aseguró que el vehículo implicado en el episodio se pasó un semáforo en rojo, al igual que las camionetas que integraban el esquema de seguridad.

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Ante ello, el concejal cuestionó si quienes son beneficiarios de esquemas de este tipo tienen derecho a infringir normas de tal índole. En el mismo mensaje, el cabildante Quintero reveló que la moto que casi lo atropella tenía la placa BYI413 y arremetió contra su conductor.

Concejal de Bogotá denunció que estuvo cerca de ser atropellado - crédito @JD_Quinteror/X

De igual forma, el funcionario pidió ayuda de la comunidad para identificar el beneficiario de dicho esquema y recalcó que este tipo de grupos no “están” por encima de la ley. Incluso, Quintero etiquetó a Carlos Fernando Galán y a la secretaría de Movilidad, Claudia Díaz Acosta, con el fin de que ellos también tengan conocimiento de lo que le sucedió.

¿Creen que por tener escoltas pueden pasarse un semáforo en rojo? La moto seguidora del esquema protegiendo la placa BYI 413 CASI ME ATROPELLA al bloquear la carrera 11 y permitir que las camionetas SE VOLARAN UN SEMÁFORO EN ROJO! Perdóneme el HP ¿Pero qué Hps hay que hacer para que los que tienen camioneta entiendan que no están por encima de la ley? AYÚDENME A IDENTIFICAR DE QUIÉN ES EL ESQUEMA”, aseguró.

Juan David Quintero pidió ayuda
Juan David Quintero pidió ayuda para identificar al infractor - crédito @JD_Quinteror/X

Así las cosas, una vez se dio a conocer la situación, desde la cuenta oficial de Movilidad Bogotá en X recalcaron en que los esquemas de seguridad deben cumplir lo dispuesto por las autoridades.

“Desde @SectorMovilidad insistimos en que los esquemas de seguridad deben acatar lo dispuesto por las autoridades y las normas de tránsito y no están autorizados para bloquear y gestionar la movilidad en las vías. Todos, como ciudadanos, estamos llamados a cumplir, sin excepción alguna”.

Desde Movilidad Bogotá reaccionaron ante
Desde Movilidad Bogotá reaccionaron ante la denuncia del concejal - crédito @MovilidadBogota/X

De igual forma, ante los videos que difundió el concejal, las autoridades correspondientes dieron a conocer que se abrirá un procedimiento con el fin de dar con el paradero del beneficiario(s) del esquema de seguridad implicado.

Así mismo, recalcaron que en el caso de las motocicletas que estuvieron cerca de atropellarlo, estas serán inmovilizadas hasta que sus propietarios no hagan el pago de una multa dispuesta para este tipo de casos.

“Frente a los videos remitidos por la ciudadanía, informamos que se abrirá el procedimiento correspondiente para citar a los propietarios de los vehículos y notificarles el comparendo relacionado con la infracción “D.4. No detenerse ante una luz roja o amarilla de semáforo, una señal de “PARE” o un semáforo intermitente en rojo. En el caso de las motocicletas se procederá a su inmovilización hasta tanto no se pague el valor de la multa o la autoridad competente decida sobre su imposición en los términos de los artículos 135 y 136 del Código Nacional de Tránsito.”

Las autoridades correspondientes aseguraron que
Las autoridades correspondientes aseguraron que las motocicletas implicadas serán inmovilizadas - crédito @MovilidadCali / X

Qué dicen los artículos 135 y 136 del Código Nacional de Tránsito

Uno de los parágrafos de artículo 135 establece que:

“Ante la comisión de una contravención, la autoridad de tránsito debe seguir el procedimiento siguiente para imponer el comparendo. Ordenará detener la marcha del vehículo y le extenderá al conductor la orden de comparendo en la que ordenará al infractor presentarse ante la autoridad de tránsito competente dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes”.

Por su parte, uno de los parágrafos del artículo 136 establece que:

“Una vez surtida Ia orden de comparendo, si el inculpado acepta Ia comisión de Ia infracción, podrá, sin necesidad de otra actuación administrativa cancelar el cincuenta por ciento (50%) del valor de la multa dentro de los cinco (5) días siguientes a la orden de comparendo y siempre y cuando asista obligatoriamente a un curso sobre normas de tránsito en un Organismo de Tránsito o en un Centro de Enseñanza Automovilística o un Centro integral de atención debidamente registrados ante el RUNT”.

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