Procuraduría sancionó a profesores que abusaron sexualmente e indujeron a la pornografía a estudiantes menores de edad

El ente de control tomó decisiones contundentes en los casos de abuso sexual contra menores de 14 años ocurridos en Atlántico y Huila

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Desde el ente de control emitieron cargos y destituyeron a los docentes involucrados en los aberrantes casos - crédito Getty Images
Desde el ente de control emitieron cargos y destituyeron a los docentes involucrados en los aberrantes casos - crédito Getty Images

Desde la Procuraduría General de la Nación se emitió un comunicado confirmando las nuevas acciones tomadas en contra de dos docentes señalados de abusar sexualmente e inducir a la pornografía a varias estudiantes menores de 14 años en instituciones educativas del Atlántico y Huila.

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En el ente de control resaltaron que mediante la estrategia Promujeres, encargada de promover la igualdad respecto a los derechos de todos los géneros, se dieron dos nuevas acciones contra los señalados agresores sexuales de infantes.

El primer caso reseñado fue el de Isidoro Méndez Vargas, un exdocente de la Institución Educativa Divino Salvador, sede Villa Fernanda, del municipio de Altamira, Huila, que estuvo durante el 2018 y 2019 al menos tocando indebidamente a cinco estudiantes del colegio.

El ente de control emitió duras decisiones contra los docentes - crédito Colprensa
El ente de control emitió duras decisiones contra los docentes - crédito Colprensa

Según la información brindada por la Procuraduría, Méndez usaba salones desocupados para llevar a las estudiantes allí y tocarlas sin consentimiento con fines sexuales. El señalado agresor sexual que recibió una sanción de destitución e inhabilidad general por el termino de 12 años, además les solicitaba fotos íntimas a sus estudiantes indicándoles que “lo que pasaba en el colegio se quedaba en el colegio”.

Desde el ente de control detallaron la vehemencia con la que el docente agredía e intimidaba a sus alumnas para lograr favores sexuales: “Mediante la investigación disciplinaria se estableció que el disciplinado utilizaba lugares poco frecuentados para asegurarse de no ser descubierto, tales como el salón de cómputo y el baño, donde les tocaba y besaba los senos, la vagina y los glúteos, y en ocasiones las obligaba a que le tocaran su miembro viril”.

La Procuraduría determinó que no hay pruebas que respalden las acusaciones de falsas denuncias por parte de las madres de las menores ni las intimidaciones alegadas por Méndez Vargas.

Desde el ente de control resaltaron las estrategias para combatir las agresiones sexuales a menores de edad en las aulas de clase - (Imagen Ilustrativa Infobae)
Desde el ente de control resaltaron las estrategias para combatir las agresiones sexuales a menores de edad en las aulas de clase - (Imagen Ilustrativa Infobae)

En el otro caso que ocurrió en la Institución Educativa (IE) Técnica Tajamar del municipio de Soledad, Atlántico, y el vinculado es Ismael Felipe Jiménez Riaño, un exdocente que dictó clases entre el 2012 y 2022 en el área de Educación Física y que se habría valido de una adolescente vulnerable para aprovecharse de ella.

De acuerdo con el ente acusador una menor de 14 años era víctima de abuso por parte de su padrino; al parecer, la menor le habría indicado a Jiménez la terrible situación por la que estaba pasando, quien en lugar de intervenir y socorrerla, la terminó engañando a tal punto que obtuvo dos encuentros sexuales con ella, uno en la institución y el segundo en un motel.

“Según el auto disciplinario, conocedor de estos hechos, el investigado habría omitido activar la ruta para la prevención de los casos de abuso sexual con menores como era su deber y como lo establece la ley, sino que habría utilizado estas circunstancias para acercarse a ella con la intención de convertirla nuevamente en víctima de abuso sexual”.

Además de lo señalado, Jiménez habría inducido a la pornografía a la menor de edad debido que habría grabado uno de los encuentros sexuales que tuvo con la adolescente. La Procuraduría Regional de Instrucción del Atlántico recordó a los establecimientos educativos la obligación de reportar situaciones de violencia basadas en género (VBG) en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar (SIUCE). Esta medida sigue el protocolo establecido para el abordaje pedagógico de las VBG en entornos escolares, asegurando un manejo adecuado y consistente de estos casos.

A estas sanciones se podrían ver expuestos los docentes acusados de agredir sexualmente a niñas de colegios - crédito Colprensa
A estas sanciones se podrían ver expuestos los docentes acusados de agredir sexualmente a niñas de colegios - crédito Colprensa

En casos como los descritos en el comunicado de la Procuraduría, los responsables pueden enfrentar sanciones tanto disciplinarias como penales, dependiendo de la gravedad de los delitos cometidos.

En el ámbito disciplinario, la Procuraduría puede imponer sanciones como la destitución del cargo, lo que implica la pérdida inmediata del empleo del funcionario público o docente involucrado. Además, puede ordenar la inhabilidad general para ejercer cargos públicos o funciones en instituciones educativas por un período determinado, como los 12 años impuestos a Isidoro Méndez Vargas. Esta medida prohíbe al sancionado ocupar cualquier posición en el sector público o educativo durante el tiempo estipulado.

En cuanto a las sanciones penales, los delitos de abuso sexual con menores de edad y pornografía infantil son considerados gravísimos en el sistema penal colombiano. Las penas de prisión para estos delitos pueden oscilar entre 12 y 20 años, o incluso más, dependiendo de las circunstancias agravantes y la gravedad del caso. Además de la pena de prisión, el responsable podría ser condenado al pago de multas calculadas en salarios mínimos mensuales legales vigentes.

Asimismo, aquellos condenados por delitos sexuales pueden ser incluidos en un registro nacional de delincuentes sexuales, lo que les impide trabajar con menores de edad en el futuro. Estas sanciones penales son generalmente impuestas por la Fiscalía General de la Nación, y su aplicación depende del desarrollo de un juicio penal en el que se determinen las responsabilidades y penas correspondientes.

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