En un esfuerzo por simplificar y agilizar el proceso fiscal, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) aprobó la devolución de los saldos a favor en las declaraciones del impuesto sobre la renta para las personas naturales. Esta medida, formalizada a través de la resolución 000117, se aplicará a partir del período gravable 2023 en adelante.
La entidad dispuso una plataforma electrónica para que los contribuyentes puedan realizar el trámite de solicitud de devolución de los saldos a favor. Al finalizar su declaración de alquiler en el sistema, los usuarios recibirán una pregunta que les permitirá aceptar o no dicha devolución.
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“No implica un descuento en el valor total a pagar, pues el impuesto a carga fue cubierto por las retenciones existentes o por un valor un favor que se venía arrastrando”, dijo un contador consultado por Red+ Noticias. el especialista señaló que anteriormente los saldos a favor se trasladaban de un año a otro para cubrir los valores a pagar en futuras declaraciones.
La medida está dirigida a los contribuyentes personas naturales residentes en Colombia que cumplan con ciertos requisitos:
- El saldo a favor debe corresponder al liquidado en la declaración inicial del impuesto sobre la renta del período gravable 2023 y siguientes, en el formulario 210.
- El saldo a favor debe haberse generado en la declaración de renta del año gravable 2023 en adelante y no de años anteriores.
- Tanto la declaración del impuesto sobre la renta como la solicitud de devolución deben presentarse dentro de los plazos establecidos por el Gobierno nacional y no haber sido objeto de corrección.
- Tener actualizado el Registro Único Tributario (RUT) y no tener registrados los códigos 18 (Sucesión Ilíquida), 19 (Sucesión Liquidada) y 87 (Persona Natural Fallecida reportada por la Registraduría Nacional del Estado Civil).
- No tener obligaciones pendientes de pago por concepto de los impuestos administrados por la DIAN.
- No haber registrado en la declaración de impuesto sobre la renta ingresos por concepto de dividendos y ganancias ocasionales, ni haber hecho uso de descuentos tributarios, compensación de pérdidas, compensación por exceso de renta presuntiva o haber liquidado rentas pasivas (ECE).
- Estar al día en el cumplimiento de las obligaciones tributarias formales previstas en la normatividad vigente, las cuales se verificarán con base en los sistemas de la entidad.
- Que el saldo a favor objeto de devolución no sea superior a 40 UvT, es decir, mayor a $1.882.600.
El proceso de solicitud es directo y se realiza a través de la plataforma digital de la Dian, facilitando así el acceso y la transparencia en la gestión de estos saldos a favor. Esta medida busca no solo aliviar la carga tributaria de los contribuyentes, sino también fomentar la confianza en las instituciones fiscales del país.
El 12 de agosto comienzan las fechas para que las personas naturales declaren renta en Colombia, teniendo plazo hasta el 24 de octubre para hacerlo. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales se ha mostrado proactiva en la definición y aprobación del proceso de devolución de los saldos a favor originados en las declaraciones del impuesto sobre la renta y complementario de los contribuyentes personas naturales, una medida bien recibida por los profesionales de impuestos y contaduría.
Además de la devolución de saldos a favor, la Dian también maneja la declaración de renta sugerida, un mecanismo diseñado para facilitar a los contribuyentes el diligenciamiento del formulario 210, el cual contiene datos reportados por terceros. Aquellos que reciban este documento también pueden solicitar la devolución de los valores sobrantes.
Con la finalidad de evitar la acumulación de saldos a favor, esta resolución se implementará en los próximos días, creando un impacto positivo en el proceso de gestión fiscal nacional.
Este tipo de medidas ayudan a mantener una mayor claridad en las finanzas personales de los contribuyentes y evitan complicaciones futuras en la declaración de impuestos. Así mismo, se debe tener en cuenta la importancia de mantenerse al día con el RUT (Registro Único Tributario) y cumplir con todas las obligaciones tributarias para evitar problemas con la solicitud de devolución.
Para muchos contribuyentes, esta medida representa una oportunidad de recibir fondos a los que tienen derecho de forma expedita y eficiente. Históricamente, el desconocimiento del proceso fue uno de los obstáculos para que muchas personas reclamaran sus saldos a favor. Con esta nueva iniciativa, se espera que más contribuyentes se beneficien de sus derechos fiscales.