Así regirá el Pico y placa en Bogotá durante agosto: incluye el piloto de los sábados

La Administración distrital actualizó las restricciones vehiculares para el octavo mes del año, con cambios en la implementación y detalles de las multas por infracción a la medida

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El desobedecer las restricciones de movilidad resultará en multas de $650.000 - crédito Alcaldía de Bogotá
El desobedecer las restricciones de movilidad resultará en multas de $650.000 - crédito Alcaldía de Bogotá

De acuerdo con los organismos nacionales de movilidad, la medida del Pico y placa es una restricción vehicular que se aplica en las grandes ciudades que tienes problemas de tráfico y/o contaminación ambiental, tal como es el caso de Bogotá.

Con el fin de regular la movilidad en los principales corredores de la capital, el distrito ha venido gestionando una medida de restricción que se rige por días pare e impares, organizados de la siguiente manera: días impares pueden circular los vehículos particulares con placa terminada en: 1, 2, 3, 4 y 5; y en el caso de los automotores particulares cuyas placas finalizan en 6, 7, 8, 9 estos podrán circular los días pares.

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La medida en Bogotá entra en operación de lunes a viernes, de 6:00 a. m. a 9:00 p. m. El incumplir lo determinado por la administración es motivo de castigo sancionatorio por parte de las autoridades de movilidad, con la imposición de un comparendo C14, que equivale a una multa de 15 salarios mínimos legales diarios vigentes (smldv), es decir, $650.000.

Pico y placa de agosto

El octavo mes del año registrará cambios en la implementación de la medida de restricción. En la mañana del 31 de julio de 2024, el alcalde mayor de Bogotá, Carlos Fernando Galán, y la secretaria de Movilidad, Claudia Díaz, anunciaron el nuevo piloto pedagógico en las salidas de la ciudad para los sábados de puentes festivos, que entrará en marcha el sábado 17 de agosto.

“Hoy presentamos el proyecto que vamos a implementar en los nueve corredores de salida de Bogotá. Este piloto pedagógico arrancará el sábado de puente festivo del 17 de agosto y continuará en los puentes festivos de octubre y noviembre. No es un pico y placa para los sábados, es una restricción voluntaria y piloto de cuatro fines de semana solamente en los corredores de salida de Bogotá”, confirmó el alcalde Galán.

Por su parte, la secretaria de Movilidad agregó que con el piloto la administración pretende que la ciudadanía organice sus viajes con antelación: “Su éxito dependerá de la disposición de los viajeros y la gestión de tránsito en puntos estratégicos de los corredores de salida”.

Medida piloto del pico y placa regional que se impondrá en los próximos cuatro fines de semana con festivos - crédito Secretaría de Movilidad
Medida piloto del pico y placa regional que se impondrá en los próximos cuatro fines de semana con festivos - crédito Secretaría de Movilidad

El piloto regirá entre las 6:00 a. m. y las 12:00 del mediodía, así: en la primera franja, de 6:00 a. m. a 9:00 a. m., podrán circular los vehículos cuya placa termina en número par; en la franja de 9:00 a. m. a 12:00 del mediodía lo harán los vehículos terminados en número impar.

En cuanto a la medida del pico y placa regional durante el plan retorno, esta se mantendrá de la misma forma. Es decir, entre las 12:00 m. y las 4:00 p. m. solo podrán ingresar a la capital los carros cuyas placas finalicen en números pares (0, 2, 4, 6 y 8), mientras que de 4:00 p. m. a 8:00 p. m., el ingreso será únicamente para carros cuyas placas terminen en número impar (1, 3, 5, 7 y 9).

Finalmente, y de acuerdo con el calendario de la Secretaría de Movilidad, así se aplicará la medida del pico y placa en Bogotá durante agosto para vehículos particulares:

Semana del 1 al 4 de agosto:

  • Jueves 1: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5.
  • Viernes 2: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.
  • Sábado 3: no aplica.
  • Domingo 4: no aplica.

Semana del 5 al 11 de agosto:

  • Lunes 5: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5.
  • Martes 6: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.
  • Miércoles festivo 7: no aplica.
  • Jueves 8: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.
  • Viernes 9: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5.
  • Sábado 10: no aplica.
  • Domingo 11: no aplica.
El calendario de pico y placa de agosto incluye días específicos para vehículos con placas pares e impares - crédito Secretaría de Movilidad
El calendario de pico y placa de agosto incluye días específicos para vehículos con placas pares e impares - crédito Secretaría de Movilidad

Semana del 12 al 18 de agosto

Semana del 19 al 25 de agosto

Semana del 26 al 31 de agosto

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