Se salvó la ley ‘dejen de fregar’, la Corte Constitucional confirmó que no hubo problemas en el trámite

La Sala Plena del tribunal declaró exequible la ley 2300 de 2023, que establece medidas para proteger a los ciudadanos de llamadas y mensajes invasivos de cobranza y publicidad

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La Corte Constitucional actúa como tribunal colegiado con independencia de los demás organismos del Estado - crédito Corte Constitucional.
La Corte Constitucional actúa como tribunal colegiado con independencia de los demás organismos del Estado - crédito Corte Constitucional.

La Corte Constitucional confirmó la validez de la Ley 2300 de 2023, conocida popularmente como la ley ‘dejen de fregar’, la cual establece medidas que protegen el derecho a la intimidad de los consumidores, regulando las interacciones de cobranza y publicidad que puedan afectar su privacidad.

La Sala Plena del alto tribunal determinó que la ley en cuestión estaba correctamente tramitada como una ley ordinaria y no como una ley estatutaria, como argumentaban los demandantes.

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La principal función de la ley es proteger la intimidad de los consumidores de comportamientos intrusivos en dos áreas específicas. Por un lado, se regulan las actividades de cobranza realizadas tanto por entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera como por cualquier persona natural o jurídica que realice estas gestiones, ya sea de manera directa, a través de terceros, o mediante la cesión de la obligación.

Por otro lado, la ley también abarca las actividades comerciales y publicitarias desplegadas por productores y proveedores de bienes y servicios, sean estos privados o públicos.

La Corte Constitucional declaró exequible la ley 2300 de 2023 sobre la intimidad de consumidores - crédito Freepik.
La Corte Constitucional declaró exequible la ley 2300 de 2023 sobre la intimidad de consumidores - crédito Freepik.

La alta corte señaló que la aprobación de la ley no debía seguir el trámite propio de una norma estatutaria, que requiere ocho debates en el Congreso de la República, sino que debía seguir el procedimiento de una ley ordinaria. “La ley tiene por objeto proteger el derecho a la intimidad de los consumidores, estableciendo los canales, el horario y la periodicidad en la que estos pueden ser contactados”, afirmó la Sala Plena en su fallo.

Según los detalles de la ley, las entidades encargadas de la cobranza y los proveedores de servicios deben adherirse a restricciones de horario y frecuencia al contactar a los consumidores. Esta regulación busca limitar las interrupciones constantes y no deseadas que puedan afectar la privacidad y el bienestar emocional de los individuos.

“De acuerdo con el artículo, se trata de una regulación que tiene como fin proteger al consumidor frente a comportamientos que afectan su intimidad en dos dimensiones principales”, aseguró el alto tribunal.

La normativa también aplica para los usuarios que se hayan registrado en el Registro de Números Excluidos (RNE) - crédito Getty Images
La normativa también aplica para los usuarios que se hayan registrado en el Registro de Números Excluidos (RNE) - crédito Getty Images

La normativa también introduce el Registro de Números Excluidos (RNE), en donde los consumidores pueden inscribir sus números de teléfono y correos electrónicos para evitar recibir contenido no solicitado. Lina María Duque, directora de la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC), explicó que las empresas deben verificar este registro antes de enviar cualquier tipo de mensaje publicitario o comercial, y que el incumplimiento de esta verificación podrá resultar en sanciones.

Uno de los puntos clave y motivo de la demanda fue la alegación de que la ley debería haberse tramitado como una normativa estatutaria. Sin embargo, la Corte Constitucional concluyó que el procedimiento seguido era el adecuado.

“De una parte, en las actividades o gestiones de cobranza desarrolladas por todas las personas naturales o jurídicas que las tengan a su cargo, incluyendo a las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera. De otra, en las actuaciones desplegadas por los productores y proveedores de bienes y servicios privados o públicos a efectos de adelantar actividades de carácter comercial o publicitario”, afirmó la Alta Corte.

La ley ha sido bien recibida por diversos sectores que han manifestado su preocupación respecto a las prácticas invasivas que impactan la intimidad de los consumidores colombianos. Con la Ley 2300 de 2023 en firme, se espera una mejora significativa en la protección de los derechos de los consumidores. Esta normativa es un paso importante para regular las interacciones comerciales y de cobranza de forma que respeten la esfera privada de los ciudadanos.

La ley 2300 de 2023 regula la frecuencia y canales de contacto de cobranza a consumidores - crédito Agencia Andina
La ley 2300 de 2023 regula la frecuencia y canales de contacto de cobranza a consumidores - crédito Agencia Andina

La confirmación de la ley por parte de la Corte Constitucional de Colombia subraya la importancia de proteger la privacidad y la tranquilidad de los consumidores en una era donde el contacto constante y no solicitado es una preocupación creciente.

Se debe tener en cuenta que una vez se aprobó esta ley, los colombianos se podrían inscribir a través de la página web de la Comisión de Regulación de Comunicaciones para no recibir mensajes de texto, correos electrónicos y llamadas en las ofrezcan productos que los usuarios hayan solicitado.

Finalmente, la decisión de mantener en firme esta ley no solo reafirma el valor de la privacidad del consumidor, sino que también establece un precedente para futuras leyes o normas regulatorias en Colombia y potencialmente en otros países que buscan limitar las prácticas de cobranza y publicidad intrusivas.

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