Se debe partir del hecho que la Asamblea Nacional Constituyente surge como un mecanismo para reformar la Constitución de un país, adaptándola a las transformaciones y necesidades contemporáneas.
Este proceso ha sido relevante en la historia reciente de Colombia y se desarrolla a través de varios pasos que involucran tanto al Congreso como a los ciudadanos.
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En los últimos días, por no decir los últimos meses, las palabras asamblea constituyente y poder constituyente se han convertido en pan de cada día en los medios de comunicación.
Lo anterior ya que el presidente Gustavo Petro abrió el debate sobre la posible ocurrencia de una constituyente con el objetivo de cumplir con las reformas e implementar el Acuerdo de Paz del 2016.
Las reacciones a las palabras del primer mandatario no se hicieron esperar. Muchos lo calificaron como una idea que tenía el objetivo de extender su tiempo en la Casa de Nariño ya que con una constituyente se podría revivir la reelección.
Sin embargo, el presidente salió a desmentir la idea de que él quería hacerse reelegir, dijo que se quedaría “en la presidencia por el tiempo que fue electo, ni un día más ni un día menos” y aseguró que no habló de una asamblea constituyente sino del poder constituyente que reside en el pueblo.
Aun así, a pesar de lo dicho por Petro, los cuestionamientos continúan, y hay más dudas que respuestas. Expresidentes como Iván Duque, Álvaro Uribe, Andrés Pastrana, senadores como María Fernanda Cabal y Miguel Uribe Turbay y más recientemente el presidente de la Corte Constitucional, José Fernando Reyes, han cuestionado duramente la idea de una asamblea constituyente.
Los primeros aseguran que se trata de una jugadita para que Petro pueda seguir en la presidencia. No obstante, las críticas de Reyes se centran más en la importancia de respetar la Constitución de 1991 tal y como está escrita y con los mandatos que propone, ya que, según él, no se trata de una masa deforme que pueda modificarse al antojo del presidente.
Sumado a Reyes, aparece el exregistrador Carlos Ariel Sánchez, quien dijo a Semana que llevar al país a una constituyente podría ocasionar una parálisis del Legislativo, tal y como ocurrió en el 91, pues los asambleístas podrían chocar con el Congreso creando un espacio de incertidumbre en Colombia.
Si bien Sánchez tiene razón con lo dicho, la premisa es más profunda ya que la Constitución de 1991 en el artículo 376 contempla esa posibilidad. En caso de que se apruebe una Asamblea Constituyente, el Congreso podría dejar de funcionar temporalmente y le cedería, por un tiempo, su poder a la asamblea para que tome decisiones constitucionales, es decir que la falta de sesiones del Legislativo sería la punta del iceberg en caso de que se pueda llevar a cabo la constituyente.
Eso implica que en caso de una constituyente el país debe preocuparse más por las consecuencias a largo plazo que tendría el periodo de escritura de una nueva Carta Magna.
La constituyente y sus retos
Con Juan Fernando Cristo como nuevo ministro del Interior, entendiendo su postura frente a la idea de una constituyente, surgen más dudas con respecto a como se llevaría a cabo el proceso. Lo anterior ya que Cristo aseguró que no se llevaría a cabo el proceso si no existe consenso con los actores políticos y un acuerdo nacional.
Cristo tiene razón, pero es que él no dice nada nuevo ya que para iniciar el proceso, es imprescindible la aprobación por el Congreso, es decir que si bien la iniciativa es presidencial, Petro no puede obligar a nadie a llevarla a cabo, pues tanto el Senado como la Cámara de Representantes deben aprobar una ley que convoque a los ciudadanos a elecciones.
Eso significa que debe ser un hecho hablado y además público, pues a la larga el poder constituyente recae en la población.
Ahora bien, la ley debe especificar claramente varios aspectos esenciales: la convocatoria de la Asamblea Constituyente, el número de integrantes, el sistema de elección, los temas a tratar y la fecha de inicio y duración del período. Después de la aprobación por el Congreso, el Presidente de la República sanciona la ley y la remite a la Corte Constitucional para la evaluación de su constitucionalidad. Acá se evidencia, de nuevo, que los tres poderes deben estar alineados.
Una vez aprobada la ley, se realiza una votación popular para decidir si se convoca o no a la Asamblea Constituyente. En esta votación, los ciudadanos se enfrentan ante un tarjetón electoral que contiene las opciones de voto ‘Sí’ y ‘No’, junto con los temas que se tratarían en la Asamblea. Según la Constitución Política de 1991, si al menos una tercera parte del censo electoral vota a favor, es decir, aproximadamente 12.9 millones de votos, ello se entenderá como una convocatoria efectiva de la Asamblea.
Si el resultado de la votación es positivo, se procede a la elección de los miembros de la asamblea, quienes serán los encargados de redactar la nueva Constitución. Este proceso permite la participación de diversas voces y sectores, como mujeres e indígenas, ampliando así la representatividad y la inclusión en la toma de decisiones.
El proceso no está exento de riesgos y desafíos. Por un lado, los debates en la Asamblea pueden ser intensos y polarizados, lo que puede afectar la estabilidad política y social del país. Además, la reforma constitucional genera cierta incertidumbre en la economía y las instituciones, y diferentes grupos podrían luchar por imponer sus agendas, complicando la toma de decisiones consensuadas.
También es necesario mencionar el desafío de la implementación. Modificar la Constitución implica adaptar leyes, instituciones y prácticas existentes, lo que puede ser complejo y costoso. Este proceso puede tener efectos colaterales, no solo a nivel político y social, sino también en términos económicos y administrativos.
En la historia reciente de Colombia, la Asamblea Constituyente de 1991 es un claro ejemplo de los impactos y consecuencias a largo plazo de este proceso. En ella se lograron reformas significativas que reflejaron un nuevo pacto social acorde con las necesidades de la época. Sin embargo, también se enfrentaron numerosas dificultades y tensiones que son inherentes a la dinámica de tal transformación.
Por un lado, la capacidad de incluir una amplia gama de voces es una ventaja significativa. Por otro lado, el “cambio fundamental” en la estructura del Estado y en la relación entre ciudadanos e instituciones es un aspecto crucial de la Asamblea Constituyente.
Además, la polarización es otro desafío significativo. Los intensos debates pueden llevar a una fragmentación política y social, afectando la estabilidad del país.
El impacto a largo plazo de la Asamblea Constituyente en la vida de los colombianos reside en la perdurabilidad de la Constitución que se redacta. Este impacto se extiende mucho más allá del período de funcionamiento de la Asamblea, afectando la vida y organización del Estado por décadas.
Con lo anterior queda claro que tanto lo dicho por el presidente Petro como por los otros actores políticos es más una pantomima mediática que un hecho en sí. Por ahora resta esperar a las decisiones que se tomen desde el Ministerio del Interior y se evaluará la capacidad de Cristo de negociar con el Legislativo para lograr quórum con un Congreso que no logra ponerse de acuerdo ni con el orden del día en un debate.